Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA
Núm. 3002
Procedimiento ordinario 690/2017 sobre otras materias
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
“.SENTENCIA.
En Ibiza a ocho de marzo de dos mil dieciocho.
Vistos por mí SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Ibiza, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 690/2.017, seguidos a instancias de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, SA, representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Jiménez Ruiz, con asistencia Letrada a cargo del Letrado Sr. Joaquín Añó Añó, contra SANDRA ATANASOVA KONSTANTINOVA, declarada en situación procesal de rebeldía, vengo a resolver sobre la base de los siguientes:.-ANTECEDENTES DE HECHO.-FUNDAMENTOS DE DERECHO
FALLO
ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sra. Jiménez Ruiz en nombre y representación de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, SA, contra SANDRA ATANASOVA KONSTANTINOVA y, en consecuencia, CONDENO a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de ONCE MIL CIENTO NUEVE CON TRECE EUROS (11.109’13 euros), más los intereses legales correspondientes, con condena en costas a la parte demandada.- Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que cabe formular recurso de apelación conforme a lo previsto por el artículo 455 LEC, a interponer con arreglo a lo dispuesto en los artículos 458 y ss. LEC, previa consignación del depósito preceptivo para recurrir en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.- Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.”
Y como consecuencia del ignorado paradero de DÑA. SANDRA ATANASOVA KONSTANTINOVA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En EIVISSA, a quince de marzo de dos mil dieciocho.
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA