Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA
Núm. 3863
Bases que regirán las convocatorias para la obtención permiso municipal de autotaxi de Santa Margalida 2018
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En virtud del artículo 16 del Reglamento Municipal regulador del servicio público de transporte de viajeros en automóviles ligeros de alquiler con conductor de Santa Margalida, se ordena publicar el siguiente
ANUNCIO
En fecha 10 de abril de 2018 se ha aprobado la convocatoria y las bases para obtener el permiso municipal de auto taxi, que se insertan a continuación:
“BASES QUE REGIRAN LAS CONVOCATORIAS PARA LA OBTENCIÓN PERMISO MUNICIPAL DE AUTOTAXI DE SANTA MARGALIDA
PRIMERA. OBJETO DE LAS CONVOCATORIAS
Es objeto de las presentes bases la definición de los requisitos y condiciones que han de regir la realización de las pruebas de aptitud para obtener el permiso municipal del Ayuntamiento de Santa Margalida.
SEGUNDA. FORMA DE SELECCIÓN
El procedimiento para obtener este permiso municipal consistirá en la superación de una prueba de aptitud.
TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Reglamento Municipal regulador del servicio público de transporte de viajeros en automóviles ligeros de alquiler con conductor (BOIB núm. 86, de 18/06/2013 y BOIB Núm. 95, de 3/08/2017), y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los servicios urbanos e interurbanos de transportes en automóviles ligeros, y el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, según la nueva redacción dada por el Real Decreto 1055/2015, de 20 de noviembre; para obtener el permiso municipal de conductor o conductora, el interesado o interesada tendrá que reunir los siguientes requisitos:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del Reglamento Municipal los conductores/conductoras tienen que conocer las lenguas catalana y castellana con un nivel suficiente para atender las indicaciones necesarias para el cumplimiento del servicio.
CUARTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas, en las que los aspirantes hagan constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se tendrán que hacer según el modelo del anexo 1 de estas bases y se tendrán que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento, o bien en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a partir del día siguiente a la publicación del anuncia de estas bases y convocatorias en el BOIB y en un plazo que finaliza quince días naturales antes de la fecha prevista para la celebración de las pruebas de cada una de las convocatorias. En el caso de que el último día sea inhábil, el plazo se entenderá ampliado hasta el día hábil siguiente.
La presentación de la solicitud da derecho al interesado a presentarse a dos convocatorias sucesivas. En consecuencia, no presentarse o no superar la prueba en dos convocatorias inmediatas y sucesivas, implicará tener que formular una nueva solicitud de participación.
Las bases íntegras y las resoluciones se publicarán en la sede electrónica, en la página web (www.ajsantamargalida.net) y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
La solicitud tendrá que ir acompañada de:
En el caso de personas jurídicas, la documentación a presentar irá referida, en el caso de sociedades mercantiles, a la persona física que ostente la administración de la entidad; y en los supuestos que la persona jurídica esté constituida por una sociedad anónima laboral o cooperativa de trabajo asociado, se exigirá de las personas físicas integrantes de las mismas.
QUINTA. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES
Finalizado el plazo de presentación de las instancias, la Alcaldía dictará una resolución que declarará aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En la misma resolución que se publicará a la web del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios de la sede electrónica se señalará un plazo de 3 días hábiles para subsanar o presentar reclamaciones, así como la constitución del Tribunal Calificador, y el lugar y hora para la prueba de aptitud en primera y segunda convocatoria.
En el caso de que no se presenten alegaciones o reclamaciones contra la lista provisional, la misma se entenderá definitiva a partir del día siguiente a la finalización del plazo de reclamaciones, y no será necesaria la nueva resolución ni publicación.
SEXTA. TRIBUNAL CALIFICADOR
El Tribunal Calificador estará formado por:
TITULARES:
SUPLENTES:
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal se ajustará a lo previsto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Tribunal Calificador no se podrá constituir ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus miembros, ya sean titulares o suplentes, y las decisiones se adoptarán por mayoría. Siempre será necesario que un miembro del Tribunal actúe de Presidente y otro de Secretario. El Tribunal podrá contar con la asistencia de asesores, con voz pero sin voto.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación o aplicación de las bases, así como lo que se tenga que hacer en los casos no previstos.
SÉPTIMA. SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO
En su caso, se realizará una prueba de aptitud evaluando el nivel de conocimiento de la lengua catalana y/o castellana.
Se realizará una prueba de aptitud sobre el conocimiento de los aspirantes del término municipal, de las principales vías públicas y lugares de interés turístico, ubicación de locales de ocio, oficinas municipales, hoteles principales y itinerarios más directos para llegar al lugar de destino, así como el conocimiento de la normativa de la Corporación relativa al servicio de las tarifas aplicables.
La prueba de aptitud consistirá en un examen de 50 preguntas tipo test. Cada pregunta tendrá 4 respuestas posibles y sólo una de ellas será la correcta. En el caso de que haya dos respuestas correctas, se dará por buena la respuesta más correcta. Las preguntas correctamente contestadas valen 0,20 puntos y las mal contestadas restan 0,05 puntos.
Para contestar el examen se dispondrá de una hora y media.
No estará permitida la consulta de ningún tipo de documentación ni conexiones electrónicas durante el examen.
Para aprobar será suficiente un 5.
OCTAVA. RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTOS
El Tribunal Calificador elevará una relación provisional de los aprobados por orden de puntuación al Presidente de la Corporación, que se publicará en la página web y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. A partir del día siguiente y durante un plazo de tres días hábiles, los aspirantes podrán presentar alegaciones o reclamaciones contra la misma. Una vez resueltas, se elaborará la relación definitiva y se publicará en la página web y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. En el caso de que no se presenten alegaciones o reclamaciones contra la lista provisional, la misma se entenderá definitiva a partir del día siguiente de la finalización del plazo de reclamaciones.
Los aspirantes propuestos aportarán ante el Ayuntamiento, dentro del plazo de cinco días naturales desde la publicación de la relación definitiva, el certificado médico acreditativo de no padecer ninguna enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite la realización de la profesión y dos fotografías de carnet.
Los aspirantes que dentro del plazo indicado, y excepto en los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación o de la misma se dedujera que falta algún requisito exigido, no se les expedirá el permiso municipal.
NOVENA. INCIDENCIAS
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
DÉCIMA.- CONVOCATORIAS Y FECHAS DE CELEBRACIÓN DE PRUEBAS.
Las fechas para la celebración de la prueba son las siguientes:
Convocatoria mayo 2018: día 10 de mayo de 2018
Convocatoria junio 2018: día 14 de junio de 2018
Convocatoria julio 2018: día 12 de julio de 2018
Convocatoria agosto 2018: día 9 de agosto de 2018
Convocatoria septiembre 2018: día 13 de septiembre de 2018
Contra la resolución de aprobación de la convocatoria y sus bases, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, a partir del día siguiente al de la publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (artículo 46 de Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).
Alternativamente, y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o reclamación que resulte pertinente.
ANEXO I (MODELO DE INSTANCIA)
PRUEBAS DE APTITUD PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO MUNICIPAL DE AUTO TAXI
Nombre:__________________________ Primer apellido: _____________________________________
Segundo apellido: ______________________ con DNI núm. _____________________________________
domicilio a efectos de notificaciones en __________________________________________________ municipio de ______________________________, teléfono _______________________________________, en calidad de (marca con una cruz): Titular licencia municipal número ___; Conductor adscrito a la licencia municipal número ___ ; o Aspirante __
EXPONE
PRIMERO. Que ha tenido conocimiento de la convocatoria y de las bases que han de regir la realización de las pruebas de aptitud para obtener el permiso municipal de auto taxi del Ayuntamiento de Santa Margalida.
SEGUNDO. Que cree cumplir todas las condiciones exigidas en las bases referidas en la fecha de presentación de instancias.
TERCERO. Que declara conocer y aceptar las bases generales de la convocatoria.
CUARTO. Que adjunta la siguiente documentación (las copias tienen que estar compulsadas):
SOLICITA
Que se admita esta solicitud para la presente convocatoria.
_________________, a _____ de ____________ de 2018
Firmado,
El solicitante”
Santa Margalida, 11 de abril de 2018.
El Alcalde,
P.D.S. (Decreto núm. 1193 de fecha 02/12/2016, Primer Teniente de Alcalde, Martí A. Torres Valls)
Joan Monjo Estelrich