Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 2571
Publicación de la resolución por la que se aprueba la valoración de los terrenos, las instalaciones y aguas del Club Náutico de la Colonia de Sant Pere. T.M., de Artà- Mallorca
De conformidad con lo dispuesto al artículo 212 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre de Régimen específico de tasas de la CAIB, se publica la resolución del Consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 26 de febrero de 2018 que se reproduce íntegramente a continuación:
< De acuerdo con el procedimiento establecido al artículo 212 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de las tasas de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares, modificada por el artículo 38.17 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas, Ports de les Illes Balears ha llevado a cabo la determinación del valor de los terrenos, instalaciones y aguas del puerto deportivo del Club Náutico de la Colonia de Sant Pere - Mallorca.
Mediante información pública, a través del anuncio en el BOIB núm 151 de 12 de diciembre de 2017, y edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Artà, por el plazo de veinte días, fue publicado el valor del puerto de conformidad a lo siguiente:
• Valoración Puerto: 5.536.242,23 €
• Valor solar: 1.540.000,00 €
• Superficie de tierra: 23.267,31 m²
• Espejo de agua: 36.626,77 m2
Por todo esto, vistos los informes de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (ATIB) de fecha 31 de enero de 2018 y del Servicio Jurídico de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad de fecha 14 de febrero de 2018, a propuesta de Ports de les Illes Balears, se dicta la presente
RESOLUCIÓN
Primera.- Aprobar la valoración de los terrenos, instalaciones y aguas del puerto deportivo del Club Náutico de la Colonia de Sant Pere. en los términos expuestos, en base al valor de reposición y por los siguientes importes:
• Valoración del puerto: 5.536.242,23 € (cinco millones quinientos treinta y seis mil doscientos cuarenta y dos euros y veintitrés céntimos).
• Valor solar: 1.540.000,00 € (un millón quinientos cuarenta mil euros)
Segunda.- Esta valoración no es susceptible de recurso autónomo, sin perjuicio de los recursos que procedan contra la notificación individual conjunta, de estos valores y de la nueva cuantía de la tasa a abonar, a los titulares de las concesiones correspondientes de acuerdo con lo dispone el artículo 212.2 de la Ley 11/1998, sobre régimen específico de tasas de la comunidad autónoma.
Tercera.- Ordenar la publicación de este resolución al Boletín Oficial de las Islas Baleares.>
Palma, 6 de marzo de 2018
El Vicepresidente Ejecutivo
Xavier Ramis Otazua