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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 2769
Convocatoria y bases de las pruevas evaluadoras para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectaculos públicos y recreativas de Eivissa, para el año 2018

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Texto

EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSELL INSULAR D'EIVISSA

CERTIFICA:

Que en la reunión ordinaria de fecha 9 de marzo de 2018 del Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, sus miembros acuerdan aprobar por unanimidad, la siguiente propuesta

«(...)

4, Propuesta de la consellera executiva del Departament d'Inteior, Comerç, indústria i Relacions Institucionals, en relación con las bases de la convocatoria para la obtención de la acreditación professional del personal de admisión i control de ambiente interno en las actividades de espectaculos públicos y recreativas d'Eivissa, para el año 2018.

Habiendose presentado la siguiente propuesta, previa declaración de urgencia:

«Vista la providencia de inicio de la Consellera Executiva del Departament d'Interior, Comerç, Indústria i Relacions Institucionals de fecha 21 de febrero de 2018, por la cual se ordena que se lleven a cabo todos los trámites administrativos necesarios para la aprobación de las convocatorias de las pruevas evaluadoras para la obtención de la acreditación como personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectaculos publicos y recreativas en la isla de Ibiza para el año 2018,

Visto que las bases estan informadas jurídicamente per la letrada de la sección de Industria de fecha 2 de marzo de 2018.

Visto el informe emitido por la jefa de sección de Indústria de fecha 28 de febrero de 2018.

Vista la Ley 7/2013, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades de las Illes Balears, la cual establece la figura de la titulación del servicio de admisión.

Visto que la activitad competencial propia del Consell Insular en materia de Indústria se atribuie al Departament d'Interior, Comerç, Indústria i Relacions Institucionals en virtud del Decret de Presidència de data 6 de juliol de 2015 de estructura del gobiern del Consell insualr d'Eivissa i creación de departamentos (BOIB núm. 103, de 10 de juliol de 2015)

Visto el Decreto de Presidencia de fecha 8 de julio de 2015 de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 103, de 10 de julio de 2015), el cual establece en su punto segundo apartado m que corresponde al Consell Executiu el resto de las atribuciones no incluidas en los apartados anteiores sobre competencias propias que no esten atribuidas a otros órganos.

Visto lo que prevee el artículo 15 del Decret 41/2011, de 29 d'abril, regulador de los servicios de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectaculos publicos y recreativas (BOIB núm. 67 de 5/5/2011), según los cuales los consells insulars han de garantizar una convocatoria con una periocidad mínima anual de la prueba evaluadora para obtener la acreditación como personal de los servicios de admisión y control de ambiente interno, mediante una resolución, que se ha de publicar en el Butlletí ficial de les Illes Balears.

SE PROPONE AL CONSELL EXECUTIU

Primero.- Aprobar el expediente de la convocatoria de 2018 para la obtención de la acreditación professional del personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectaculos públicos y recreativas.

Segundo.- Aprobar las bases de la convocatoria para la obtención de la acreditación professional del personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectaculos públicos y recreativas de les Illes Balears para el año 2018, que se adjuntan y que han de regir dicha convocatoria.

Tercero.- Ordenar la publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, de esta convocatoria así como sus bases reguladoras.

Eivissa, 8 de març de 2018

El secretario técnico d'Economia, Hisenda, Indústria iComerç,
Sergio Sorá Pascual

 

ANEXO
Bases de la convocatoria para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2018.

1.Convocatoria de las pruebas evaluadoras.

Se convoca, para el ejercicio de 2018, las pruebas evaluadoras en la isla de Eivissa para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Illes Balears.

2.Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a las pruebas, los aspirantes deberán aportar la documentación indicada en el artículo 15.3 del Decreto 41/2011, de 29 de abril de 2011, regulador de los servicios de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas en las Islas Baleares (BOIB núm. 67 de 5 de mayo de 2011) y cumplir los siguientes requisitos del artículo 8 del citado Decreto:

a) Ser mayor de edad.

b) Tener la nacionalidad española, ser nacional de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea o tener permiso de residencia y de trabajo en España.

c) No tener antecedentes penales.

d) Tener las aptitudes y capacidades físicas y psíquicas idóneas para el ejercicio de las funciones correspondientes, acreditadas mediante un certificado médico oficial.

e) Tener unos conocimientos básicos de las lenguas oficiales de las Illes Balears con la finalidad de poder atender al público que se dirija en estas lenguas.

f) Haber superado el curso básico de personal de los servicios de admisión y de control de ambiente interno.

2.2. Haber realizado el abono de la tasa correspondiente al pago de los derechos de examen de 77,73 € (setenta y siete con setenta y tres euros).

Todos estos requisitos deberán estar cumplimentados el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse en el momento de expedir la acreditación profesional correspondiente.

3.Solicitudes y plazo de presentación.

Para formar parte en estas pruebas deberá presentar una declaración responsable de los requisitos con la documentación necesaria, según el modelo del anejo 4 del Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares (BOIB núm. 67, de 5 de mayo de 2011). Este modelo estará disponible en el Departament d'Interior, Comerç, Indústria i Relacions Institucionals del Consell Insular d’Eivissa, ubicado en la avenida España, núm. 49 de Ibiza, o en la oficina de atención al ciudadano del mismo Consell insular.

A la declaración responsable deberá adjuntarse la siguiente documentación corresponsable a cada persona interesada:

a. Fotocopia del DNI o pasaporte o permiso de residencia y de trabajo correspondiente o documentos equivalentes.

b. Una fotografía reciente en formato digital o convencional modelo DNI.

c. Certificado médico oficial en vigor y favorable de aptitud psicológica y de salud médica.

d. Certificado en que conste que la persona aspirante no tiene antecedentes penales en España ni, si corresponde, en su país de origen (los antecedentes penales del país de origen deberán presentarlo los extranjeros residentes en España). En éste último caso, se deberá presentar el certificado de penales original con una traducción oficial. Se podrá autorizar el Consell Insular d'Eivissa para conseguir esta documentación en el caso de certificado de antecedentes penales español, según el modelo que figura como anejo II.

e. Justificante del pago de la tasa correspondiente.

La presentación de la declaración responsable, juntamente con la documentación citada anteriormente, deberá hacerse, preferiblemente, en el registro del Consell Insular d'Eivissa, ubicado en la avenida España, núm. 49 de Eivissa, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Únicamente en el caso de que se tenga que aportar documentación emitida por otros Estado se aceptará dicha documentación hasta el último día hábil anterior a las pruebas, siempre que el documento se haya emitido por la autoridad competente dentro del plazo general de presentación de documentación.

El plazo para la presentación de la declaración responsable para las pruebas evaluadoras previstas para el año 2018, será el siguiente:

Primera prueba evaluadora: desde el dia 3 de abril al 13 de abril de 2018 ambos incluidos.

Segunda prueba evaluadora: desde el dia 7 de septiembre al 17 de septiembre 2018 ambos incluidos.

La falta de justificación de cualquiera de los requisitos citados determina la exclusión de la persona aspirante.

4.Tribunal calificador

De acuerdo con el artículo 15.2 del Decreto 41/2011, de 29 de abril de 2011, para la convocatoria presente se nombra el tribunal siguiente:

Presidente/a: Sra. Maria Torres Bonet

Presidente/a suplente/a: Sra. Lourdes Ferrer Ripoll

Secretario/a: Sra. Eulalia Guasch Torres

Secretario/a suplente/a: Sra. Rebeca Miguel Climent

Vocales:

- Un/a técnico/a: Sra. Olga Torres Ribas

- Un/a psicólogo/a: Sra. Josefa Catany Prats

- Un/a enfermero/a: Sra. Marina Merino Garcia

Vocales suplentes:

- Un/a técnico/a: Sr. Juan A. Torres Planells

- Un/a psicólogo/a: Sra. Carolina Delgado de la Torre

- Un/a auxiliar de clínica: Sr. Juan A. Roig Riera

Después de aprobarse la convocatoria deberá constituirse el tribunal respectivo, con la asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes. En esta sesión, el tribunal ha de acordar todas las decisiones que correspondan con vista al desarrollo correcto de las pruebas.

A partir de la constitución, para que el tribunal pueda actuar válidamente, se requerirá la presencia de al menos tres de sus miembros, con la presencia obligatoria del presidente y el secretario. Los titulares y los suplentes pueden actuar indistintamente y concurrentemente.

El tribunal puede disponer la incorporación de asesores especialistas, los cuales han de actuar con voz pero sin voto. Las actuaciones de estos asesores deberán reflejarse en las actas.

En las pruebas evaluadoras, tiene que estar presente, como mínimo, uno de los miembros del tribunal, acompañado de los vigilantes y/o colaboradores que se estimen oportunos.

5.Fechas de examen.

Para el ejercicio de 2018 se convocan dos pruebas evaluadoras para personal de admisión y de control interno para los días:

Primera convocatoria: 14 de mayo de 2018

Segunda convocatoria: 19 de octubre de 2018

6.Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el tribunal calificador ha de aprobar y hacer público, en el plazo máximo de diez días hábiles, las listas provisionales de admitidos y excluidos, con la indicación individualizada de las causas de exclusión de los interesados que no hayan sido admitidos. En las listas han de constar, en todo caso, los apellidos, el nombre y el número de documento nacional de identidad, o un documento identificativo equivalente, en todos y cada uno de los interesados. Éstas deberán exponerlo en el tablón de anuncios del Consell Insular d'Eivissa dónde se podrán consultar la admisión o la exclusión provisional a la prueba evaluadora, así como en el web del Consell Insular d'Eivissa www.conselldeivissa.es.

Los aspirantes excluidos provisionalmente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni excluidos disponen de un plazo de tres días hábiles, contadores a partir del día siguiente a la publicación de las listas provisionales en el tablón de anuncios del Consell Insular d'Eivissa, para subsanar el defecto que ha motivado la exclusión o la no inclusión citada. En caso de no poder aportar el documento exigido para subsanar el defecto, deberá aportarse el justificante de su solicitud para obtenerlo, siendo requisito ineludible i necesario estar en posesión del documento de que se trate en el momento de la celebración de la prueba, en caso contrario, la persona aspirante quedará excluida.

En el plazo máximo de diez días hábiles en relación con la finalización del periodo de subsanación, el tribunal calificador ha de aprobar las listas definitivas de admitidos y excluidos en la convocatoria de la acreditación profesional, en la que se indicará, en todo caso, la admisión condicionada respecto a los que se ha comentado en el párrafo anterior, así mismo, éstas listas se publicarán en los mismos medios que se han citado.

7.Desarrollo del examen.

En las listas definitivas de admitidos y excluidos, el tribunal calificador tiene que hacer constar, así mismo, las horas y los lugares donde deberán realizarse los exámenes correspondientes.

El contenido de los exámenes, ha de versar sobre las materias y el temario específico que se indiquen como contenidos y condiciones del curso básico de personal de admisión y de control interno.

En el caso de que una convocatoria no tuviera como mínimo diez aspirantes, quedará suspendida y se convocará a los aspirantes a la siguiente convocatoria.

TEMARIO

Materias jurídicas

TEMA 1. Constitución Española de 1978: derechos y deberes fundamentales.

TEMA 2. El derecho de admisión en actividades de espectáculos públicos y recreativas. Título II y Título IX de la Ley 7/2013, de 24 de noviembre; Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto; Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y control de ambiente interno; Nociones básicas sobre normativa de Consumo; Nociones básicas sobre la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

TEMA 3. Nociones básicas sobre delitos contra las libertades, detenciones ilegales, homicidios, lesiones, amenazas y coacciones, legítima defensa y omisión del deber de socorro, la tenencia de armas en locales de concurrencia pública.

TEMA 4. Nociones básicas sobre salud pública, drogodependencias y tráfico de drogas.

TEMA 5. Autoridades competentes en materia de actividades de espectáculos públicos y recreativas.

Materias de psicología

TEMA 6. Las relaciones con el público en general y con las fuerzas y los cuerpos de seguridad.

TEMA 7. El autocontrol. El pánico y sus efectos. El estrés y el comportamiento en situación de peligro o de riesgos colectivos. Técnicas de autocontrol.

TEMA 8. Las relaciones humanas y la seguridad:

- Aprendizaje de métodos no violentos para resolver conflictos.

- Los perfiles de conductas y comportamientos de las personas, especialmente cuando se encuentren en estado de embriaguez por que han consumido alcohol, estupefacientes, etc.

-Los perfiles de conductas y comportamiento de las personas, especialmente cuando se encuentren en estado de peligro o emergencias.

 

Materias técnicas de seguridad

TEMA 9. Nociones básicas sobre instalaciones de seguridad contra incendios y otros riesgos colectivos.

TEMA 10. Nociones básicas sobre planes de autoprotección y de emergencias.

TEMA 11. Comportamientos y actuaciones de las personas y de las masas en estado de pánico y de emergencia frente a riesgos colectivos.

TEMA 12. Nociones básicas sobre sistemas de comunicación.

TEMA 13. Nociones básicas de la Ley 5/2014, de 4 de abril, que regula la seguridad privada.

Materias técnico sanitarias

TEMA 14. Conceptos básicos sobre primeros auxilios y situaciones de asistencia sanitaria inmediata.

TEMA 15. Conceptos básicos sobre intervenciones ante el consumo de alcohol, el consumo de tabaco y el consumo de drogas.

TEMA 16. Conceptos básicos sobre las agresiones sexuales y la violencia de género.

El examen constará de dos pruebas eliminatorias: un test psicotécnico y un test teórico de 40 preguntas del temario específico. Cada pregunta englobará 4 posibles respuestas. Las preguntas serán sobre las materias citadas.

Se puntuará en 1 punto por pregunta completamente correcta y restará 0.50 punto por cada respuesta contestada incorrectamente. En caso de que en una pregunta se dejen en blanco todas las respuestas, no restará.

Para hacer las pruebas señaladas no se puede usar ningún tipo de documentos, ni calculadoras, ni similares.

El tribunal calificador correspondiente ha de determinar el anunciado o contenido de las preguntas.

Los aspirantes deberán ir proveídos, para cada ejercicio, del documento nacional de identidad o un documento identificativo equivalente en vigor. En cualquier momento, durante las pruebas, el tribunal puede requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

8.Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios de estas pruebas se han de calificar como aptos o no aptos, para tener la calificación de apto a la prueba teórica se han de obtener 20 o más puntos.

9.Lista de aprobados.

El tribunal calificador ha de publicar en cada convocatoria la relación provisional de los aspirantes que resulten aptos y no aptos a la prueba evaluadora, incluyendo los admitidos no presentados a los exámenes.

En la lista se ha de indicar el documento nacional de identidad o un documento identificativo equivalente en vigor y la calificación obtenida de todos y cada uno de los presentes. En esta lista deberá explicitarse el plazo para que los interesados puedan solicitar, por escrito, la revisión del examen que no podrá ser superior a un plazo de 5 días, y el lugar, los días y el horario que se pueden hacer estas revisiones. Las citadas listas se han de exponer en el tablón de anuncios del Consell Insular d'Eivissa. Así mismo, se pueden consultar en el tablón de anuncios de la página web del Consell Insular d'Eivissa www.conselldeivissa.es.

Finalizado el proceso de revisión, el tribunal calificador ha de elevar a la Presidencia de la Corporación, en cada convocatoria, la relación definitiva de aptos y la de hacer pública mediante el tablón de anuncios de la Corporación, así como mediante la publicación en el BOIB.

10.Impugnación bases y reclamaciones administrativas.

Contra el acuerdo del Consell Executiu de aprobación de las presentes bases, que no ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular d'Eivissa, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consells Insulars.

Las personas interesadas pueden impugnar la convocatoria y los actos administrativos que se deriven de la actuación del tribunal, en el plazo la forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La convocatoria o bases, una vez publicadas, sólo se pueden modificar con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los derechos de examen serán reintegrados a las personas aspirantes excluidas de la participación de la convocatoria, siempre que formulen la reclamación correspondiente.

ANEXO I
DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA INSCRIPCIÓN A LA PRUEBA EVALUADORA

DECLARANTE:

Nombre y apellidos: …......................................................................................................

DNI o pasaporte: …..........................................................................................................

País de nacimiento: ….....................................................................................................

Nacionalidad: ....................................................................................................................

Sexo:……………………………………...............

Dirección de NOTIFICACIÓN:

Calle/Avda./Plza: ..............................................................................................................

Localidad: ............................................ Código postal: ....................................................

Municipio: .........................................................................................................................

Provincia:..................................................... País: ............................................................

Teléfono: …........................................ Fax: ..............................................................

Correo electrónico: ....................................................................................................

Todos estos datos quedan protegidos en aplicación de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, especialmente del artículo 10 ("El responsable del fichero y los que intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal están obligados al secreto profesional con respecto a los datos y al deber de guardarlos").

De conformidad con el Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas,

Solicito:

Ser admitido/a para participar en la prueba evaluadora para obtener la acreditación profesional como personal del servicio de admisión y de control de ambiente interno de actividades de espectáculos públicos y recreativas.

Documentos adjuntos:

1. Fotocopia del DNI o pasaporte o permiso de residencia y de trabajo correspondiente o documentos equivalentes.

2. Una fotografía digital o convencional modelo DNI.

3. Certificado médico oficial en vigor y favorable de aptitud psicológica y de salud médica.

4. Certificado de no tener antecedentes penales en España y, si procede, en el país de origen de la persona aspirante. En este último caso, se tendrá que presentar el certificado de penales original con una traducción oficial.

5. Justificante del pago de la tasa correspondiente.

6. Certificado de haber superado el curso básico de personal de los servicios de admisión y control de ambiente interno.

DECLARO:

1. Que cumplo los requisitos estipulados en el artículo 8.2, excepto el del apartado g del Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas.

2. Que tengo la documentación que así lo acredita.

3. Que me comprometo a mantener el cumplimiento durante el tiempo de vigencia de la acreditación y que, en caso contrario, lo comunicaré inmediatamente.

..................................., ........ de ............................... de 20...........

(firma)

PRESIDENCIA DEL CONSELL INSULAR D’EIVISSA

 

ANEXO II
Convocatoria para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Illes Balears para el año 2018.

Autorización de solicitud de certificación de antecedentes penales españoles.

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Declaro responsablemente al órgano instructor:

(  ) Autorizo al órgano instructor para que, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional tercera de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad, pueda solicitar la certificación telemática justificativa que el/la solicitante no dispone de antecedentes penales en la Bases de Datos del Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia del Gobierno de España.

(  ) No autorizo al órgano instructor para que, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional tercera de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad, pueda solicitar la certificación telemática justificativa que el/la solicitante no dispone de antecedentes penales en la Base de Datos del Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia del Gobierno de España.

La persona interesada,

Eivissa, ____ d ______________________ de 2018

PRESIDENCIA DEL CONSELL INSULAR D’EIVISSA»

Y para que así conste y obre en el expediente, con advertencia y reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, expido y firmo este certificado.