Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 3119
Área de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna. Aprobación Junta de Gobierno encomienda al PMH-RIBA operaciones EDUSI PLP competencia Urbanismo
Antecedentes.
La Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado (EDUSI) Plan Litoral de Ponent, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Palma de fecha 12 de enero de 2016, es consecuencia del Plan Estratégico de Palma 2016-2036 que impulsa una estrategia integrada para la mejora del desarrollo urbano sostenible, haciendo frente a retos económicos, medio ambientales, climáticos, sociales y demográficos del área urbana, de acuerdo con lo que establece el artículo 7 del Reglamento (UE) Nº1301/2013.
Con la “ RESOLUCIÓN DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2016, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS, POR LA QUE SE CONCEDEN LAS AYUDAS A LA PRIMERA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO QUE SERÁN COFINANCIADAS MEDIANTE EL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE CRECIMIENTO SOSTENIBLE 2014-2020”, publicada en el BOE núm. 239, de 3 de octubre de 2016, se aprobó para la Estrategia DUSI Plan Litoral de Ponent del Ayuntamiento de Palma una subvención de 12.710.000,00€, que supone un 50% de la totalidad del presupuesto propuesto, 25.420.000,00 €, para el desarrollo de la misma.
Dentro de la estrategia se contemplan catorce líneas de actuación enmarcadas dentro de cuatro objetivos temáticos:
Tal como se desprende del apartado 7 del documento que contiene la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible Integrada (EDUSI) Plan Litoral de Ponent, le pertenece al Área de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna la implementación, coordinación, el desarrollo y el seguimiento del plan de acción de la estrategia.
Además, mediante acuerdo de junta de gobierno de fecha 14/06/207 se aprueba lo siguiente:
1.- RATIFICAR LA DESIGNACIÓN COMO UNIDAD DE GESTIÓN DEL ORGANISMO LIGERO INTERMEDIO, QUE ES EL AYUNTAMIENTO DE PALMA A EFECTOS DE LA EDUSI PLAN LITORAL PONENT, A LA OFICINA DE FONDOS EUROPEOS Y SUBVENCIONES.
2.- ENCARGAR EL IMPULSO, LA COORDINACIÓN Y LA COHESIÓN DE LAS OPERACIONES PARA CONSEGUIR LOS OBJETIVOS Y EL CUMPLIMIENTO DE LOS INDICADORES DE LA EDUSI DEL PLAN LITORAL PONENT AL ÁREA DE MODELO DE CIUDAD, URBANISMO Y VIVIENDA Y CREAR LA UNIDAD DE COORDINACIÓN INTEGRAL DEL PLAN LITORAL PONENT (UCI-PLP), EN EL SENO DEL ÁREA DE MODELO DE CIUTAT, URBANISMO Y VIVIENDA, CON EL FIN DE GARANTITZAR LA COHERENCIA, TRANSVERSALIDAD E INTEGRALITAT DEL PROYECTO. (…)
(…)
5.- DESIGNAR ÀREAS EJECUTORAS DE LAS OPERACIONES SUSCEPTIBLES DE SER APROVADAS EN LA EDUSI PLAN LITORAL PONENT EN LAS ÁREAS MUNICIPALES, DIRECTAMENTE O MEDIANTE SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS O EMPRESAS MERCANTILES, LAS CUALES LLEVARÁN A CABO LAS SIGUIENTES FUNCIONES:
PMH-RIBA
El Patronato tiene como funciones, entre otras, gestionar y prestar los servicios de competencia municipal que le encomiende el Ayuntamiento de Palma, dentro del qué constituye el objeto social básico, entendiendo, por lo tanto el carácter de medio propio de aquel organismo respecto del Ayuntamiento de Palma. Igualmente, por el Ayuntamiento de Palma es imprescindible maximizar los recursos y estructuras públicas existentes.
En estos momentos se considera oportuno, por razones de eficacia, encargar al PMH-RIBA la realización de determinadas actuaciones que complementan otras que se están realizando desde el área a la que está adscrita y/u otros servicios municipales, con el fin de hacer posible llevar a buen término la EDUSI PLAN LITORAL PONENT.
Además se tiene que tener en cuenta que, en el proyecto Edusi Plan Litoral Ponent, se da una vital importancia al Patronato Municipal de la Vivienda y de Rehabilitación Integral de Barrios en la coordinación del desarrollo y seguimiento del mismo.
Para ordenar este encargo, a continuación se incorpora una memoria técnica de las actuaciones concretas a realizar y una memoria económica.
Memoria técnica.- Las tareas a realizar, y que quedan incluidas en el objeto de esta encomienda, son:
Memoria económica.-
Por eso, visto el Decreto de Alcaldía de organización de los Servicios Administrativos del Ayuntamiento de Palma, y atendidos todos estos antecedentes y el artículo 11 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, hay que proponer a la Junta de Gobierno la siguiente propuesta de
ACUERDO
PRIMERO.- Aprobar lo encomienda -del Ayuntamiento de Palma al Patronato Municipal de la Vivienda y de Rehabilitación Integral de Barrios- por la realización de las actuaciones que se delimitan a continuación.
Esta encomienda no supone la cesión de la titularidad de las competencias que puedan corresponder en el Ayuntamiento. Por lo tanto, tendrá que ser el Ayuntamiento quien dicte los actos o las resoluciones de orden jurídico que consideren oportunos y que se deriven de la actividad material objeto de esta encomienda.
Los términos de esta encomienda son los siguientes:
a)Actividades encomendadas.- Las tareas a realizar que quedan incluidas en el objeto de la encomienda son:
b) Naturaleza.-
La naturaleza de las actividades encomendadas es de carácter técnico.
c) Memoria económica.-
Las redacciones de memorias y los pliegos técnicos para las distintas licitaciones, serán elaboradas por el personal técnico del Patronato, sin implicar, por lo tanto, un coste extra al margen del ya previsto como gastos de este personal a las partidas adecuadas del presupuesto del organismo para el 2018.
d)Medios adscritos.- El Patronato se obliga a asistir al Ayuntamiento adscribiendo los medios que en cada momento se entiendan oportunos para ejecutar las funciones objeto de esta encomienda.
e)Poder de dirección.- El poder de dirección y supervisión corresponden al Área de Modelo de Ciutat, Urbanismo y Vivienda.
f)Duración.- La entrada en vigor de esta encomienda se entiende con efectos retroactivos al inicio de las actuaciones (año 2017) y su duración se vincula al desarrollo de cada una de las actuaciones reflejadas en la memoria técnica y según el plazo máximo de elegibilidad establecido en la “RESOLUCIÓN DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2016, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS, POR LA QUE SE CONCEDEN LAS AYUDAS A LA PRIMERA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO QUE SERÁN COFINANCIADAS MEDIANTE EL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE CRECIMIENTO SOSTENIBLE 2014-2020”, publicada en el BOE núm. 239, de 3 de octubre de 2016.
g)Financiación.- El Patronato asume los costes ordinarios íntegros que se generen para ejecutar esta encomienda, sin que el Ayuntamiento tenga que asumir ninguno. Los costes están reflejados en el presupuesto del PMH-RIBA.
Si se generan costes de naturaleza extraordinaria y de importe relevante, el Patronato lo pondrá en conocimiento del Ayuntamiento, que tendrá que decidir sobre la procedencia de este gasto y sobre la habilitación, si se tercia, de los fondos necesarios.
h)Revocación.- Sin perjuicio de lo previsto el punto anterior, el Ayuntamiento se reserva el derecho a revocar lo encomienda. Esta facultad se podrá ejercer en cualquier momento y se tendrá que comunicar de manera expresa al Patronato.
SEGUNDO.- Dar cuenta al próximo Consejo Rector del Patronato Municipal de la Vivienda y de Rehabilitación Integral de Barrios.
TERCERO.- Comunicar el presente acuerdo en el área de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna.
QUART.- Publicar el presente acuerdo al BOIB y en la página web de l´ Ayuntamiento de Palma.
Palma, 16 de marzo de 2018
El teniente de Alcalde del Área de Modelo de Ciudad,
Urbanismo y Vivienda Digna
José Hila Vargas