Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 2886
Plazo para obtar a Juez de Paz y sustituto
Jaume Ferrer Ribas, Presidente del Consejo Insular de Formentera, Illes Balears hago saber:
Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas interesadas en ser elegidas Juez de Paz y Juez de Paz Sustituto y que reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Presidencia.
Que en la Secretaría del Consell Insular de Formentera se puede examinar el expediente y pedir la información necesaria en cuanto a los requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Que corresponde al Pleno de esta administración pública elegir las personas para ser nombrades Juez de Paz, tanto del titular como de su sustituto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y los artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
En el supuesto de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Se publica para general conocimiento.
Formentera 7 / 03 / 2018
El Presidente
Jaume Ferrer Ribas