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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE MANACOR

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE MANACOR

Núm. 3797
Juicio Verbal de Desahucio por Precario 367/2017

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Texto

Dª. EMILIANA PEREZ GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO.1A.INSTANCIA N.5 de MANACOR, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento Juicio Verbal de Desahucio por Precario 367/2017 seguido a instancia de BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A frente a IGNORADOS OCUPANTES de la calle Clavaris nº 6 de Manacor se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

FALLO

QUE ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. CONTRA OCUPANTES NO IDENTIFICADOS de la vivienda sita en la calle  CLAVARIS Nº 6 DE MANACOR 07500 DECLARADOS EN REBELDÍA:

1º) DEBO DECLARAR Y DECLARO QUE LOS OCUPANTES DEL INMUEBLE SITO EN CALLE CLAVARIS Nº 6 DE MANACOR, 07500, SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE PRECARIO.

2º) Y QUE HA LUGAR AL DESAHUCIO EN PRECARIO DE DICHOS DEMANDADOS DE LA REFERIDA FINCA, CONDENANDO A LOS DEMANDADOS QUE LA DESALOJEN EN EL TÉRMINO LEGAL, DEJÁNDOLA LIBRE, VACUA Y EXPEDITA A DISPOSICIÓN DE LA PROPIEDAD,  APERCIBIÉNDOLES DE QUE EN CASO CONTRARIO, SI NO LA DESALOJAN VOLUNTARIAMENTE EN EL PLAZO LEGAL ESTABLECIDO, SERÁN OBJETO DE LANZAMIENTO.

3º) ASI COMO CONDENO A LA PARTE DEMANDADA AL PAGO DE TODAS LAS COSTAS PROCESALES CAUSADAS.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, cabe RECURSO DE APELACION en ambos efectos, que conforme al artículo 458 de la LEC (tras su redacción por la LEY 37/2011), se presentará directamente ante este juzgado en el plazo de VEINTE DÍAS contados a partir del siguiente a la notificación de la presente resolución, en el que se deberá exponer las alegaciones en que basen la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugnan,  para su posterior sustanciación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.

Y encontrándose dicho demandado, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En MANACOR  a veintitrés de febrero de dos mil dieciocho

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.