Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 3659
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 4 de abril de 2018 por la cual, en ejecución de una sentencia, se concede un plazo de veinte días hábiles a la persona recurrente para que presente la documentación requerida en la base 11.2 de la convocatoria del concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de facultativo/facultativa especialista de área de Otorrinolaringología correspondiente al sector sanitario de Menorca, convocado mediante resolución de 14 de diciembre de 2010 del consejero de Salud y Consumo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos y fundamentos de derecho

  1. Por medio de la Resolución del consejero de Salud y Consumo de 14 de diciembre de 2010 se convocó un concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de facultativo/facultativa especialista de área de Otorrinolaringología correspondiente al sector sanitario de Menorca dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
  2. Por medio de la Resolución de la directora general del Servicio de Salud de 6 de septiembre de 2012 (BOIB núm. 137/2012, de 18 de septiembre) se aprobó la lista de personas aspirantes que habían superado el proceso selectivo. También se publicó una lista complementaria de personas aspirantes que seguían por puntuación a las que habían superado el proceso selectivo, para el caso de que se produjeran renuncias o cuando de la documentación exigida en la base 11.2 de la convocatoria se desprendiera que alguna de las personas seleccionadas no cumplía los requisitos para ser nombrada como personal estatutario fijo. En esta lista complementaria aparecía como primer aspirante la señora Simara Rodríguez Rondón.
  3. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 6 de noviembre de 2012 (BOIB núm. 170/2012, de 17 de noviembre) se nombró personal estatutario fijo y se adjudicaron las plazas a las tres personas aspirantes que habían superado el concurso oposición.
  4. La señora Simara Rodríguez Rondón presentó un escrito el 25 de enero de 2013 en el cual pedía la adjudicación de la plaza asignada a una de las tres personas relacionadas en la resolución citada en el punto anterior que no se había incorporado. Esta solicitud fue desestimada por Resolución del director general del Servicio de Salud de 23 de julio de 2013.
  5. Por medio de la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 422/2018, de 15 de marzo de 2018, se estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la señora Simara Rodríguez Rondón. La Sentencia anula la Resolución de 23 de julio de 2013 mencionada y condena a la administración a conceder el plazo de veinte días hábiles para que presente la documentación requerida en la Base 11.2 de la convocatoria y, si así lo hace, se le adjudique la plaza demandada.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. En el termini de 20 dies hàbils comptadors des de l’endemà de la data en què es publiqui aquesta resolució en el BOIB, la senyora Simara Rodríguez Rondón ha de presentar els documents següents:

  1. Fotocòpia del document nacional d’identitat o —en el cas de no tenir la nacionalitat espanyola— del document oficial que acrediti la identitat, l’edat i la nacionalitat. Els familiars que, d’acord amb la base 2.1.a, tenguin dret a participar en el procés selectiu han de presentar una fotocòpia compulsada d’algun document que acrediti el vincle de parentiu o, si escau, del fet de ser dependents d’aquests familiars.
  2. Fotocòpia compulsada del títol acadèmic exigit en aquesta convocatòria o certificat acadèmic que acrediti haver duit a terme tots els estudis per obtenir el títol. En el cas de les titulacions obtingudes a l’estranger, cal acreditar que estan homologades pel Ministeri d’Educació.
  3. Declaració jurada o promesa de la persona aspirant de no haver estat separada —mitjançant un expedient disciplinari— del servei de qualsevol servei de salut o administració pública en els sis anys anteriors a la convocatòria, i de no estar inhabilitada amb caràcter ferm per exercir funcions públiques ni per a la professió corresponent.

2. Així mateix, el Servei de Prevenció de Riscs Laborals del Servei de Salut ha d’emetre un certificat que acrediti que la persona aspirant té capacitat funcional per acomplir les tasques del lloc de treball.

3. Publicar aquesta resolució en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Interposició de recursos

Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.6 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de cualquiera otro recurso que se considere oportuno interponer.

  

Palma, 4 de abril de 2018

El director general
Julio Miguel Fuster Culebras
Por delegación de la consejera de Salud (BOIB 10/2016)