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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES

Núm. 2452
Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 28 de febrero de 2018 por la cual se somete al trámite de audiencia y de información pública el Anteproyecto de ley del voluntariado de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. Con fecha 25 de octubre de 2017, el director general de Participación y Memoria Democrática emitió un informe justificativo que manifiesta la necesidad de iniciar el procedimiento para elaborar un Anteproyecto de ley del voluntariado de las Illes Balears.

2. Con fecha 25 de octubre de 2017, la consejera de Cultura, Participación y Deportes dictó la Resolución mediante la cual se inicia el procedimiento de elaboración del Anteproyecto de ley del voluntariado de las Illes Balears, y se designa la Dirección General de Participación y Memoria Democrática órgano competente para tramitar el procedimiento.

3. Entre los días 31 de octubre y 22 de noviembre de 2017, se llevó a cabo el trámite de consulta pública previa, por medio de la publicación en el Portal de Participación Ciudadana (http://parcipaciociutadana.caib.es) de la información sobre la tramitación prevista en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo  común de las administraciones públicas, así como de la documentación que la acompaña, con la posibilidad de realizar aportaciones iniciales de forma  telemática.

4. Con carácter de  proceso participativo paralelo y complementario, durante los meses de noviembre y diciembre de 2017 y enero de 2018 se llevó a cabo la recogida de aportaciones de las entidades del sector del voluntariado en las Illes Balears, por medio de un cuestionario en el cual se planteaba a las entidades los aspectos relevantes que debería contener el futuro borrador, todo ello con el objetivo de recoger su parecer.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 43, 44 y 45 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears.

2. El título VI de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Someter a la audiencia de la ciudadanía el borrador del Anteproyecto de ley del voluntariado de las Illes Balears y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de Participación y Memoria Democrática (c/ del Uruguay, s/n, 07010 Palma - Palma Arena) y en el Portal de Participación Ciudadana del Gobierno de las Illes Balears (http://participaciociutadana.caib.es)

2. Fijar un plazo de información pública de quince días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Disponer que las alegaciones se tienen que presentar en la sede de la Dirección General de Participación y Memoria Democrática (c/ del Uruguay, s/n, 07010 Palma - Palma Arena), o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y que tienen que estar dirigidas a la Dirección General de Participación y Memoria Democrática.

4. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado “Participación en la elaboración de normativa” del sitio web del Portal de Participación Ciudadana del Gobierno de las Illes Balears (http://participaciociutadana.caib.es) -“Audiencia e información pública en la elaboración de normativa”-, dentro del plazo que se establece en el apartado 2 anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o la entidad que las hace, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente para tramitar el procedimiento normativo que las reciba tiene que emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.

5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 28 de febrero de 2018

La consejera de Cultura, Participación y Deportes

Francesca Tur Riera