Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 2753
Resolución de la directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado de 22 de febrero de 2018 por la cual se convocan los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que imparten ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior a participar en el Programa de Formación y Transferencia de Impulso a las Competencias Sociales y Creativas (ICSCrea) para el curso 2018-2019
Antecedentes
1. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en el artículo 102 que la formación permanente constituye un derecho y una obligación del profesorado.
2. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el cual se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears, establece en el artículo 53.1 que la Consejería de Educación y Universidad tiene que ofrecer actividades formativas dirigidas a los profesores y adecuadas a la demanda de los centros docentes y a las necesidades que se deriven del contenido de las ofertas formativas.
3. El Decreto 41/2016, de 15 de julio, por el cual se regula la formación permanente del profesorado de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece en el artículo 7.1 que la formación permanente del profesorado de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se organiza mediante el Servicio de Formación del Profesorado y los centros de profesorado (CEP), adscrito a la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado, y determina como una modalidad formativa, en el artículo 8.1 b, los programas de formación en los centros educativos dirigidos a los equipos de los centros, que constituyen una herramienta de apoyo al proyecto educativo del centro en el marco de los procesos de innovación educativa.
4. El Plan Cuatrienal de Formación Permanente del Profesorado 2016-2020, aprobado por medio de la Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 16 de marzo de 2016, establece en el artículo 6.1 la formación contextualizada y vinculada a la mejora de las prácticas educativas, al rendimiento y a la mejora de los procesos de aprendizaje como una de las ocho líneas estratégicas de la formación del profesorado para el cuadrienio 2016-2020.
5. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece en el artículo 4 que la competencia en materia de formación permanente del profesorado corresponde a la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado.
6. Por lo tanto, se considera necesario convocar el procedimiento para solicitar la participación en el Programa de Formación y Transferencia de Impulso a las Competencias Sociales y Creativas (ICSCrea), dirigido a los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que imparten ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior, con la finalidad que el profesorado que imparte esta formación pueda mejorar las competencias profesionales y perfeccionar su práctica educativa y los procesos de enseñanza y aprendizaje para favorecer el aumento del rendimiento del alumnado y facilitar que desarrollen competencias profesionales, personales y sociales.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
2. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el cual se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears.
3. El Decreto 41/2016, de 15 de julio, por el cual se regula la formación permanente del profesorado de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 16 de marzo de 2016 por la cual se aprueba el Plan Cuatrienal de Formación Permanente del Profesorado 2016-2020.
5. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por tanto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar las instrucciones para el desarrollo del Programa de Formación y Transferencia de Impulso a las Competencias Sociales y Creativas (ICSCrea) para el curso 2018-2019, dirigido a los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que imparten ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior (anexo 1).
2. Aprobar al modelo de solicitud de participación en el programa ICSCrea (anexo 2).
3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la web del Servicio de Normalización Lingüística y Formación.
Interposición de recurso
Contra esta Resolución —que no agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de publicarse, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y lo que se establece en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, 22 de febrero de 2018
La directora general,
Maria F. Alorda Vilarrubias
ANEXO 1
Instrucciones para el desarrollo del Programa de Formación y Transferencia de Impulso a las Competencias Sociales y Creativas (ICSCrea) para el curso 2018-2019
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
1. Estas Instrucciones concretan los aspectos necesarios para solicitar la participación en la convocatoria del Programa de Formación y Transferencia de Impulso a las Competencias Sociales y Creativas (ICSCrea) para el curso 2018-2019.
2. Este programa pretende formar al profesorado de formación profesional en la adquisición de competencias de enseñanza que promuevan las actitudes y aptitudes de carácter general más demandadas por el mundo empresarial en el alumnado de formación profesional, como también las relacionadas con la confianza en uno mismo, la implicación en la empresa, el pensamiento creativo e innovador, el trabajo en equipo y la emprendeduría, con el fin de facilitarle la inserción laboral, aumentar la adaptabilidad a un sistema económico cambiante y contribuir a la mejora de la competitividad de las empresas. Asimismo, el programa fomenta la elaboración, aplicación y evaluación de proyectos profesionales innovadores en las metodologías educativas contextualizadas en el ámbito de la formación profesional.
3. El programa se basa en una formación inicial del profesorado, en el diseño de un proyecto de transferencia y la aplicación correspondiente durante el curso escolar al ciclo de formación profesional en el cual va destinado el proyecto, así como en el seguimiento del impacto formativo en los alumnos.
La metodología educativa en que se basa este programa es el trabajo por proyectos o retos mediante el trabajo cooperativo desde una vertiente claramente inclusiva.
Artículo 2
Objetivos del programa
Los objetivos del programa ICSCrea son los siguientes:
a. Fomentar la creatividad y la innovación en la formación profesional.
b. Impulsar la cooperación entre el profesorado y el alumnado en la puesta en práctica de proyectos innovadores.
c. Estimular el aprendizaje basado en proyectos y retos a través de la práctica.
d. Impulsar las competencias sociales y creativas del profesorado para permitir la mejora de la práctica educativa en entornos colaborativos.
Artículo 3
Destinatarios
Pueden participar en esta convocatoria los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que imparten ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior durante el curso 2018-2019. La participación del centro en este programa tiene que contar con el visto bueno de la dirección del centro.
Artículo 4
Compromisos
1. La Consejería de Educación y Universidad, mediante el Servicio de Normalización Lingüística i Formación, se compromete a:
a. Organizar la formación inicial para los docentes que participen en el programa, que tiene que incluir como contenidos:
- Habilidades de liderazgo estratégico.
- Trabajo en grupo: eficacia y eficiencia.
- Pensamiento creativo e innovador (thinking at the edge).
- Diseño de proyectos estratégicos.
b. Asesorar y orientar metodológicamente a los docentes.
c. Hacer difusión de las buenas prácticas generadas en esta convocatoria.
d. Evaluar el proceso y los resultados del programa.
2. Los centros participantes en el programa se comprometen a:
a. Incluir el programa ICSCrea en la programación general anual del centro del curso 2018-2019.
b. Contar con la participación en el programa de un mínimo de dos docentes de un mismo ciclo de formación profesional, y un máximo de cuatro, con el visto bueno del director del centro.
c. Implicar al equipo directivo para facilitar aspectos organizativos, espacios y horarios con el fin de alcanzar los objetivos del programa y participar en la formación y en las sesiones de coordinación necesarias.
d. Comunicar por escrito al Servicio de Normalización Lingüística y Formación cualquier modificación significativa en la aplicación del programa.
e. Presentar una memoria final del proyecto dentro del plazo establecido (cuyo contenido se detalla en el artículo 8 de esta convocatoria).
Artículo 5
Solicitud, plazo y lugar de presentación
1. Las solicitudes para participar en el proceso de selección tienen que seguir el modelo que figura en el anexo 2.
2. El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 30 de mayo de 2018.
3. La solicitud de participación se tiene que enviar a la dirección de correo electrónico: snlf@dgfpfp.caib.es.
Artículo 6
Comisión de Valoración
1. Para instruir el procedimiento derivado de esta convocatoria se constituye una comisión de valoración, integrada por los miembros siguientes:
a. El jefe del Servicio de Normalización Lingüística y Formación, o persona en quien delegue, que la preside.
b. La jefa del Servicio de Participación y Planificación, o persona en quien delegue.
c. Un asesor o asesora del Servicio de Normalización Lingüística y Formación, que actúa como secretario.
d. Un asesor o asesora del Servicio de Planificación y Participación.
e. Un asesor de un CEP del ámbito de la formación científica, técnica y profesional.
2. La Comisión también puede convocar a las sesiones a otras personas que, por razones técnicas, estén implicadas en el programa.
3. Son funciones de la Comisión:
a. Examinar las solicitudes presentadas y elaborar un listado con los centros seleccionados.
b. Requerir a los solicitantes para que completen la documentación preceptiva o que rectifiquen las deficiencias detectadas en la solicitud.
c. Comprobar que los centros cumplen los requisitos y las obligaciones del programa.
d. Publicar en la página web del Servicio de Normalización Lingüística y Formación (http://www.snlf.caib.es) la lista provisional de centros seleccionados.
e. Resolver las alegaciones recibidas dentro del periodo de tiempo establecido y publicar la lista definitiva de centros seleccionados en la web del Servicio de Normalización Lingüística y Formación (http://www.snlf.caib.es).
f. Aprobar las memorias finales de los proyectos.
g. Expedir la propuesta de certificación de los docentes participantes que tengan derecho a ello.
h. Hacer difusión de las acciones realizadas.
Artículo 7
Criterios de selección
1. La Comisión de Valoración tiene que seleccionar los centros de entre las solicitudes recibidas, con un máximo de 24 profesores participantes. No se admitirán las solicitudes de los ciclos formativos que ya han participado en el Programa ICSCrea durante el curso 2017-2018.
2. En el caso de que el número de solicitudes supere el número de plazas ofrecidas se tienen que priorizar las solicitudes según el orden de llegada hasta cubrir todas las plazas.
3. Los centros interesados pueden formular alegaciones a la lista de centros seleccionados en un plazo de tres días naturales a contar a partir de la fecha de publicación de la lista provisional.
Artículo 8
Finalización del programa
1. Una vez finalizado el programa, el profesorado que participa tiene que enviar a la dirección de correo electrónico snlf@dgfpfp.caib.es, del Servicio de Normalización Lingüística y Formación, una memoria en soporte digital.
2. El plazo de presentación de las memorias finaliza el 30 de junio de 2019.
3. La memoria tiene que tener 15 páginas como máximo, y se tiene que enviar con el visto bueno de la dirección del centro. Los centros que quieran aportar otros documentos descriptivos del proyecto no incluidos en alguno de los apartados anteriores pueden hacerlo adjuntándolos como anexo a la memoria.
4. La memoria final tiene que incluir la información siguiente:
a. Grado de consecución de los objetivos planteados.
b. Cronología y planificación del proyecto.
c. Cambios producidos en la organización del centro o en el trabajo en las aulas.
d. Transferencia de los conocimientos a la práctica educativa e impacto en los alumnos.
e. Descripción del desarrollo en el grupo clase del proyecto diseñado.
f. Valoración global del proyecto (aspectos que hay que mantener y propuestas de mejora).
g. Relación definitiva de los docentes que han participado en el proyecto.
Artículo 9
Certificación e inscripción en el registro de formación
1. El Servicio de Normalización Lingüística y Formación, a propuesta de la Comisión de Valoración, es el encargado de llevar a cabo la certificación y la inscripción en el registro de formación.
2. Los docentes que hayan participado activamente en la formación para el profesorado, hayan implementado el proyecto de transferencia en el aula o en el centro, hayan asistido a las sesiones de seguimiento organizadas por el Servicio de Normalización Lingüística y Formación y hayan presentado la memoria, siempre que estas actividades cuenten con una valoración positiva, tienen derecho al reconocimiento de 50 horas de formación del profesorado.
ANEXO 2
Solicitud de participación en la convocatoria del Programa de Formación y Transferencia de Impulso a las Competencias Sociales y Creativas (ICSCrea) para el curso escolar 2018-2019
Datos del centro
Nombre y apellidos del director/a: |
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Nombre del centro: |
Código del centro: |
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Dirección: |
Localidad: |
Código postal: |
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Teléfono: |
Dirección electrónica: |
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EXPONGO:
1. Que el centro tiene la intención de participar y desarrollar el programa ICSCrea durante el curso 2018-2019.
2. Que la dirección del centro está de acuerdo en que se desarrolle este programa.
3. Que el profesorado que participará en el programa ICSCrea es el siguiente:
Nombre y linajes |
DNI |
Ciclo formativo que imparte |
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Persona de contacto (nombre y apellidos y correo electrónico):
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SOLICITO:
La participación del centro en la convocatoria 2018-2019 del programa ICSCrea
......................., ...... d ....................... de 2018
[rúbrica y sello del centro]