Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 2368
Publicación de la Resolución de Revocación parcial de las ayudas, RRP1 de fecha 21 de febrero de 2018, para el Fomento de la Producció Integrada, para el año 2016
Publicación de la Resolución de Revocación parcial de las ayudas, RRP1 de fecha 21 de febrero de 2018, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantia Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2016, por la cual se convocan subvenciones para el Fomento de la Producció Integrada, para el año 2016
El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2016 por la cual se convocan subvenciones para el Fomento de la Producció Integrada, para el año 2016, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevee el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, d’1 d’octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantia Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha de 21 de febrero de 2018, dicta lo siguiente:
“RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Mesura 10.1.1- Fomento de la Producción Integrada
Convocatoria: PI 2016/RRP1
Hechos
De los expedientes tramitados al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2016 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 de las ayudas destinadas el fomento de la producción integrada se extrae una relación compuesta por:
- Anualidad 2017: 4 expedientes
Dado que se le revoca la anualidad 2017 (primera anualidad presupuestaria) para no tener certificado de inscripción en el Consejo Regulador de la Denominación Genérica de Agricultura Integrada para la campaña 2016.
En el anexo 1 que comienza con el expediente núm. 0658 a nombre de (datos personales ocultos) y termina con el expediente núm. 5517 a nombre de (datos personales ocultos), aparecen los importes a revocar a la anualidad 2.017 (primera anualidad presupuestaria).
Que con fecha 19/01/2018 se publicó en la web del FOGAIBA la propuesta provisional de revocación para que en el plazo de 10 días hábiles se pudieran presentar las alegaciones pertinentes. Una vez transcurrido este plazo, sin haber recibido ninguna alegación al respecto se continúa con la pertinente tramitación.
Fundamentos de derecho
1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2016 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 de las ayudas destinadas al fomento de la producción integrada.
2. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio BOIB número 95 de 28 de julio de 2016 por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de varias convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3. Resolución del Presidente del FOGAIBA de 14 de diciembre de 2017, por la que se modifica la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2016, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 de las ayudas destinadas al fomento de la producción integrada.
4. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.
5. Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.
6. Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control y en las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad .
7. Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
8. Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.
9. Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura ya la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
10. Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, en el sector vitivinícola.
11. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
12. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
13. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
14. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
15. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014 a 2020 .
16. Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares.
17. Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la Consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.
18. Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Resolución de Revocación
Por todo ello, dicto resolución en los siguientes términos
Proceder a la revocación de los importes concedidos a los beneficiarios y los expediente que configuran el anexo 1 que comienza con el expediente núm.0658 a nombre de (datos personales ocultos) y termina con el expediente núm. 5517 a nombre de (datos personales ocultos) para la anualidad 2017 (primera anualidad presupuestaria) de la línea las ayudas destinadas al "Fomento de la Producción Integrada".
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Palma, a 21 de febrero de 2018 |
El vicepresidente del FOGAIBA |
Mateu Ginard i Sampol |
ANEXO I: BENEFICIARIOS CON REVOCACIÓN PARCIAL DE LA PRIMERA ANUALIDAD POR NO INSCRIPCIÓN EN EL CRDGAI PARA CAMPAÑA 2016.
EXPTE |
TITULAR |
CIF_NIF |
IMPORTE |
FEADER |
AGE |
CAIB |
0658 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
2.847,61 |
1.167,52 |
116,75 |
1.563,34 |
3108 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
790,04 |
323,92 |
32,39 |
433,73 |
3263 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
786,01 |
322,27 |
32,23 |
431,51 |
5517 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
1.459,87 |
598,55 |
59,86 |
801,46 |
Palma, 26 de febrero de 2018
El director gerente del FOGAIBA
Guillem Rosselló Alcina