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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 4215
Extracto de la resolución del día 19 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Eivissa, por la que se convocan subvenciones en materia de asociaciones de vecinos para el año 2018

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Texto

Extracto de la resolución del día 19 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Eivissa, por la que se convocan subvenciones en materia de asociaciones de vecinos para el año 2018. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/inex):

Primero. Beneficiarios

Las asociaciones de vecinos legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones vecinales del Ayuntamiento de Eivissa con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias y que cumplan los requisitos de estas bases.

Segundo. Objeto

El objeto y la finalidad de la presente convocatoria es subvencionar asociaciones vecinales, para la realización y programación de actividades incluidas en un proyecto que intensifique la participación social en el municipio, y concretamente, en el barrio en la que desarrollan su actividad.

2.1 Las actividades programadas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a.-Que sean de carácter social y promuevan la participación ciudadana.

b.- Que promuevan, defiendan y garanticen los derechos de la ciudadanía.

c.-Que las actividades que realicen sean sin ánimo de lucro; de lo contrario, deberá revertir en las mismas actividades subvencionadas.

d.- Que se realicen en el término municipal de Ibiza.

e.- Que se realicen entre el 1 de octubre de 2017 y 30 de septiembre de 2018.

Tercero. Bases reguladoras

Bases especificas reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones de vecinos en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de actividades que favorezcan la dinamización y participación de las asociaciones en el ámbito de la participación ciudadana, en el municipio de eivissa para el año 2018. Publicadas en página Web municipal (http://www.eivissa.es) y sede electrónica (https://eivissa.sedelectronica.es)

Cuarto. Importe

El importe global del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención se determina en base a la asignación, que los Presupuestos Generales se refiere al programa de Participación Ciudadana de 110.000,00 EUROS que contempla esta convocatoria, se imputa dentro de la aplicación presupuestaria 2018 92400 48901. La cuantía de la subvención se determinará de acuerdo a los siguientes criterios:

a) El importe máximo que podrá recibir una Asociación de Vecinos será de 17.000,00€.

b) Ningún subvención podrá superar, en todo caso, el porcentaje máximo del 100% del gasto subvencionable.

 

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

 

Eivissa 28 / 03 / 2018

LA REGIDORA DELEGADA
María del Carmen Boned Verdera

Documentos adjuntos