Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES
Núm. 4378
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para entidades deportivas Temporada 2017
“BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ENTIDADES DEPORTIVAS TEMPORADA 2017.
1. Objeto de la convocatoria.
El objeto de esta convocatoria es el de subvencionar a las entidades deportivas del municipio de Alcúdia para la promoción y el fomento del deporte base del año 2017 en régimen de concurrencia competitiva.
2. Beneficiarios.
Pueden ser beneficiarias todas aquellas entidades deportivas del municipio de Alcúdia que estén legalmente constituidas y que cumplan con los requisitos de estas mismas bases.
3. Requisitos.
· Tendrán que estar legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio en el término municipal de Alcúdia.
· No estar afectados por ninguna de las prohibiciones del Art. 13 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
· Estar al corriente en cuanto a las obligaciones tributarias y económicas con la seguridad social, la agencia tributaria y con el ayuntamiento de Alcúdia.
· No tener pendiente de justificación ninguna subvención, salvo que se hubiera concedido una prórroga a tal efecto, ni ser deudoras por resolución en que se declare que es procedente reintegrar una subvención anterior.
4. Gastos Subvencionables.
Sólo serán subvencionables aquellos gastos, que tanto su realización como su pago, se haya realizado dentro del ejercicio natural de 2017.
· Gastos Federativos
o Inscripción club y equipo para la temporada 2017-2018
o Fichas jugadores y entrenadores
o Seguros y mutuas
o Arbitrajes
o Otros gastos federativos.
· Gastos derivados del pago de monitores y profesionales
· Material deportivo fungible específico para el desarrollo de la actividad deportiva.
· Equipamiento y ropa deportiva específica y necesaria para el desarrollo del deporte.
· Gastos derivados de desplazamientos, viajes de la entidad y alojamientos.
· Gastos derivados de organización de acontecimientos deportivos
5. Compatibilidad de las subvenciones.
Esta subvención podrá ser compatible con otras ayudas y subvenciones con la misma finalidad. En ningún caso, la suma de las ayudas recibidas podrán superar el gasto hecho por las entidades.
6. Dotación presupuestaria.
Para esta finalidad existe crédito adecuado y suficiente de 52.000€ en la partida presupuestaria ES 341 489000 para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las subvenciones.
7. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatòria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Las solicitudes se presentarán por el registro de entrada en las Oficinas del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Alcúdia situados en el Paseo Pere Ventayol, 4. Edificio Can Ramis.
8. Documentación y Justificación
Las entidades o personas físicas interesadas en obtener estas subvenciones tendrán que presentar en el Registro de entrada del Patronato Municipal de Deportes la siguiente documentación:
a. Solicitud. Anexo 1.
b. Fotocopia del DNI del representante de la entidad.
c. Fotocopia del CIF de la entidad.
d. Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Anexo 2.
e. Documentación acreditativa de la vigencia del cargo de representante legal en virtud de la cual actúa el firmante de la solicitud o, acreditación de la autorización correspondiente y suficiente, en el supuesto de que la firme una persona distinta.
f. Documentación acreditativa de la constitución de la entidad y de sus estatutos debidamente registrados.
g. Relación de ayudas y subvenciones solicitadas y/o concedidas por el mismo objeto. Anexo 3.
h. Autorización por la persona responsable de la entidad para la consulta por parte del Patronato de estar al corriente con el cumplimento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Alcúdia, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Anexo 4.
i. Memoria descriptiva del año 2017 Anexo 5.
j. Certificado Federativo con la lista de deportistas federados por categorías, y/o equipo. (Correspondiente en el apartado A del punto 10 Criterios de Valoración)
k. Certificado de la federación correspondiente donde conste las diferentes competiciones federadas de ámbito internacional, estatal o autonómico fuera de la isla de Mallorca con los equipos o deportistas de la entidad solicitante que han participado. (Correspondiente al apartado B del punto 10 Criterios de Valoración)
l. Memoria descriptiva de los diferentes acontecimientos y pruebas no federadas al municipio de Alcúdia. (Correspondiente al apartado C del punto 10 Criterios de Valoración)
m. Certificado Bancario, acreditativo de la cuenta corriente en la que se tiene que ingresar el importe de la subvención que se pueda conceder. Anexo 6.
9. Cuantía y número de ayudas.
La cuantía y número de ayudas se repartirán en función de los puntos obtenidos por cada uno de los solicitantes y siguiendo los criterios de valoración. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
10. Criterios de Valoración.
El importe de la subvención concedida a cada uno de los solicitantes será en función de los puntos obtenidos según los siguientes criterios de valoración:
a. Por número de socios del Patronato Municipal de Deportes con licencia Federativa.
· 2 puntos por socio federado en categoría escolar. (hasta categoría juvenil incluida)
b. Por competiciones federadas fuera de la isla de Mallorca que participie como mínimo un representante del club solicitante. (Máximo 50)
· 5 puntos por competición autonómica
· 10 puntos por competición nacional
· 15 puntos por competición internacional
c. Por organización de acontecimientos y pruebas no federadas en el municipio de Alcúdia con participación abierta. (Máximo 30 puntos)
· 10 puntos por cada acontecimiento o prueba.
Una vez calculados la suma de puntos por apartado de cada uno de los solicitantes se aplicará la siguiente formula para determinar la cuantía de cada uno de los solicitantes.
52000 euros x Σ puntos solicitante
Qn= _________________________________
Σ puntos de todos los solicitante
11. Comisión de valoración
La Comisión de Valoración estará formada por los siguientes miembros:
· Los Técnicos de Deportes o persona en quien deleguen.
· TAE de Intervención o persona en quien delegue.
· Secretario: Auxiliar administrativo del Patronato Municipal de Deportes o persona en quien delegue (con voz pero sin voto).
Las funciones de la mencionada comisión serán las siguientes:
· Evaluar cada una de las solicitudes presentadas.
· Baremar cada una de las solicitudes presentadas.
· Proponer la lista de admitidos y excluidos las solicitudes que corresponda, en relación con los criterios que se enmarquen en las bases presentes.
12. Otorgamiento.
En cuanto al proceso administrativo de concesión de las ayudas, la Comisión Evaluadora atenderá los siguientes periodos:
Una vez examinadas todas las solicitudes, esta Comisión emitirá un informe con la lista de admitidos y excluidos y los motivos de exclusión, que tiene que servir de base para elaborar la propuesta de resolución provisional de admitidos y excluidos por parte del Presidente Delegado del Patronato Municipal de Deportes, de acuerdo con los requisitos establecidos en estas bases.
Esta lista se expondrá en la página web y el tablón de anuncios del Ayuntamiento y del Patronato Municipal de Deportes.
Los solicitantes podrán presentar, en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del siguiente a la exposición de la lista provisional, las oportunas reclamaciones acompañadas de la documentación que estimen conveniente, que tendrá que ser presentada en el registro de entrada del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Alcúdia en horario de atención al público.
13. Resolución de la convocatoria.
La Comisión Evaluadora analizará la documentación aportada para enmendar y a la vista de las alegaciones presentadas, elaborará un informe que tiene que servir de base para la resolución provisional de concesión o denegación de las ayudas, que expresará la lista definitiva de entidades admitidas, excluidas y motivos de exclusión, así como la puntuación y cantidad de la ayuda otorgada.
El Presidente delegado del Patronato Municipal de Deportes, visto el informe, aprobará la resolución de la concesión provisional, que será expuesta en los lugares de información señalados en las bases de esta convocatoria.
14. Justificación y Resolución Definitiva.
Un vez publicada la resolución provisional, las entidades solicitantes tendran 5 días hábiles para presentar la documentación justificativa.
Como documentación justificativa tendrán que presentar:
· Relación de facturas (Anexo 7) o documentos acreditativos del gasto correspondientes con el objeto de la convocatoria de cada uno de los apartados de los Criterios de Valoración. Adjuntando de forma ordenada siguiendo la relación de facturas del Anexo 7 la siguiente documentación:
o Facturas originales o documentos acreditativos del gasto.
o Fotocopia de la factura.
o Justificante de pago de cada una de las facturas.
· Hoja de cálculo en formato digital del Anexo 7. Podrá ser entregada vía mail (patronat@alcudia.net) o algún dispositivo de almacenaje digital (CD, DVD, memoria USB, …)
Finalizado el periodo de presentación de documentación justificativa, la comisión evaluadora emitirá el informe propuesta como base para la resolución definitiva. El Presidente delegado del Patronato Municipal de Deportes, visto el informe, aprobará la resolución definitiva, que será expuesta en la página web y al tablón de anuncios del Ayuntamiento y del Patronato Municipal de Deportes.
15. Pago de las subvenciones.
El pago de las subvenciones se realizará mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada por el solicitante.
16. Régimen de recurso.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde su publicación o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses.
El Presidente delegado del El técnico de deportes del
Patronato Municipal de Deportes Patronato Municipal de Deportes
Joaquin Cantalapiedra Aloy Rubén T. Alcalde Guevara
Anexo 1
SOLICITUD
DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL:
CIF:
Dirección (a efecto de notificaciones):
Localidad: CP.:
Dirección electrónica: teléfono:
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
Nombre y Apellidos:
DNI:
Teléfono:
Calidad de su representación:
DECLARACIONES
Yo, _______________________________, con NIF __________________ en calidad de _____________________ y en representación de la entidad solicitante,
DECLARO
Que acepto las bases de la convocatoria de subvenciones para las entidades deportivas municipales.
_________________, ______ d ___________________ de 2018
(Firma)
Anexo 2
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES
(BOE núm. 276, de 18.11.2003)
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN O ENTIDAD
Nombre de la entidad NIF
Dirige/domicilio social Código postal
Población Teléfono/s
Dirección electrónica Fax
DATOS DE LA PERSONA QUE ACTÚA EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE LA ENTIDAD
NIF
Apellidos y nombre
Dirige Código postal
Población
DECLARACIÓN
La persona firmante declara que la persona jurídica que representa no se encuentra en cabeza de las circunstancias previstas en el artículo13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.1
Fecha
Sello de la institución, entidad o emprendida Firma del/de la representante legal
Artículo 13.2. No pueden obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones que regula esta Ley las personas o las entidades en las cuales se dé alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención lo exceptúe la normativa reguladora: a) Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, estar declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados de acuerdo con la Ley concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado ala sentencia de calificación del concurso. c) Haber dado lugar, por una causa de la cual hayan sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato subscrito con la Administración. d) Que la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o los que tengan la representación legal otras personas jurídicas,estén incursos en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los altos cargos de la Administración General del Estado; de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, o que se trate de cualquier de los cargos electivos que regula la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos que establezca esta normativa o la normativa autonómica que regule estas materias. e) No estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o ante la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine por reglamento. f) Tener la residencia fiscal en un país o un territorio calificado por reglamento como paraíso fiscal. g) No estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que se determinen por reglamento. h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley o la Ley general tributaria. No pueden acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones previstas en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de esta Ley cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquier de sus miembros. Artículo 13.3. En ningún caso no pueden obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones que regula esta Ley las asociaciones incurses en las causas de prohibición que prevén los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo,reguladora del derecho de asociación. Tampoco pueden obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las asociaciones respecto a las cuales se haya suspendido el procedimiento administrativo de inscripción porque se hayan encontrado indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo que dispone el artículo 30.4 de la Ley orgánica1/2002, mientras no recaiga resolución judicial firme en virtud de la cual se pueda practicar la inscripción al registro correspondiente.
Anexo 3
RELACIÓN DE AYUDAS Y SUBVENCIONES SOLICITADAS Y/O CONCEDIDAS POR EL MISMO CONCEPTO
Yo, ........................................................................................................................ con DNI ....................................
Declaro que
( ) Sí He solicitado o se me ha concedido otra ayuda para la misma finalidad a otra entidad pública.
- Entidad: ......................................... Importe: ..........................................
- Entidad: ......................................... Importe: ..........................................
( ) No He solicitado, ni se me ha concedido otra ayuda para la misma finalidad a ninguna otra entidad pública.
Y para que conste, a los efectos que correspondan, firmo la presente a
Alcúdia, ........... de ....................................... de 2018
Anexo 4
AUTORIZACIÓN CONSULTA DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y FISCALES El AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA, LA AGENCIA TRIBUTARIA Y LA SEGURIDAD SOCIAL
Yo, con DNI en representación de la entidad deportiva con el CIF autorizo al Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Alcudia a consultar los datos de la entidad de estar al corriente de las obligaciones tributarias y fiscales con el Ayuntamiento de Alcúdia, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
Y para que conste, a los efectos que correspondan, firmo la presente en,
Alcudia, de de 2018
Firma
Anexo 5
MEMORIA DESCRIPTIVA DEL AÑO 2017
La memoria descriptiva tendrá que contener los siguientes puntos:
1. Breve descripción del proyecto
2. Número de equipos para la temporada 2017-2018.
3. Número de fichas federativas del deporte base.
4. Memoria y descripción de desplazamientos realizados fuera de la isla de Mallorca por competiciones federadas durante el año 2017.
5. Memoria y descripción de acontecimientos y pruebas no federadas organizados en el municipio de Alcúdia. (Correspondiente con el punto C del criterios de valoración)
a. Título.
b. Cartel.
c. Número de participantes.
d. Presupuesto de ingresos y gastos.
e. Fotografías.
f. Otro documentación de interés.
6. Balance de ingresos y gastos de cada uno de los apartados por separado de los Criterios de Valoración.
Anexo 6
(Este anexo se presentará con la solicitud de la subvención)
SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS
DATOS DEL PERCEPTOR
CIF/NIF PERCEPTOR |
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APELLIDO Y NOMBRE/ DENOMINACIÓN SOCIAL |
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DIRECCIÓN |
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C. POSTAL |
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DATOS BANCARIOS
ENTIDAD BANCARIA: |
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Bajo mi responsabilidad, declaro que estos datos corresponden a la cuenta corriente o la libreta abierta a nombre de la entidad que represent.
CERTIFICADO DE CONFORMIDAD ________________, ______ d ____________ de 2018
DE LA ENTIDAD BANCARIA:
Estos datos coinciden con los El perceptor,
que constan en esta oficina:
El director / el delegado,
Firma:____________________ Firma
(sello de la entidad bancaria)
Anexo 7
Relación de facturas correspondientes con el objeto de la convocatoria de cada uno de los apartados de los Criterios de Valoración
· Este documento se tendrá que presentar de cada uno de los apartados de los criterios de valoración.
Nº Factura |
Concepto |
Empresa |
Fecha de factura |
Fecha de pago |
Importe |
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