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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 2225
Corrección de errores advertidos en la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 19 de diciembre de 2017 por la que se aprueban las instrucciones para evaluar el aprendizaje de los alumnos del Bachillerato en las Illes Balears para el curso 2017-2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Advertidos los errores que se indican a continuación, y con la finalidad de corregirlos, de conformidad con el que se establece en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimientos Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se procede a efectuar la siguiente corrección:

En el apartado 1 del punto 21 del Anexo 1,

Donde dice

21.1. Las actas de la evaluación final ordinaria  deben extenderse para cada uno de los cursos y pueden cerrarse hasta el 31 de mayo en el caso del segundo curso y hasta el 29 de junio en el caso del primer curso. Las actas de la evaluación final extraordinaria deben extenderse para cada uno de los cursos y deben cerrarse, como máximo, el día 29 de junio en el caso del segundo curso y antes del día 7 de septiembre en el caso del primer curso. Deben incluir una relación nominal de los alumnos que componen el grupo, junto con los resultados de la evaluación de las materias, expresados en los términos que establece el punto 21 de estas instrucciones, así como las decisiones sobre promoción, permanencia y titulación.

Debe decir

21.1. Las actas de la evaluación final ordinaria  deben extenderse para cada uno de los cursos y pueden cerrarse hasta el 30 de mayo en el caso del segundo curso y hasta el 29 de junio en el caso del primer curso. Las actas de la evaluación final extraordinaria deben extenderse para cada uno de los cursos y deben cerrarse, como máximo, el día 29 de junio en el caso del segundo curso y antes del día 7 de septiembre en el caso del primer curso. Deben incluir una relación nominal de los alumnos que componen el grupo, junto con los resultados de la evaluación de las materias, expresados en los términos que establece el punto 21 de estas instrucciones, así como las decisiones sobre promoción, permanencia y titulación.

 

Palma 20 de febrero de 2018

El director general de Planificación, Ordenación y Centros

Antoni Morante Milla