Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 2155
Resolución de la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la que se adjudica por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo vacante de personal funcionario denominado jefe de departamento de Recursos Humanos, del Departamento de Recursos Humanos de la Gerencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

I. El 20 de noviembre de 2017, el director gerente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) propuso la cobertura definitiva con convocatoria pública de provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación del puesto de trabajo vacante de personal funcionario código F00570001 denominado jefe de departamento de Recursos Humanos adscrito al Departamento de Recursos Humanos de la Gerencia del IMAS.

II. El 24 de noviembre de 2017, la presidenta del IMAS resolvió iniciar el procedimiento de convocatoria pública de provisión por el sistema de libre designación del puesto de trabajo vacante de personal funcionario, código F00570001, denominado jefe de departamento de Recursos Humanos adscrito al Departamento de Recursos Humanos de la Gerencia del IMAS.

III. El 1 de diciembre de 2017, en la sesión de la Mesa Sectorial de Negociación del IMAS se negoció y aprobó, por unanimidad, la provisión del puesto de trabajo, código F00570001, denominado jefe de departamento de Recursos Humanos.

IV. El 15 de diciembre de 2017, la presidenta del IMAS aprobó la convocatoria pública de provisión de este puesto de trabajo, resolución publicada en el BOIB núm. 4, de 9 de enero de 2018 y anunciada la convocatoria en el BOE núm. 13, de 15 de enero de 2018.

V. El 5 de febrero de 2018, finalizó el plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación en el BOE, de acuerdo con el artículo 53 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del estado, el artículo 3, apartado 4 del Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y la base tercera de la convocatoria.

VI. Dentro del plazo mencionado, presentaron solicitudes dos personas, aspirantes al puesto de trabajo de libre designación de la convocatoria de 15 de diciembre de 2017 (BOIB núm. 4, de 9 de enero 2018 y BOE núm. 13, de 15 de enero de 2018). De las dos personas que presentaron solicitudes sólo una persona acredita ser funcionario / funcionaria de carrera, requisito especificado en la base segunda de la convocatoria, además de acreditar los requisitos exigidos dentro del plazo especificados en la base tercera de la convocatoria . La persona que no acredita los requisitos especificados en la base segunda y tercera de la convocatoria sólo presentó el Curriculum vitae.

VII. El 12 de febrero de 2018, se recibió el informe propuesta de adjudicación del director gerente del IMAS, órgano de gestión del cual está adscrito el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria y del que depende jerárquicamente .

VIII. Dentro del plazo estipulado de un mes contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se resuelve la convocatoria y se hace publica en el BOIB, de acuerdo con la base cuarta de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, especifica en el apartado 1. i) que se han de motivar a los que se dictan en el ejercicio de potestades discrecionales, y en el apartado 2. que la motivación de los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva se realizará de conformidad con lo que dispongan las normas que regulen las convocatorias, y, en todo caso, deben quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte.

2. El artículo 78.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), dispone, en cuanto a los principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario de carrera, que la provisión de puestos de trabajo en cada Administración pública se llevará a cabo por los procedimientos de concurso y de libre designación con convocatoria pública.

3. El artículo 80.1 del EBEP, dispone que a libre designación con convocatoria pública del personal funcionario de carrera consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el cumplimiento del puesto.

4. Dado lo que, en relación con la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, disponen el artículo 196 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares; los artículos 75, 79, 80 y 81 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares; así como los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, los artículos 25, respecto a los plazos de toma de posesión, 28 y siguientes del Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares .

5. Dado que dentro del plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación en el BOE, presentaron solicitudes dos personas, aspirantes al puesto de trabajo de libre designación de la convocatoria de 15 de diciembre de 2017 (BOIB núm. 4, de 9 de enero 2018 y BOE núm. 13, de 15 de enero de 2018). De las dos personas que presentaron solicitudes sólo una persona acredita ser funcionario / funcionaria de carrera, requisito especificado en la base segunda de la convocatoria, y acredita los requisitos exigidos dentro plazo especificados en la base tercera de la convocatoria. La persona que no acredita los requisitos especificados en la base segunda y tercera de la convocatoria sólo presentó el Curriculum vitae.

6. Dado que la persona que acredita los requisitos especificados en la base segunda y tercera de la convocatoria es el señor Pedro Miguel Estrany Payeras, funcionario de carrera del cuerpo superior de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

7. Dado que corresponde al director gerente del IMAS, órgano de gestión del cual está adscrito el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria y del que depende jerárquicamente, el informe propuesta de adjudicación por el procedimiento de libre designación, de este puesto de trabajo, de acuerdo al artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y el artículo 31 del Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

El 12 de febrero de 2018, el director gerente del IMAS informa favorablemente y propone la adjudicación por el procedimiento de libre designación del puesto de trabajo al señor Pedro Miguel Estrany Payeras, el cual ocupa en comisión de servicios desde el 1 de octubre de 2015 y desarrolla de manera satisfactoria las funciones asignadas al puesto de trabajo.

8. Dado que corresponde a la presidenta del IMAS la aprobación y la resolución de las convocatorias de provisión y establecer sus bases, de acuerdo a lo dispuesto en la letra o) del apartado segundo del artículo 7 del Texto Consolidado de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión celebrada el día 13 de octubre de 2016 (BOIB núm. 140, de 5 de noviembre de 2016).

9. El plazo para tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado es de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si conlleva cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, y empezará a contar a partir del día siguiente al del cese en el puesto de procedencia, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución de adjudicación en el BOIB, de acuerdo con la base quinta.

10. La adjudicación del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria determina el cese en el puesto de procedencia, sea la forma de ocupación, de acuerdo con la base sexta.

11. El tiempo mínimo de permanencia una vez se haya adjudicado el puesto de trabajo de esta convocatoria, será como mínimo de dos años. Durante este tiempo de permanencia de dos años, el funcionario no podrá participar en los concursos de provisión de puestos de trabajo, de acuerdo con la base séptima.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primer.- Aprobar la adjudicación, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo vacante de personal funcionario siguiente:

Código Puesto de trabajo Apellidos, nombre NIF

F00570001 Cap de departament Estrany Payeras, Pedro Miguel 78191471G de Recursos Humans

Segundo.- Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución - que no agota la vía administrativa - se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado (o publicado), de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, y el artículo 27.1 del Texto consolidado de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobado el 13 de octubre de 2016 (BOIB núm. 140, de 5-11-2016).

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas

 

Palma, 15 de febrero de 2018

La presidenta

Margalida Puigserver Servera