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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA

Núm. 4276
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de abril de 2018, por el que se convocan subvenciones para el desarrollo de las actividades ordinarias de los clubes y de las entidades deportivas, temporada 2017/2018 para el año 2018, por el procedimiento de concurrencia competitiva.

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Texto

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de abril de 2018, por el que se convocan subvenciones para el desarrollo de las actividades ordinarias de los clubes y de las entidades deportivas, temporada 2017/2018 para el año 2018, por el procedimiento de concurrencia competitiva.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo se puede consultar en la Base de datos Nacional de Subvenciones :

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Beneficiarios

Puede solicitar participar en la convocatoria cualquier entidad deportiva sin ánimo de lucro que reúna los requisitos.

Estar legalmente constituidas y tener la sede social en el término municipal de Bunyola. Estar inscritas en el Registro General de Entidades del Ayuntamiento y en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares y estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Bunyola, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social. Acreditar una antigüedad mínima de dos años y desarrollar la actividad deportiva continuada durante este tiempo el municipio de Bunyola. Acreditar un mínimo de 20 socios a la entidad así como una copia de la última acta de la asamblea general anual. Quedarán excluidas aquellas entidades deportivas que no incurran en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Segundo. Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto fijar los criterios para la concesión de subvenciones a las entidades deportivas del municipio de Bunyola, para el desarrollo de sus actividades deportivas ordinarias durante la temporada 2017-2018 con el objetivo de promover, potenciar y diversificar la práctica de la actividad deportiva en el municipio.

Las subvenciones se conceden en régimen de publicidad y concurrencia competitiva, tienen carácter discrecional, voluntario y eventual, son libremente revocables y reducidas en todo momento por las causas previstas en la legislación vigente.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras y la presente convocatoria se aprueban conjuntamente por la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de abril de 2018 y se harán públicas en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Cuarto. Cuantía de la ayuda

La dotación presupuestaria total para la convocatoria de las subvenciones para el desarrollo de las actividades ordinarias es de nueve mil euros (9.000 €).

Las entidades podrán presentarse según la tipología y edades de los deportistas, a una línea/programa o en las diferentes líneas/programas.

Esta subvención irá con cargo a la aplicación presupuestaria de 9.000 € prevista en los presupuestos municipal de 2018.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las entidades deportivas deberán presentar la solicitud según lo establecido en la normativa vigente:

El 2 de octubre de 2016 entró en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas que obliga a todas las entidades a relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos y, por tanto, disponer necesariamente de un certificado general que represente la organización. Esta relación electrónica hace referencia tanto a las notificaciones como la presentación de documentos y solicitudes a través de registro.

Esto implica que todas las solicitudes y documentaciones que se dirijan al Ayuntamiento deben realizarse obligatoriamente mediante el registro electrónico:

http://bunyola.sedelectronica.es/

Es necesario que, como entidad, se obtenga un certificado o firma digital.

La presentación de las solicitudes implica la plena aceptación de estas bases y de los requisitos y obligaciones que se recogen.

El plazo de presentación de solicitudes en el registro general de entrada del Ayuntamiento de Bunyola finalizará el día 31 de julio de 2018. En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, las entidades dispondrán de diez (10) días hábiles contados desde el momento de la notificación, para subsanar el error o carencia.

En caso de que no se haga, se archivará el expediente sin ningún trámite posterior, por entenderse como renuncia de parte.

Sexto. Otros datos.

La entidad deportiva deberá adjuntar a la solicitud, la siguiente documentación:

1. Fotocopia del DNI de la persona que suscribe la solicitud.

2. Memoria de presentación de la entidad, así como de los proyectos que llevan a cabo, y en su caso de la justificación de promover la promoción de valores positivos para el deporte y la relación de actividades organizadas por la entidad para promover el deporte (no están incluidas: centros, campus, colonias, ...)

3. Certificado de la federación correspondiente o/y del Gobierno Balear del número de equipos que participan en competiciones, y número de licencias tramitadas (por género y categorías) durante la temporada 2017- 2018.

4. Declaración jurada del responsable de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

5. Declaración jurada sobre si se ha solicitado u obtenido otras ayudas para la misma actividad, así como su importe.

6. Presupuesto económico de la entidad deportiva temporada 2017/2018 (gastos e ingresos).

 

Bunyola, 20 de abril de 2018

El Alcalde

Andreu Bujosa Bestard