Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 2518
DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD - Convocatoria extraordinaria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera regulado en el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, que tendrán lugar en la isla de Menorca el 20/03/2018
Se hace pública la resolucion del Conseller Executiu del departament de Mobilitat de este Consell Insular de Menorca, de día 05/03/2018, resolución núm. 2018/33 mediante la cual se aprueba la convocatoria extraordinaria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera regulado en el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, que tendrán lugar en la isla de Menorca el 20/03/2018, que establecen el siguiente:
“Visto el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el cual se regula la calificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera;
Dado que la AUTOESCOLA DÍAZ, SL, día 26/02/2018 (RE GE/004704/2018) ha presentado una solicitud de prueba extraordinaria para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte por carretera;
Dado que el art. 15 del Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, prevé la convocatoria extraordinaria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte por carretera;
Como titular del Departamento de Movilidad, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto de Presidencia núm. 123/2017, de 7 de julio (BOIB núm. 83, de 8 de julio de 2017) en relación con los Decretos de Presidencia núm. 120/2017 y núm. 121/2017, de 7 de julio (BOIB núm. 83, de 8 de julio de 2017);
RESUELVO:
PRIMERO. Aprobar la convocatoria extraordinaria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte por carretera de mercancías y de viajeros regulado en el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio que tendrán lugar el próximo día 20/03/2018 a las 16:30 horas en la sede del Consejo Insular de Mahón.
SEGUNDO. Determinar que la mencionada convocatoria se regirá por las normas establecidas en la resolución 2017/241 del Hble. Conseller Executiu del Departamento de Movilidad des este Consejo Insular de Menorca, de dia 14-11-2017, mediante la cual se comunica la convocatoria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera regulado en el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, que tendrán lugar en la isla de Menorca durante el año 2018.
TERCERO. Determinar que el tribunal calificador de las pruebas estará constituido por las personas siguientes:
Presidenta:
Gabriela Mir Losada
Vocales:
Ana Fernández Villaverde
José Luis Florit Moll
Dolores Mier Aliaga
Secretario/a:
Titular: Jordi Garí Prats
Suplente: Jesús Cuesta Tárraga
CUARTO – El plazo para presentar solicitudes será del 7 al 14 de marzo de 2018 ambos incluidos “
Lo cual comunico para su conocimiento y a los efectos que correspondan, al mismo tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, se puede interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la fecha de recepción de esta notificación, recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo Insular, sin perjuicio que podáis utilizar cualquiera otro recurso que se considere procedente en derecho.
El mencionado recurso se entenderá desestimado si no se notifica la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo cabrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, 5/3/2018
EL CONSELLER EXECUTIU DE MOVILIDAD
CONSELL INSULAR DE MENORCA
Miquel N. Preto Fernández