Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE DEIÀ
Núm. 2943
Aprobación definitiva expediente modificación de crédito nº 4/2017: modificación del presupuesto de gastos por medio de bajas de créditos de gastos otras aplicaciones presupuestarias no comprometidas
En cumplimiento del que es dispone por el artículo 169, por remisión del 177.2 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de los Haciendas Locales, al no haber-se presentado a alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial de fecha 1 de septiembre de 2017, sobre el expediente nº 4/2017 de modificación del presupuesto de bajas de créditos de gastos otras aplicaciones presupuestarias no comprometidas:
El Crédito extraordinario que se acuerda es el siguiente:
Aplicación presupuestaria |
DESCRIPCIÓN |
Consig. Inicial |
Modificación |
Consig. Defin. |
130/62500 |
Adquisición armero |
0,00 |
3.610,64 |
3.610,64 |
130/62300 |
Adquisición armas |
0,00 |
1.226,54 |
1.226,54 |
130/22699 |
Munición |
0,00 |
235,00 |
235,00 |
|
TOTAL |
0,00 |
5.072,18 |
5.072,18 |
TERCERO.- En lo referente al estado de gastos o créditos iniciales del Presupuesto de gastos, por el que se refiere a la aplicación presupuestaria que ha sufrido minoración, quedará de este modo:
Aplicación presupuesto |
DESCRIPCIÓN |
Consig. Inicial |
Baja |
Consig. Defin. |
920/21200 |
Edificios y otras construcciones |
36.000,00 |
-5.072,18 |
30.927,82 |
|
|
36.000,00 |
-5.072,18 |
30.927,82 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud del que se dispone en el artículo 171 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción. Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Deià, a 14 de marzo de 2018.
La Alcaldesa,
Magdalena López Vallespir