Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SINEU
Núm. 2857
Corrección de errores observados a las Bases que tienen que regir el proceso selectivo para constituir mediante concurso, una bolsa de trabajo de personal funcionario interino de la escalera de administración general, subescala auxiliar del Ayuntamiento de Sineu
Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sineu, en sesión celebrada en fecha 18 de diciembre de 2017, publicada al BOIB núm. 31, de 10 de marzo, se aprobaron las bases y la convocatoria para la constitución, por el procedimiento de concurso, una bolsa de trabajo de personal funcionario, escala administración general, subescala auxiliar, a efectos de cubrir posibles vacantes, bajas, vacaciones, permisos, licencias, necesidades urgentes de contratación o cualquier supuesto de contratación como personal funcionario interino, en conformidad con el artículo 10 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, mediante el cual se aprueba el texto refundido de la ley del estatuto básico del empleado público.
Dado que se advirtió un error en las bases publicadas, concretamente en el punto cuarto de la cláusula cuarta «Presentación de solicitudes», que establece la cuenta corriente donde se tendrán que ingresar los 10 euros de la tasa para optar a las pruebas selectivas, y por lo tanto, es necesario corregir, quedando la base cuarta redactada de la siguiente manera:
Donde dice:
4.- Se establece una tasa para optar en pruebas selectivas de 10,00€, que se tendrán que ingresar a la cuenta corriente siguiente: ES32 0182 5747 4102 0635, haciendo constar el nombre de la persona que se presenta a las pruebas y en el concepto. La presentación del resguardo del ingreso será requisito imprescindible para aceptar la solicitud.
Tiene que decir:
4.- Se establece una tasa para optar en pruebas selectivas de 10,00€, que se tendrán que ingresar a la cuenta corriente siguiente: ES32 0182 5747 4102 0007 0635, haciendo constar el nombre de la persona que se presenta a las pruebas y en el concepto. La presentación del resguardo del ingreso será requisito imprescindible para aceptar la solicitud.
Lo cual se publica por el conocimiento y efectos oportunos.
Sineu, 12/03/2018
El Alcalde
Miquel Gelabert font