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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 3490
Extracto de la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 19 de marzo de 2018 por la cual se convocan ayudas de movilidad en el ámbito de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo y ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios universitarios en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2017-2018

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Texto

Código identificación BDNS

391468

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/20013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos nacional de Subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que cursen estudios universitarios oficiales en alguna universidad española de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo y que participen en programas institucionales de movilidad que permiten cursar parte de estos estudios en un centro de enseñanza superior francés dentro del ámbito de los territorios integrados en la Eurorregión Pirineos Mediterráneo.

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar estudios de máster universitario oficial que no se imparten en la Universidad de las Illes Balears.

Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra isla para cursar estudios de máster oficial que se imparten en la Universidad de las Illes Balears.

-Alumnos con domicilio familiar en Mallorca, Menorca, Eivissa o Formentera que se tienen que desplazar a otra isla de las Baleares para cursar diplomaturas, licenciaturas o estudios oficiales de grado, arquitectura técnica, ingeniería técnica, arquitectura o ingeniería en cualquier centro de la Universidad de las Illes Balears o para hacer prácticas de laboratorio obligatorias de los estudios de la Universidad Nacional de Educación a distancia, salvo los casos de exclusión que figuran en el apartado 6 de este anexo.

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar, en centros propios de universidades públicas, diplomaturas, licenciaturas o estudios oficiales de grado, arquitectura técnica, ingeniería técnica, arquitectura o ingeniería que no se imparten en la Universidad de las Illes Balears ni en los centros adscritos en esta Universidad.

- Alumnos con domicilio familiar en Menorca, Eivissa o Formentera que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar, en centros propios de universidades públicas, diplomaturas, licenciaturas o estudios oficiales de grado, arquitectura técnica, ingeniería técnica, arquitectura o ingeniería que la Universidad de las Illes Balears o los centros que están adscritos sólo imparten en Mallorca.

- Alumnos con domicilio familiar en Mallorca que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar, en centros propios de universidades públicas, diplomaturas, licenciaturas o estudios oficiales de grado, arquitectura técnica, ingeniería técnica, arquitectura o ingeniería porque no han obtenido plaza en la Universidad de las Illes Balears ni en los centros adscritos a esta Universidad.

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar, en universidades privadas o en centros adscritos a universidades públicas o privadas, diplomaturas, licenciaturas o estudios oficiales de grado, arquitectura técnica, ingeniería técnica, arquitectura o ingeniería que no se imparten en la Universidad de las Illes Balears ni en los centros adscritos a esta Universidad.

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar, en universidades privadas o en centros adscritos a universidades públicas o privadas, diplomaturas, licenciaturas o estudios oficiales de grado, arquitectura técnica, ingeniería técnica, arquitectura o ingeniería porque no han obtenido plaza en la Universidad de las Illes Balears ni en los centros adscritos a esta Universidad.

- Alumnos con domicilio familiar en las Illes Balears que se tienen que desplazar a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar diplomaturas, licenciaturas o estudios oficiales de grado, arquitectura técnica, ingeniería técnica, arquitectura o ingeniería que en las Illes Balears sólo se imparten en centros adscritos a la Universidad de las Illes Balears.

Segundo. Objeto:

Ayudas de movilidad en el ámbito de la Eurorregión y ayudas de desplazamiento.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura, publicada en el BOIB núm. 100 de 11 de julio de 2009.

Cuarto. Cuantía:

La cuantía máxima de la convocatoria será de 450.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta el 15 de junio de 2018.

Palma, 23 de marzo de 2018

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà

Per delegació de competències segons Resolució del conseller d’Educació i Universitat  de 19 d’octubre de 2015

(BOIB núm.156 de 27 d’octubre de 2015)

El secretari general

Francesc Gálvez Capellà