Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Núm. 2855
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 28 de febrero de 2018 por el cual se aprueba la convocatoria de subvenciones del año 2018 para la retirada de residuos de construcción y demolición no peligrosos de puntos de vertido incontrolado, con la finalidad de la preservación ambiental, destinada a los ayuntamientos y entidades locales menores de Mallorca
BDNS (Identif.): 389531
Conforme con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto íntegro se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios
Los ayuntamientos o entidades locales menores de Mallorca de acuerdo con lo que dispone el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca.
Segundo. Objeto
Eliminar los puntos de vertido incontrolado de residuos de construcción y demolición no peligrosos (de ahora en adelante RCDnP) que se encuentren en suelo de titularidad pública municipal, o de acceso o utilización pública, y prevenir su proliferación, como respuesta a las carencias económicas que sufren los municipios de la isla de Mallorca con el fin de mejorar y de garantizar la prestación del servicio público.
Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca y de los organismos autónomos que de él dependen (BOIB nº. 21 de 18 de febrero de 2017).
Cuarto. Cuantía
El presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca para el año 2018 ha destinado la cantidad de 300.000,00 € (trescientos mil euros) a las subvenciones objeto de esta convocatoria.
Quinto. Importe de las subvenciones
Cada municipio o entidad local menor puede presentar una sola solicitud, que puede incluir un máximo de 3 proyectos de actuación de retirada de RCDnP. La suma de los gastos subvencionables de los proyectos de una misma solicitud nunca puede ser superior a los 40.000 euros.
El importe máximo subvencionable de cada proyecto es el 80% del coste total presupuestado (o coste final, en su caso) del proyecto presentado en la solicitud.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes y toda la documentación anexa es de veinte (20) días hábiles, computables a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Pueden ser presentadas en cualquier terminal del Registro General del Consejo Insular de Mallorca, y también en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo. Temporalización de la convocatoria
El plazo de ejecución de las actuaciones derivadas de esta convocatoria es del 1 de julio de 2017 hasta el 30 de junio de 2018. Para que los gastos sean elegibles, las fechas de las facturas y otros documentos con valor probatorio equivalente, así como su correspondiente pago, tienen que estar comprendidos dentro del mismo período.
Octavo. Otros datos
Las actuaciones se tienen que ejecutar mediante la contratación de empresas externas al ayuntamiento o entidad local menor.
Las solicitudes se tienen que formalizar mediante las instancias y los anexos que facilita el Consejo de Mallorca que se pueden encontrar en su sede electrónica: https://seu.conselldemallorca.net/es.
Palma, 2 de març de 2018
El secretario general,
per delegación del presidente
(Decret de 17 de juliol de 2015; BOIB núm. 114, de 28 de juliol de 2015)
Jeroni Miquel Mas Rigo