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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 3579
Expropiaciones: citación actas previas Obra: “Proyecto de acceso a Lloseta desde la Ma-13. Fase I” TM: Lloseta y Binissalem. Exp. CM-90

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Declaración de urgencia aprobada por el Consejo de Gobierno en sesión de día 18 de setiembre de 2017.

Con la finalidad de realizar la redacción de las actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por la expropiación forzosa con carácter de urgencia, motivada por las obras “Proyecto de acceso a Lloseta desde la Ma-13. Fase I”, en el término municipal de Lloseta y Binissalem, por ello y con tal de facilitar los datos necesarios que han de constar en las actas previas, comunicamos a los Propietarios que a continuación se relacionan, que han de presentarse en el lugar, fecha y hora indicados y con la documentación que se indica:

Término municipal de Binissalem

Martes, 3 de abril de 2018, en el ayuntamiento de Binissalem

Nº FINCA

Polígono

Parcela

Propietario

Hora

43

4

9957

Desconocido

10.30

Térmimo municipal de Lloseta

Martes, 3 de abril de 2018, en el ayuntamiento de Lloseta

Nº FINCA

Polígono

Parcela

Propietario

Hora

45

1

9054

Desconocido

12.00

46

1

9055

Desconocido

12.30

1.  DNI original no caducado. Si el afectado es extranjero el pasaporte, NIE y NIF originales no caducados.

2.  Nota Simple Informativa emitida por el Registro de la Propiedad núm. 2 de Inca, dentro de un plazo no superior a 10 días antes de la fecha de la comparecencia.

Con el fin de evitar la existencia de cuestiones sobre la titularidad que imposibilitaran los pagos causados por la expropiación, les rogamos tengan en cuenta los siguientes requisitos respecto al contenido de dicha Nota Simple:

A)  Los afectados tienen que ser los titulares registrales. Tal y como exige el artículo 3.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

B) A la descripción registral del inmueble se tiene que incluir la Referencia Catastral. Tal y como se exige en el artículo 9 de la Ley 13/2015, de 24 de junio de Reforma de la Ley Hipotecaría aprobada mediante Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.

 

Palma, 12 de marzo de 2018

El secretario técnico de Territorio y Infraestructuras
Marc López Expósito