Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE TARRAGONA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE TARRAGONA
Núm. 2377
Procedimiento Ordinario 27/2017
Angela Iribar Cabrera, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de Tarragona.
En este Órgano judicial se tramita el procedimiento arriba indicado en el que se ha dictado Sentencia de fecha 5/2/2018, cuyo fallo es el tenor literal siguiente:
“ESTIMAR la demanda interpuesta por la señora Yolanda Gómez López contra VA DE VACANCES S.L. y, en consecuencia,
1. CONDENAR a la demandada al pago de la suma de 1.318,52.- euros, en concepto de salarios devengados y no abonados, cantidad que deberá incrementarse con los intereses previstos en el artículo 29 ETT.
2. ABSOLVER al Fondo de Garantía Salarial de las pretensiones deducidas en su contra, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33 ET.
Modo de impugnación: Contra esta sentencia no cabe recurso alguno, de conformidad con lo prevenido en el 191 de la LRJS.”
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demanda YADE VACANCES SL y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) he acordado notificarle la anterior resolución por medio de este edicto.
La resolución que se notifica está a disposición de la persona interesada en este Órgano judicial.
Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diario y boletines oficiales y la protección de datos.
Y para que sirva de notificación en forma de YADE VACANCES SL. Parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y a quien advierto de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la célula en el tablón de anuncios de esta Oficina judicial, salvo aquéllas que revistan forma de auto, sentencia o decreto cuando ponga fin al proceso, todo ello de conformidad con lo establecido en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social
En Tarragona, a 9 de febrero de 2018.
La Letrada de la Administración de Justicia.