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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CONSELL

Núm. 2873
Notificación de la Resolución de Alcaldía, incoación de expediente por obras sin la oportuna licencia municipal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Alcalde-Presidente en fecha 28 de noviembre de 2017 emitió el Decreto núm. 137, intentada sin efecto la notificación al Sr. Jesús Hervás García y de acuerdo con lo que dispone el articulo 44 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de les Illes Balears, así como en el tablón de anuncios del municipio de su residencia:

“Visto el informe de la Policía Local de Consell, de 24 de noviembre de 2017, en el que se da cuenta de que en atención a una denuncia presentada por un particular ante el Ayuntamiento, se desplazan a la parcela 139 del polígono 2, del término municipal de Consell, debido a la realización por parte del propietario/promotor de unas obras sin licencia. En dicho informe policial se constata la realización de una reforma de una edificación en la que se aumenta la altura cambiando las vigas de la cubierta, que según el propietario se destinará a cuadra de caballos; también ha abierto ventanas en la edificación para poder destinar, según manifiesta, a un estudio.

El arquitecto técnico municipal, en informe de 28 de noviembre de 2017 concluye que las obras realizadas consisten en reforma y ampliación de edificación existente con cambio de uso de unos 70 m².

Según se constata en los archivos del Ayuntamiento, a las obras que se han ejecutado les falta la preceptiva licencia municipal.

El propietario del inmueble y promotor de las actuaciones descritas es el Sr. Jesús Hervás García.

Dado que dichas actuaciones se han realizado sin licencia y que no se ha presentado el correspondiente proyecto para regularización, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 151 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo.

HE RESUELTO:

PRIMERO. Incoar expediente para la adopción de medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística, respecto de las actuaciones que se han realizado sin la oportuna licencia municipal de obras contra el Sr. JESUS ​​HERVÁS GARCÍA, con DNI 05.656.027-M, como propietario/promotor y responsable, según dispone el artículo 162 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, de la ejecución de las obras consistentes en 'reforma y ampliación de edificación existente con cambio de uso de unos 70 m²', en la parcela 139 del polígono 2, del término municipal de Consell, conforme lo dispuesto en los artículos 150 y siguientes de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo.

SEGUNDO. Requerir al Sr. JESUS ​​HERVÁS GARCÍA, con DNI 05.656.027-M, como propietario/promotor y responsable de las obras, que presente la correspondiente solicitud de licencia de obras en el plazo de dos meses desde la notificación de la presente resolución, advirtiéndole de que si no presenta la solicitud de licencia, se formulará propuesta de reposición de la realidad física alterada a los efectos de restablecer el orden jurídico perturbado.

TERCERO. Designar como instructor y secretaria del expediente al Sr. Joan Llompart Forteza y a la Sra. Francisca Lourdes Company Vidal respectivamente, que podrán ser recusados ​​en los términos previstos en el art. 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común.

CUARTO. Notificar al Registro de la Propiedad la incoación del procedimiento de restauración de la legalidad, para su publicidad y práctica de las anotaciones que correspondan.

QUINTO. Dar cuenta de este Decreto a la Junta de Gobierno Local, órgano encargado de adoptar la correspondiente resolución. De acuerdo con lo establecido en el artículo 151.5 de la Ley 2/2014, de Ordenación y Uso del Suelo, el plazo máximo para la notificación de la resolución es de un año a contar desde la fecha de este Decreto. El periodo de 2 meses previsto para instar la legalización y el tiempo de su tramitación suspenden el plazo de caducidad del procedimiento de restablecimiento.

SEXTO. Indicar el derecho que tienen aquellos que se consideren responsables, para formular alegaciones y a la audiencia en el procedimiento en el plazo de 15 días, conforme a lo previsto en el artículo 418. h) del Reglamento general de la Ley 2/2014, de Ordenación y Uso del sol para la isla de Mallorca.”

Lo cual se os notifica por vuestro conocimiento y efectos oportunos.

 

Consell, 13 de marzo de 2018.

El Secretario,

Antoni Sastre Oliver