Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SES SALINES
Núm. 4086
Desistimiento y archivo del expediente del procedimiento de aprobación del Catálogo de Patrimonio de Ses Salines. Adaptación al Plan Territorial de Mallorca
En sesión plenaria ordinaria de fecha 13 de noviembre de 2017 se adoptaron, entre otros, los siguientes acuerdos:
"Visto que en sesión plenaria ordinaria de 10 de septiembre de 2014 se aprobó inicialmente el CATÁLOGO DE PATRIMONIO SES SALINES. Adaptación al Plan Territorial de Mallorca, redactado por el equipo formado por Nadal Burguera Garí, geógrafo; M. del Pilar Campos Martínez, documentalista; Bernat Roig Galmés, arqueólogo; y Joan Serra Burguera, arquitecto, el cual modifica y amplía el catálogo vigente para adaptarlo al Plan Territorial Insular de Mallorca.
Visto que a raíz de las alegaciones presentadas durante el plazo de información pública se ha puesto de manifiesto la necesidad de realizar un estudio más cuidadoso y completar la documentación del Catálogo, se considera conveniente para el interés general, desistir de la tramitación de este expediente e iniciar de nuevo un nuevo procedimiento.
Visto que el artículo 93 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, establece que en los procedimientos iniciados de oficio, la administración podrá desistir, motivadamente, en los supuestos y con los requisitos previstos en las leyes.
Considerando que según el artículo 84 de la indicada Ley 39/2015, el desistimiento pone fin al procedimiento.
A la vista de lo antes expuesto, se propone al Pleno de la Corporación, previo dictamen de la Comisión Informativa Permanente General, la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Desisitir del procedimiento de aprobación del CATÁLOGO DE PATRIMONIO SES SALINES. Adaptación al Plan Territorial de Mallorca, aprobado inicialmente en sesión plenaria ordinaria de 10 de septiembre de 2014, y archivar el expediente.
SEGUNDO.- Hacer público este acuerdo mediante anuncio en el Boletín Oficial de les Illes Balears, en uno de los diarios de mayor difusión de la isla de Mallorca y en la correspondiente dirección o punto de acceso electrónico municipal.
TERCERO.- Facultar al Alcalde para que pueda llevar a cabo todas las actuaciones necesarias para la efectividad de los anteriores acuerdos. "
Lo que se hace público para conocimiento general.
Contra estos acuerdos, que agotan la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOIB. No obstante lo anterior, con carácter previo y potestativo, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha adoptado los acuerdos transcritos, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOIB. Asimismo, se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime procedente.
Ses Salines, 17 de abril de 2018
El Alcalde
Bernat Roig Galmés