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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 2442
Extracto del Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca de 28 de febrero de 2018 por el cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar a los servicios municipales de información turística, para el año 201

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 387861

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Beneficiarios

- Ayuntamientos de Mallorca con una población inferior a 50.000 habitantes.

- Mancomunidades de Mallorca

Segundo. Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto apoyar a las entidades locales de Mallorca en la prestaciones de servicios de información turística mediante el fomento de la edición, producción y / o publicación de material de información turística gratuito que promueva el conocimiento de los diferentes recursos de interés turístico local e insular, así como el establecimiento o mejora de la imagen interior y exterior de las oficinas de información turística y la señalética de estas. Todo ello según los criterios establecidos en el manual de la imagen corporativa de la información turística del Consejo Insular de Mallorca con el objetivo de establecer criterios de homogeneidad, identificación y calidad de los servicios de información turística en la isla de Mallorca.

Tercero. Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017).

Cuarto. Cuantía

El presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca para el año 2018 ha destinado la cantidad de 376.000,00 € (trescientos setenta y seis mil euros) a las subvenciones objeto de esta convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes, y toda la documentación anexa a la solicitud, es de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, mediante la presentación en el Registro General del Consejo Insular de Mallorca, y también en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto. Otros datos

Los proyectos y las actividades subvencionadas tendrán que ser realizadas durante el periodo comprendido entre el día 2 de julio de 2017 y el 31 de julio de 2018 (ambos incluidos) en el caso de la línea 1 y de día 2 de enero de 2018 a día 1 de agosto de 2018 (ambos incluidos) en el caso de la línea 2.

 

El modelo normalizado de solicitud y la documentación que debe acompañarse, está disponible, igualmente, en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/es/fitxa?key=23948)

 

Palma, 2 de marzo de 2018

El secretario técnico de Economía y Hacienda

(Por delegación del consejero ejecutivo de Economía y Hacienda

Resolución de 21 de julio de 2015, BOIB nº 113, de 25 de julio)

Joan Ignasi Morey Marquès