Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PRESIDENCIA
Núm. 3992
Extracto de la Resolución
Extracto de la Resolución del vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia de día 26 de marzo de 2018 relativa a la convocatoria de subvenciones para apoyar eventos que fomenten la promoción sociocultural (participación, asociacionismo y desarrollo comunitario) año 2018
Código de la convocatoria: 392796 De conformidad con lo que se prevé en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios
Pueden obtener la condición de personas beneficiarias de las subvenciones las asociaciones, sin ánimo de lucro, inscritas de forma definitiva en el registro pertinente a la fecha en qué finaliza el plazo por presentar las solicitudes, que tengan sede social en Mallorca y que cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca. Además, es imprescindible que las asociaciones tengan objetivos y/o finalidades parecidas a los que establece la convocatoria.
No pueden obtener la condición de beneficiaria las personas o las entidades en las cuales se convierta alguna de las circunstancias siguientes:
a) Las entidades en las cuales concurre alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca
b) Las entidades asociativas con finalidad lucrativa, comercial, mercantil o similar, los colegios profesionales y las asociaciones profesionales y las cooperativas.
c) Las asociaciones que no estén constituidas legalmente.
d) Las entidades que presenten una memoria en la cual no se exprese de manera clara la conexión que hay entre el proyecto presentado y el objeto y las finalidades de la convocatoria.
Segundo. Objeto
La convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para financiar los gastos derivados de la organización y la realización de acontecimientos de gran repercusión que fomenten la promoción sociocultural (participación, asociacionismo y desarrollo comunitario).
Tercero. Finalidades
Los acontecimientos que se subvencionen tienen que tener algunas de las finalidades que se describen a continuación:
Cuarto. Bases reguladoras
Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día 23 de diciembre de 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017.
Quinto. Crédito presupuestario
Durante el ejercicio presupuestario 2018, se destina la cantidad de 75.000,00 euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria que se financiarán con cargo al presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca para el año 2018.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días hábils, contadores a partir del día siguiente en el de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
Palma, 5 de abril de 2018
El secretario técnico del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia
(Resolución de delegación del vicepresidente segundo y consejero Ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia, BOIB nº. 116, d’1 de agosto de 2015)
Jaume Andreu Sabater Malondra