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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 2384
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 13 de febrero de 2018 por la que se modifica la autorización de la configuración del centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida, de Manacor, con la transformación de dos unidades de educación especial básica en dos unidades de transición a la vida adulta (TAVA)

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Texto

Hechos

1. Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 27 de septiembre de 2017 se modificó provisionalmente y de manera condicionada la autorización de la configuración del centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida, de Manacor, con una unidad de transición a la vida adulta (TAVA) como aula externa, ubicada en el Centro de Formación e Inserción Laboral (ronda del Port, s/n). Como consecuencia de esta modificación, la configuración del centro quedó de la manera siguiente:

Código de centro: 07005891

Denominación genérica: centro de educación especial

Denominación específica: Joan Mesquida

Titular: Aproscom Fundación

Domicilio: c. d’Es Canyar, s/n

Localidad: Manacor

Municipio: Manacor

CP: 07500

Enseñanzas autorizadas:

- Educación especial básica: 11 unidades

- Transición a la vida adulta: 2 unidades (1 en el centro Joan Mesquida y 1 en el Centro de Formación e Inserción Laboral, ronda del Port, s/n)

- ASCE: 2 unidades en La Salle de Manacor (código 07002181)

2.  El 2 de febrero de 2018, el señor Antoni Gayà Sunyer, representando del centro concertado CEE Joan Mesquida, de Manacor, solicitó la modificación de la configuración del centro, con la transformación de dos unidades de educación especial básica en dos unidades de transición a la vida adulta (TAVA) en el mismo centro.

3.  El 9 de febrero de 2018 el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la modificación de la autorización de la configuración del centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida, de Manacor, con la transformación de dos unidades de educación especial básica en dos unidades de transición a la vida adulta (TAVA) en el mismo centro.

Fundamentos de derecho

1.  La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº. 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán nº. 7 de 1985).

2.  La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº. 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán nº. 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE nº. 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3.  El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº. 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán nº. 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

4.  La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 44, de 3 de abril).

5.  El Real decreto 334/1985, de 6 de marzo, de ordenación de la educación especial (BOE nº. 65, de 16 de marzo).

6.  El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB nº. 78, de 28 mayo).

7.  El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 120, de 8 de agosto), modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB nº. 23, de 18 de febrero), y por el Decreto 11/2016, de 11 de mayo (BOIB nº. 60, de 12 de mayo).

8.  La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 25 de marzo de 2015 por la que se regulan las ratios en los centros específicos de educación especial (BOIB nº. 56, de 18 de abril).

9.  La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 13 de mayo de 2015 por la que se establecen, con carácter provisional, los requisitos mínimos de espacio en los centros específicos de educación especial (CEE) y de las aulas sustitutorias de centro específico (ASCE) ubicadas en centros ordinarios (BOIB nº. 77, de 23 de mayo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha de 12 de febrero de 2018, dicto la siguiente

Resolución

1.  Modificar la configuración del centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida, de Manacor, con la transformación de dos unidades de educación especial básica en dos unidades de transición a la vida adulta (TAVA) en el mismo centro.

2.  Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07005891

Denominación genérica: centro de educación especial

Denominación específica: Joan Mesquida

Titular: Aproscom Fundación

Domicilio: c. d’Es Canyar, s/n

Localidad: Manacor

Municipio: Manacor

CP: 07500

Enseñanzas autorizadas:

Educación especial básica: 9 unidades

Programas de transición a la vida adulta (TAVA): 4 unidades

- 3 en el centro Joan Mesquida

- 1 en el Centro de Formación e Inserción Laboral (ronda del Port, s/n). (Provisionalmente y de manera condicionada)

ASCE: 2 unidades en La Salle de Manacor (código 07002181)

3.  Recordar al centro mencionado que está obligado cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

4.  Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

           

Palma, 13 de febrero de 2018

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà