Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 2370
Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifica la cofinanciación prevista en la Resolución de 6 de noviembre de 2015 por la que se convocan subvenciones, correspondientes al período 2015-2019, para el apoyo a las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interno

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares (PDR) para el período 2014-2020 prevé una serie de medidas de ayuda destinadas al sector agrario, según el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), que complementa las disposiciones comunes para los fondos estructurales y de inversión europeos, establecidas en la segunda parte del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. En concreto, entre otras medidas, en el PDR se contempla la submedida 3.2, correspondiente al apoyo a las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interno.

En fecha 10 de noviembre de 2015, se publicó en el BOIB n.º 165 la Resolución de 6 de noviembre de 2015 por la que se convocan subvenciones, correspondientes al período 2015-2019, para el apoyo a las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interno. Esta Resolución fue modificada mediante resoluciones del presidente del FOGAIBA del día 22 de julio de 2016 publicada en el BOIB n.º 95, de 28 de julio de 2016; del día 30 de agosto de 2016 publicada en el BOIB n.º 111, de 1 de septiembre de 2016; del día 15 de noviembre de 2016 publicada en el BOIB n.º 146, de 19 de noviembre; del día 17 de julio de 2017 publicada en el BOIB n.º 88, de 20 de julio, y del día 22 de noviembre de 2017 publicada en el BOIB n.º 144, de 25 de noviembre de 2017.

Esta Resolución prevé un total de cinco convocatorias, una para cada ejercicio, y destinaba un crédito inicial de 1.809.389,43 euros para la convocatoria del año 2015. Posteriormente, mediante Resolución de 22 de julio de 2016 publicada en el BOIB n.º 95, de 28 de julio de 2016, se incrementó el crédito destinado a esta línea hasta los 3.997.055,12 euros y se modificó la cofinanciación de las subvenciones, que se fijó en un 41% por parte del FEADER, un 10,91% por parte de la Administración General del Estado (AGE) y un 48,09% por parte de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (CAIB).

Además, en la Resolución de convocatoria mencionada se establece que si una vez terminado cualquiera de los períodos no se ha agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos, la cantidad no aplicada deberá trasladarse al período siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, del vicepresidente del FOGAIBA, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

De acuerdo con esto, y una vez resuelta la primera convocatoria, mediante una resolución del vicepresidente del FOGAIBA se procedió a trasladar a la segunda convocatoria el crédito sobrante.

De acuerdo con la Decisión de Ejecución de la Comisión Europea C (2017) 9024, de 20 de diciembre de 2017, por la que se aprueba la modificación del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares (España) en lo relativo a la concesión de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y se modifica la Decisión de Ejecución C (2015) 8146 CCI 2014ES06RDRP004, se han modificado las cofinanciaciones de determinadas medidas del Programa en el sentido de aumentar hasta el máximo reglamentario la cofinanciación del fondo FEADER.

Por esto se hace necesario modificar los porcentajes de cofinanciación previstos en la Resolución mencionada para adaptarlos al nuevo cuadro de financiación previsto en el PDR y a los nuevos expedientes plurianuales de gasto.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director-gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Modificar los porcentajes de cofinanciación previstos en la Resolución de 6 de noviembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para el apoyo a las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interno, correspondientes al período 2015-2019, publicada en el BOIB n.º 165, de 10 de noviembre de 2015.

El crédito total previsto en la convocatoria mencionada, que asciende a tres millones novecientos noventa y siete mil cincuenta y cinco euros con doce céntimos (3.997.055,12 €), se financiará de la siguiente manera:

- Hasta la cantidad de 1.221.513,22 €, en un 41,00% por el FEADER, en un 10,91% por la AGE y en un 48,09% por la CAIB.

- Hasta la cantidad de 2.775.541,90 €, en un 53,00% por el FEADER, en un 14,10% por la AGE y en un 32,90% por la CAIB.

Segundo

Esta Resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Palma, 28 de febrero de 2018

El presidente del FOGAIBA

Vicenç Vidal Matas