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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 3295
Bases de la convocatoria para la organización de un concurso de innovación Smart para Ayuntamientos y empresas de la isla de Mallorca “I Premios SMART MALLORCA”

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Texto

1. El Consejo de Mallorca como institución de gobierno, administración y representación insular, en ejercicio de las competencias atribuidas mencionadas en el párrafo anterior, a través de la Dirección Insular de Modernización e Innovación, concurrió a la convocatoria de ayudas de la entidad pública empresarial Red.es, adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, denominada “Convocatoria de Islas Inteligentes de la Agenda Digital para España” (C055/15-AE) y fue seleccionada como beneficiaria.

2. En fecha 23 de diciembre de 2016 se firmó el Convenio entre el Ayuntamiento de Calvià y FERIA para la organización del Calvià Smart Island Congress and Exhibition, event que es de interés para la promoción y el fomento de la isla de Mallorca.

3. En fecha 12 de abril de 2017 se aprobó la adenda en el convenio entre el Ayuntamiento de Calvià y Feria Internacional de Barcelona para la organización del Smart Island World Congress Calvià – Mallorca.

4. El Consejo Insular de Mallorca considera que esta segunda edición del Smart Island World Congress será el escenario idóneo para compartir y dar a conocer las políticas Smart que quiere llevar a cabo el CIM, implicar a la sociedad mallorquina en este proceso de cambio y revolución tecnológica, conocer experiencias similares de todo el mundo y afirmar este posicionamiento de Mallorca como isla inteligente de referencia.

5. El Consejo Insular de Mallorca con la colaboración de la Comisión Asesora Smart Mallorca han acordado celebrar un concurso de innovación dirigido a los Ayuntamientos y las empresas tecnológicas de Mallorca para reconocer la trayectoria en proyectos de temática Smart.

Por todo el anterior, la consejera ejecutiva de Modernización y Función Pública, órgano competente de acuerdo con el artículo 1 punto e) del Decreto de organización del Consejo de Mallorca, aprobada el día 9 de junio de 2017 (BOIB nº. 73, de día 15 de junio), modificado por los decretos de la Presidencia de día 20 de junio de 2017 (BOIB nº. 77, de 24-06-2017), de día 24 de julio de 2017 (BOIB nº. 92, de 29-07-2017), de día 16 de enero de 2018 (BOIB nº. 12, de 25-01-2018) y de 7 de febrero de 2018 (BOIB nº. 20, de 13 de febrero) dicta la siguiente

Resolución

1. Aprobar las bases de la convocatoria para la organización de un concurso de innovación Smart para Ayuntamientos y empresas de la isla de Mallorca “I Premios SMART MALLORCA”, que se adjuntan a esta resolución.

2. Publicar las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Mallorca y en la página web del Consejo Insular de Mallorca.

 

Palma, 22 de marzo de 2018

Director insular de Función Pública, por sustitución del secretario técnico

del Departamento de Modernización y Función Pública

Pau Morey Soler

(BOIB nº. 117, de 4 de agosto de 2015)

 

 

“Bases de la convocatoria para la organización de un concurso de innovación Smart para Ayuntamientos y empresas de la isla de Mallorca “I Premios SMART MALLORCA”

1. Objeto de la convocatoria

Se convocan los “I Premios Smart Mallorca”

Estos premios pretenden motivar, promover el espíritu emprendedor y creativo del tejido empresarial de la Isla de Mallorca mediante el reconocimiento público de sus iniciativas en el ámbito de las tecnologías SMART.

Se entiende SMART en términos generales y en el contexto de la convocatoria, como las soluciones relativamente recientes, en que el adjetivo aporta una idea que la base sobre la cual se adjunta puede actuar de una forma más o menos automática, o que se puede adaptar a varias situaciones, generalmente gracias a dispositivos electrónicos y sensores, no estando estas soluciones limitadas a las de base tecnológica.

Las siglas SMART, (en inglés) nos ayudan a contextualizar la adjetivación de las soluciones:

Specific (específico), Measurable (mesurable), Achievable (realizable), Realistic (realista) and Time-Bound (limitado al tiempo).

Se pretende galardonar personas, empresas o entidades que hayan ideado nuevos conceptos, productos y servicios que generen mejoras y transformaciones en la vida de las personas y la sociedad o que han incidido de forma innovadora o significativa en el mercado; proyectos desarrollados a partir de sus ideas y del uso inteligente e innovador de los medios tecnológicos.

Estos galardones, se otorgarán en base a una metodología de concurrencia competitiva.

2. Requisitos mínimos para pasar a la fase de valoración de propuestas:

Los siguientes requisitos sueño comunes y exigibles para] ambas categorías.

Primero.- Demostrar la capacidad de haber convertir una idea en un producto, servicio o proceso concreto aplicado en algún ámbito de la realidad, basándose en soluciones SMART.

Segundo.- Utilidad del producto o servicio, es decir, que por sus características de alguna manera se intenta hacer la vida del consumidor final (ciudad, pueblo, territorio) mejor o más fácil.

Tercero.- Impacto de las actividades y promoción en redes sociales.

Cuarto.- Sostenibilidad

Quinto.-Buenas practicas en el ámbito de la empresa.

3.-Categorías

Categoría A: Premio Empresa orientada a soluciones SMART 2018:

El objeto es incentivar en aquellas empresas y/o personas físicas que intentan abrirse un camino en el sector de las nuevas tecnologías dirigidas en soluciones SMART.

Criterios de Valoración:

Primero.- Que los productos y/o servicios, favorezcan un cambio de paradigma y una mejora en el día a día de la ciudadanía.  Se valorará el nivel de concreción en acuandto a esta mejora. (Máximo 10 puntos).

Segundo.- Calidad técnica de los productos o servicios.  (Máximo 5 puntos).

 Tercero.- Innovación técnica y originalidad, haber encontrado soluciones imaginativas para problemas comunes. (Máximo 10 puntos).

Cuarto.- Escalabilidad y exportabilidad de sus productos o servicios. (Máximo 5 puntos)

Quinto.- Argumentos de potencialidad de comercialización en el mercado y expectativas de producción. (Máximo 5 puntos)

Sexto.- Exposición de la propuesta.

Se valorará la claridad de la exposición y como se transmite el mensaje. (Máximo 5 puntos).

Categoría B: Premio territorio pionero en tecnología SMART 2018:

El objeto se reconocer las actuaciones de las entidades locales hacia las soluciones SMART implantadas a los suyo territorio.

Criterios de Valoración:

- Contribución al desarrollo social y económico de su territorio.

Se valorará el alcance y el impacto dentro del territorio de las o las actuaciones. (Máximo 10 puntos)

-Viabilidad y sostenibilidad de las actuaciones llevadas a cabo. (Máximo 5 puntos)

-Utilidad tangible de las actuaciones, es decir, que por sus características de alguna manera se intenta hacer la vida de los ciudadanos y/o los visitantes mejor o más fácil.

Se valorará el nivel de concreción de cómo se traduce la actuación en una mejora. (Máximo 10 puntos).

-La capacidad para transmitir a la sociedad valores positivos relacionados con las tecnologías SMART, contribuyendo a su promoción y valorización. (Máximo 5 puntos).

-La responsabilidad social y medio ambiental. (Máximo 2,5 puntos).

-Impacto de sus actividades y promoción en redes sociales. (Máximo 5 puntos).

-Compromiso con la filosofía SMART. (Máximo 2,5 puntos).

4. Destinatarios

REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS.

a. Personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal, sucursal, delegación o establecimiento en la isla de Mallorca.

b. Certificado acreditativo del alta en el IAE del año en curso y/o en el Régimen de la Seguridad Social, si corresponde.

c. En la categoría B, cualquier municipio de la Isla de Mallorca con menos de 50.000 habitantes así como Mancomunidades.

d. En la categoría A, en caso de las empresas tendrán que cumplir con los requisitos de la definición de PYME.

5. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes 

5.1. El plazo de presentación de las solicitudes y toda la documentación será de 15 días hábiles contadores desde el día siguiente en la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5.2. Las instancias se tienen que presentar dentro del plazo establecido, en cualquier terminal del Registro General del Consejo Insular de Mallorca (plaza del Hospital, 4; Palacio Real, 1; General Riera, 111, y General Riera, 113), y se tienen que dirigir a la Dirección Insular de Innovación del Departamento de Modernización y Función Pública del Consejo de Mallorca

5.3. Asimismo, también se podrán presentar en cualquier otro punto, de conformidad con el establecido a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Cuando las solicitudes se presenten en lugares diferentes a las oficinas del Registro General del Consejo de Mallorca, se recoman comunicar esta circunstancia a la Dirección Insular de Innovación, dentro del mismo día, mediante correo electrónico a la dirección siguiente: smartmallorca@conselldemallorca.net, con el objeto de que el órgano instructor tenga conocimiento de la presentación de la solicitud.

5.4. A los efectos de determinar la fecha de la presentación, en la solicitud tendrá que figurar el sello de entrada en la oficina del registro correspondiente. 

6. Formalización de las solicitudes y documentación

Las solicitudes se tienen que presentar acompañadas de:

Primer.- Documento de solicitud donde tiene que figurar la inscripción “I Premios SMART MALLORCA”, así como la categoría en la cual aplica.

Segundo.- Para la categoría A), Dossier digital (Pendrive) explicativo con una memoria descriptiva de la empresa donante respuesta a los criterios de valoración en formato libre. Se recomienda incluir:

- Presentación de los miembros promotores

- Descripciones de los productos y/o servicios

- Estudio de mercado o alcance

- Organización del negocio y trayectoria (currículum o historia de la empresa)

- Recursos

- Análisis de riesgos

Este dossier se evaluará de forma no colegiada a los efectos de determinar si se cumplen los criterios mínimos.

Para aa la categoría B), Dossier digital (Pendrive) explicativo con una memoria descriptiva de las actuaciones llevadas a cabo en su territorio donante respuesta a los criterios de valoración en formato libre.

Este dossier se evaluará de forma no colegiada a los efectos de determinar si se cumplen los criterios mínimos.

Tercero.-Una presentación a modo de resumen ejecutivo con material infográfico y/o audiovisual en soporte digital reproducible con herramientas de Microsoft o Adobe.

Cuarto.-Una texto explicativo de Conclusiones, justificando porque el candidato se considera susceptible de ser galardonado.

Quinto.-Declaración responsable ante autoridad administrativa de no incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Sexto.-Fotocopia del DNI, CIF o NIF, según corresponda.

Séptimo.-Fotocopia de la escritura constitución y/ o estatutos de la entidad, y/o alta del IAE, si corresponde.

Octavo.-Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que la entidad solicitante está al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social o autorización expresa para que el Consejo Insular de Mallorca lo pueda pedir telemáticamente en su lugar.

Noveno.-  Certificado de la Agencia Tributaria (AEAT) de estar al corriente de las obligaciones tributarias, o autorización expresa para que el Consejo de Mallorca lo pueda pedir telemáticamente en su lugar.

Décimo.-En la categoría B), un certificado del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, en el sentido de proponer la candidatura, bien, un certificado del correspondiente órgano de gobierno, en el sentido de aprobar la candidatura

La instrucción del expediente administrativo de esta convocatoria corresponde en la Secretaría Técnica del Departamento de Modernización y Función Pública que realizará de oficio todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos, en virtud de las cuales, se tiene que resolver la I edición de los premios SMART MALLORCA. El órgano instructor pedirá de oficio el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Mallorca, así como, que no es deudor por un procedimiento de reintegro con el Consejo de Mallorca.

Si la solicitud o la documentación fueran incorrectas o incompletas, el órgano instructor requerirá a los interesados, la rectificación o la mejora de la documentación presentada. Si en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente en la recepción del requerimiento de enmienda de la solicitud, la persona interesada no hace la rectificación reclamada o no presenta la documentación requerida, se entenderá que ha desistido de la petición, de conformidad con el artículo 68 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 71 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones.

7. Jurado calificador

Las candidaturas que cumplan los criterios mínimos expuestos al apartado segundo de esta convocatoria, pasarán a la fase de evaluación donde tendrán que realizar una exposición de su candidatura con un tiempo limitado de 10 minutos. Esta exposición se podrá realizar con medios infográficos y/o audiovisuales a elección del candidato y con formato compatible con las herramientas de Microsoft y/o Adobe.

Existirá un único jurado para las dos categorías con la composición siguiente:

Presidencia: Titular de la Dirección Insular de Modernización e Innovación. Suplente: Titular de la Dirección Insular de Función Pública

Secretaría: Titular de la Secretaría Técnica del Departamento de Modernización y Función Pública. Suplente: Técnico de la Secretaría Técnica del Departamento de Modernización y Función Pública.

Vocales Sr. Coordinador del Proyecto Smart Mallorca Sr. Emilio López Sancho. Suplente: Técnico del área de informática de la Dirección Insular de Modernización e Innovación.

Responsable Técnico del Proyecto Smart Mallorca Sr. Francisco Guaita Mas.  Suplente: Técnico del área de informática de la Dirección Insular de Modernización e Innovación.

Representante de la Universidad de las Islas Baleares.

Representante del Colegio Oficial de Arquitectos de las Islas Baleares.

Representante del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de las Islas Baleares.

Representante del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. Demarcación Islas Baleares.

Representante de la Cámara de Comercio de Mallorca.

Representante de la Federación Empresarial Hotelera de Mallorca.

Representando de la Asociación Balear de Empresas de Software, Internet y Nuevas Tecnologías (GSBIT).

El jurado se reunirá el día hábil siguiente de la fecha límite de presentación de las candidaturas para evaluar las presentaciones. La agenda que establecerá el orden de presentaciones se trasladará a los solicitantes, al momento de notificar que han pasado la fase de preselección.  Esta notificación se realizará el mismo día de la evaluación convocante los preseleccionados el siguiente día hábil.

En caso de no haber superado la preselección, la Secretaría Técnica del Departamento de Modernización y Función Pública realizará la pertinente comunicación.

La Presidencia tendrá voz y voto. El Secretario del jurado levantará acta de las reuniones. En todo caso, el régimen jurídico del jurado se ajusta a las normas y contenidos de la sección tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El día del veredicto, el jurado elige de forma colegiada y por mayoría simple las candidaturas galardonadas para cada categoría. En caso de empate, decide el voto de la presidencia.  El jurado puede declarar desiertos los premios, si considera que las candidaturas presentadas no reúnen los méritos suficientes.

El órgano instructor elevará como a propuesta de la Dirección Insular de Modernización e Innovación, el veredicto del jurado para que dicte, en su caso, la correspondiente Resolución que especificará nominativamente, el ganador de cada una de las categorías y el premio. La resolución del concurso se publicará en el BOIB.

8. Abono de los premios

El premio consistirá en ceder un espacio dentro del stand que ubicará el Consejo de Mallorca al Smart Island World Congress los días 23 y 24 de abril. El premio no tendrá la consideración de aportación dineraria ni implica un gasto económico.  Se cederán 3 espacios a las 3 empresas y/o personas físicas finalistas y 3 espacios en los municipios o territorios finalistas.

Resultarán ganadoras las tres mejores propuestas de cada categoría según el fallo colegiado del jurado.

Los premios se adjudicarán con anticipación suficiente del Congrios Smart Island Mallorca, a los efectos de poder coordinar las tareas de ubicaciones e instalaciones. La resolución del concurso junto con el acta del jurado tendrá todos los efectos administrativos con respecto a la justificación de los premios, junto con la documentación que a continuación se indica:

-Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que el candidato está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.

 -Certificado de la Agencia Tributaria (AEAT) que acredite que el candidato está al corriente de sus obligaciones tributarias con la AEAT. El órgano instructor pedirá de oficio el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Mallorca y que no es deudor por un procedimiento de reintegro con el Consejo de Mallorca.

La resolución de la concesión de los premios se publicará en el BOIB.

9.Obligacions

Presentar la solicitud, implica que el participante acepta estas bases reguladoras, así como las normas complementarias que se puedan dictar para desplegarlas.

El incumplimiento, la inexactitud, la omisión o el falseamiento de las obligaciones establecidas en estas bases, dará lugar a la pérdida de los beneficios de los premios otorgados, sin perjuicio de otras responsabilidades, además del reintegro regulado en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, así como la imposibilidad de participar en la siguiente convocatoria y otras actividades innovadoras programadas por el Consejo Insular de Mallorca. 

El beneficiario tiene que acreditar, antes de la propuesta definitiva de adjudicación, y en el momento de la recepción de los premios que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Consejo Insular de Mallorca, así como que no es deudor por un procedimiento de reintegro de subvenciones, con el Consejo Insular de Mallorca.

El órgano instructor pide de oficio el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo de Mallorca y que no es deudor por un procedimiento de reintegro con el Consejo de Mallorca.

El beneficiario tiene que cumplir los requisitos del arte. 14 de la Ley 38 /2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones y del arte. 10 del acuerdo del Pleno de día 23 de diciembre de 2016 porel cual se aprueba la ordenanza general de subvenciones (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017).

10. Publicación de la convocatoria

La convocatoria se publica en el BOIB, se expone en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Mallorca (c/ del Palau Reial, 1. Palma) y se cuelga a la página web del Consejo Insular de Mallorca, www.conselldemallorca.net. 

11. Comunicación de datos en la base de datos nacional de subvenciones

El Consejo de Mallorca, en cumplimiento del previsto en los artículos 17, 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones remitirá a la base de datos nacional de subvenciones información de esta convocatoria y de las resoluciones de concesión que se deriven y se publicará en el BOIB por conducto de esta base de datos.

12. Fiscalización previa

La aprobación de la convocatoria y la adjudicación de los premios se someterán a la fiscalización previa de la Intervención General del Consejo Insular de Mallorca.

13. Recursos.

Contra la resolución de la presente convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer directamente el recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución). No obstante el anterior, pueden ejercitar, si corresponde, cualquier otro recurso que considere pertinente. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

Documentación

  • Anexo 1. Solicitud
  • Anexo 2. Declaración responsable
  • Anexo 3. Autorización Agencia Tributaria.
  • Anexo 4. Autorización Seguridad Social.

 

 

ANEXO 1 (SOLICITUD).

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO DE INNOVACIÓN SMART 2018

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANDO

Nombre y Apellidos/ Nombre o razón social:

DNI/CIF:

Domicilio (para notificaciones):

Calle o plaza: Nº: Piso:

Localidad: CP:

Teléfono de persona de contacto: Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL/PERSONA AUTORIZADA

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Teléfono:

Represente la entidad solicitando en calidad de:

DECLAR BAJO MI RESPONSABILIDAD

1) Que conozco la Convocatoria Pública del Consejo de Mallorca del Concurso de Innovación Smart 2018;

2) Que acepto lo que prevén sus bases y estoy de acuerdo;

3) Que adjunto la documentación exigida.

Y por todo eso,

SOLICITO

Participar en la modalidad (indicad con una X la modalidad del premio en el cual queréis concursar. Sólo podéis presentar una solicitud por modalidad):

__ Categoría A: Premios al mejor proyecto Smart d'Empreses y/o Personas Físicas de Mallorca 2018.

__ Categoría B: Premios al mejor proyecto Smart d'Ajuntaments de Mallorca 2018.

CLÁUSULA INFORMATIVA SOBRE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

1. Los datos que contiene la solicitud de admisión, la documentación que se adjunta o la documentación que se genera a partir de esta convocatoria se incorporan en un fichero de datos personales, inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos, del cual es responsable el Consejo de Mallorca. Este fichero sirve, por una parte, para conceder las subvenciones previstas en esta convocatoria para alcanzar los objetivos y las finalidades recogidos en la base primera y, de la otra, si corresponde, para llevar a cabo la tramitación de los expedientes sancionadores por haberse cometido las infracciones recogidas en la normativa de subvenciones.

2. Cesiones de los datos previstos: las publicaciones previstas en la convocatoria (BOIB, tablón de anuncios del Centro Cultural la Misericordia, página web del Consejo de Mallorca, www.conselldemallorca.net); según lo que prevé el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; las personas interesadas en los términos previstos en la Ley 30/1992; y a la Intervención General del Estado en los términos previstos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, básica de subvenciones.

3. El órgano administrativo delante del cual podéis ejercitar, si corresponde, los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y los otros que reconozca la ley orgánica mencionada es la Secretaría Técnica del Departamento de Modernización y Función Pública del Consejo de Mallorca (C/ General Riera, 113. 07010. Palma).

(Rúbrica)

_________________________,_______d’____________________ de 2018

DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

 

ANEXO II (DECLARACIÓN RESPONSABLE)

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO INCURRIR EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES LEGALMENTE ESTABLECIDAS PARA OBTENER LA CONDICIÓN BENEFICIARIA DEL PREMIO

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

Nombre y Apellidos/ Nombre o razón social:

DNI/CIF:

Domicilio (para notificaciones):

Calle o plaza: Nº: Piso:

Localidad: CP:

Teléfono de persona de contacto: Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL/PERSONA AUTORIZADA

Nombre y linajes:

DNI/NIE:

Teléfono:

Represente la entidad solicitando en calidad de:

DECLARO

bajo mi responsabilidad, para que el órgano que concede el premio en tengui conocimiento:

- Que no incurre en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

Y para que así conste, firmo.

La persona solicitante

El secretario técnico

(Rúbrica)

del Departamento de Modernización y Función Pública

_______________________

Joan Cifre Martínez

(Nombre y Apellidos)

________________________,_______d’____________________ de 2018

DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

     

ANEXO III (AUTORIZACIÓN AEAT)

AUTORIZACIÓN DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA DE UN PREMIO PARA QUE EL CONSEJO DE MALLORCA, MEDIANTE EL DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA, PUEDA SOLICITAR A LA AGENCIA TRIBUTARIA LOS CERTIFICADOS ADECUADOS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

(Este anexo es voluntario, la autorización es revocable y sólo hace referencia al premio de la convocatoria que recoge.)

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

Nombre y Apellidos/ Nombre o razón social:

DNI/CIF:

Domicilio (para notificaciones):

Calle o plaza: Nº: Piso:

Localidad: CP:

Teléfono de persona de contacto: Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL/PERSONA AUTORIZADA

Nombre y linajes:

DNI/NIE:

Teléfono:

Represente la entidad solicitando en calidad de:

AUTORIZO:

Si la entidad mencionada tiene que ser beneficiaria de un Premio en el seno del Concurso de Innovación Smart 2018, que el Consejo de Mallorca, mediante el Departamento de Modernización y Función Pública, solicite a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) los certificados adecuados sobre el cumplimiento, por parte de esta entidad, de las obligaciones tributarias que le corresponden.

Esta autorización se otorga para obtener la condición de beneficiario de una subvención (artículo 14.1e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, BOE núm.276, de 18/11/2003) y de recibir, si corresponde, el pago de la subvención correspondiente (artículo 34.5 del mismo texto legal), de acuerdo con aquello establecido en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, general tributaria, que permite, previa autorización de la persona física o jurídica interesada, la cesión de los datos tributarios que necesiten las administraciones públicas para llevar a cabo sus funciones.

Nota: Esta autorización que otorga la persona abajo firmante se puede revocar en cualquier momento, mediante un escrito dirigido al Departamento Modernización y Función Pública (Servicio Jurídico Administrativo) de la persona que ocupa la presidencia de la entidad o de la persona autorizada.

(Rúbrica)

_________________________,_______d’____________________ de 2018

DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

                         

ANEXO IV.  AUTORIZACIÓN SEGURIDAD SOCIAL

AUTORIZACIÓN DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA DE UN PREMIO PARA QUE EL CONSEJO INSULAR DE MALLORCA, MEDIANTE EL DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA PUEDA SOLICITAR A LA TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EL CERTIFICADO DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL

(Este anexo es voluntario, la autorización es revocable y sólo hace referencia al premio de la convocatoria que recoge)

DATOS DEL SOLICITANTE

Nom y Apellidos/ Nombre o razón social:

DNI/CIF:

Domicilio (a los efectos de notificaciones):

Calle o plaza: Núm: Piso:

Localidad: CP:

Teléfono de persona de contacto: Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL/PERSONA AUTORIZADA (SI corresponde)

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Teléfono:

Represente la entidad solicitando en calidad de:

AUTORITZ:

Si la entidad mencionada tiene que ser beneficiaria de un Premio en el seno del Concurso de Innovación Smart 2018; que el Consejo de Mallorca, mediante el Departamento de Modernización y Función Pública, solicite a La tesorería de la Tesorería General de la Seguridad Social los certificados adecuados sobre el cumplimiento, por parte de esta entidad, de las obligaciones que le corresponden.

Esta autorización se otorga a los efectos de obtener la condición de beneficiario de una subvención (artículo 14.1e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, BOE núm.276, de 18/11/2003) y de recibir, si corresponde, el pago de la subvención correspondiente (artículo 34.5 del mismo texto legal), de acuerdo con aquello establecido la normativa vigente, que permite, previa autorización de la persona física o jurídica interesada, la cesión de los datos que necesiten las administraciones públicas para llevar a cabo el desarrollo de sus funciones.

(Nota: Esta autorización que otorga la persona abajo firmante se puede revocar en cualquier momento, mediante escrito dirigido al Departamento de Economía y Hacienda (Servicio Jurídico Administrativo) de la persona que ocupa la presidencia de la entidad o de la persona autorizada. )

(Firma)

_________________________,_______d’____________________ de 2018

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