Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 3163
Despido/ceses en general 226/2017
D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000226 /2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MARCAIDA JOSEFINA FERNANDEZ DE BIERMAN contra la empresa RAINER MARTIN BEER BAR LATINO, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
SENTENCIA: 00447/2017
DSP 226/2017
En Palma a 27 de octubre de 2017.
JUEZ QUE LA DICTA: MONICA GARCIA BARTOLOME
DEMANDANTE: MARCAIDA JOSEFINA FERNANDEZ DE BIERMAN
LETRADO: ANTONIO GARRIDO
DEMANDADO: RAINER MARTIN BEER (NO COMPARECE)
FALLO
Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por Dña. MARCAIDA JOSEFINA FERNANDEZ DE BIERMAN contra la entidad RAINER MARTIN BEER, debo DECLARAR y DECLARO la improcedencia del despido por la falta de llamamiento para la temporada 2017, CONDENANDO a la empresa demandada a que, a su opción, en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta resolución, bien readmita a la trabajadora con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia, bien dé por extinguido el contrato mediante el pago de una indemnización de 2.374,32 euros.
En caso de que por el empresario no se opte, en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, por la readmisión o la indemnización, se entenderá que procede la primera (artículo 56.3 TR del ET).
Asimismo, CONDENO a la demandada a que abone a la actora de la cantidad de 1.689,90 euros con el interés previsto en el artículo 32 del Convenio de Hostelería.
Notifíquese la presente resolución a las partes, frente a la que puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco BANESTO, en la cuenta de este Juzgado, o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Asimismo, deberá constituir otro depósito por importe de 300 euros en el referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN. - Leída y publicada la anterior resolución, en el día de su fecha, por el Juez que la ha dictado, estando celebrando audiencia pública, doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a RAINER MARTIN BEER BAR LATINO, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veinte de febrero de dos mil dieciocho.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA