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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2659
Ejecución títulos judiciales 80/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª  AMAGOYA CASTRO CERQUEIRO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 80 /2017 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dª REBECA SELAS FRAILE contra MARIA ANTONIA RIGO LLOMPART sobre EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES, se ha dictado el siguiente Decreto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

El embargo de bienes propiedad del ejecutado Dª MARIA ANTONIA RIGO LLOMPART con DNI 34.067.205-L:

50 por 100 del pleno dominio con carácter privativo de las siguiente Finca:

FINCA registral de Llucmajor número 1/48477: URBANA NÚMERO VEINTIUNO DE ORDEN, TOMO 5313, LIBRO 1156, FOLIO 85.

hasta cubrir el importe de la suma reclamada por principal, que asciende a 3.666,26 euros más otros 733,25 euros calculados provisionalmente para intereses y costas del procedimiento; suma que asciende a 4.399,51 euros.

- Librar mandamiento, por duplicado, para que se haga anotación preventiva del embargo trabado en estos autos, en REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 4 DE PALMA DE MALLORCA.

- Asimismo, a los efectos previstos en los artículos 656 y siguientes de la LEC, expídase certificación acreditativa de los siguientes extremos:

.- La titularidad del dominio y demás derechos reales de los bienes gravados

.- Los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre los bienes embargados, en especial, relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso, que se halla libre de cargas.

Los posibles aumentos o reducciones en dichas cantidades se irán comunicando según se vayan produciendo.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MARIA ANTONIA RIGO LLOMPART, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a cinco de marzo de dos mil dieciocho.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA