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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PRESIDENCIA
Núm. 3938
Extracto de la convocatoria de subvenciones para promover la igualdad para el año 2018
BDNS (identif.): 393474
De conformidad con lo que se prevé en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios
En relación con cada una de las líneas de subvención, los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria son los siguientes:
1. Línea de subvenciones de ayuntamientos y mancomunidades:
2. Línea de subvenciones de asociaciones y agrupaciones de personas físicas privadas:
Segundo. Objeto
La convocatoria tiene por objeto la regulación de la concesión de subvenciones con el fin de financiar la realización de proyectos de igualdad de oportunidades en cualquiera de los términos municipales de la isla de Mallorca.
Consta de dos líneas de subvención:
L1.-Línea de subvención de ayuntamientos y mancomunidades.
L2.-Línea de subvención de asociaciones y agrupaciones de personas físicas privadas.
Tercero. Finalidades
Según la línea de subvención se especifican las siguientes finalidades:
(L1): Línea de subvenciones de ayuntamientos y mancomunidades: la finalidad de los planes de igualdad tiene que ser organizar y poner en marcha el conjunto de las políticas de género del ayuntamiento, orientadas a todo su personal y a la ciudadanía para alcanzar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
(L2): Línea de subvenciones de asociaciones y agrupaciones de personas físicas privadas, la finalidad de los proyectos o actividades tiene que ser todas o alguna de las siguientes:
a) Favorecer el empoderamiento de las mujeres o de personas LGTBI.
b) Impulsar la visibilización de mujeres o de personas LGTBI, de la historia o actuales, haciendo valoración de sus contribuciones y creaciones científicas, artísticas, deportivas, sociales o culturales, o haciendo valoración de sus esfuerzos y actuaciones especialmente reseñables en la lucha contra todo tipo de discriminaciones.
c) Impulsar la eliminación de los estereotipos tradicionales de género y los roles sexistas.
d) Impulsar la información, la formación, la sensibilización o la denuncia relacionadas con discriminaciones sexistas, la violencia de género o la LGTBI fobia, en torno a las festividades internacionales del 8 de marzo (día internacional de las mujeres) y del 28 de junio (día internacional del orgullo LGTBI).
Cuarto. Bases reguladoras
Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día 23 de diciembre de 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017.
Quinto. Crédito presupuestario
A las subvenciones objeto de esta convocatoria se destina la cantidad total máxima de 103.100,00€, del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca para el año 2018.
L1.-Línea de subvenciones de ayuntamientos y mancomunidades: 82.000,00€.
L2.-Línea de subvenciones de asociaciones y agrupaciones de personas físicas privadas: 21.100,00€.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días hábiles, que cuentan a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
Palma, 9 de abril de 2018
El secretario técnico del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia
(Resolución de delegación del vicepresidente segundo y consejero|conseller
Ejecutivo de Participación Ciudadana y Presidencia, BOIB nº. 116, de 1 de agosto de 2015)
Jaume Andreu Sabater Malondra