Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 3289
Resolución de la Directora General de Personal Docente de 20 de marzo de 2018, por la que se rectifica el error detectado en la Resolución de la Directora General de Personal Docente de 28 de febrero de 2018 per la que se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de maestros, de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas y de profesores de música y artes escénicas en las Illes Balears
Se ha detectado la existencia de un error en el anexo 4 de la Resolución mencionada publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 29, de día 6 de marzo de 2018 y con la finalidad de enmendarla, de acuerdo con lo que dispone el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Resuelvo
Primero. Rectificar el error material detectado en el anexo 4 de la Resolución de la Directora General de Personal Docente de 28 de febrero de 2018 per la que se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de maestros, de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas y de profesores de música y artes escénicas en las Illes Balears:
CUERPO DE PROFESORES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
Donde dice:
En la especialidad de Orientación Educativa la programación deberá hacer referencia a un plan de actuación del Departamento de Orientación de un IES, de un CEPA, de un CIFP o de un CEE, o al plan anual de trabajo en un equipo de orientación educativa (EOEP, EAP o Equipos específicos). Este plan deberá incluir un mínimo de 12 programas de intervención psicopedagógicos.
Debe decir:
En la especialidad de Orientación Educativa la programación deberá hacer referencia a un plan de actuación del Departamento de Orientación de un IES, de un CEPA, de un CIFP o de un CEE, o al plan anual de trabajo en un equipo de orientación educativa (EOEP, EAP o Equipos específicos), o en un CEIP. Este plan deberá incluir un mínimo de 12 programas de intervención psicopedagógicos.
Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la Directora General de Personal Docente en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 20 de marzo de 2018
La Directora General de Personal Docente
Rafaela Sánchez Benítez