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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 2149
Acuerdo de modificación del acuerdo del Consejo Ejecutivo de 22/11/2017 de concesión de subvenciones de la convocatoria de subvenciones para el fomento del deporte mediante ayudas al mantenimiento y mejora de instalaciones públicas de Mallorca

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Texto

El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca  del día 14  de febrero de 2018 adoptó, entre otros, el acuerdo que se transcribe literalmente a continuación:

“Hechos

1. El día 25 de noviembre de 2017 se publicó en el BOIB 144  el acuerdo de 22/11/2017 de concesión de las subvenciones para el fomento del deporte mediante ayudas al mantenimiento y mejora de las instalaciones deportivas públicas de Mallorca y se aprobaron y concedieron las subvenciones por un importe total de once millones setecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve euros y setenta y cuatro céntimos (11.799.999,74 €) a favor de las entidades locales de Mallorca, en la cuantía que se indica y por las actuaciones detalladas en los anexos 1 y 2.

2. En el anexo 2 del acuerdo mencionado, se detalla que se concedió una subvención de 162.465,46€ al Ayuntamiento de Consell para el desarrollo de determinadas actuaciones. Concretamente:

Ayuntamiento de Consell

AJ17/050

NIF

P0701600I

Aplicación presupuestaria (ejercicio 2018)

20.34201.76200

81.232,73

Aplicación presupuestaria (ejercicio 2019)

20.34201.76200

81.232,73

Subvención concedida:

162.465,46

Actuaciones subvencionadas:

Presupuesto actuación

1. Reforma de los vestuarios de: campo de futbol, pistas de pádel y tenis.

40.000,00

2. Mejora de la depuración de la piscina municipal.

10.000,00

3. Renovación del hormigón del campo de futbol.

40.000,00

4. Adquisición de material: 4 canastas para la renovación de las existentes en el pabellón y tubos y redes de protección detrás de las porterías de futbol.

7.500,00

5. Substitución de cierre a la pista de futbito.

14.000,00

6. Substitución de pavimentación del pabellón.

90.000,00

7. Arreglar pistas de tenis (suelo, red, asientos).

30.000,00

8. Adecuación cubierta pabellón

50.000,00

TOTAL PRESUPUESTO

281.500,00

3. El día 4 de enero de 2018  el Ayuntamiento de Consell presentó un escrito solicitando renunciar a la actuación denominada “sustitución pavimentación pabellón” con un presupuesto de 90.000,00€,  por el hecho de no disponer de crédito suficiente no subvencionado para llevar a cabo dicha actuación.

4.  Del  mismo modo, en el anexo 2 del acuerdo, se concedió una subvención por importe de 162.465,46€ al Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre según se detalla en la siguiente tabla:

Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre

AJ17/ 040

NIF

P0702800D

Aplicación presupuestaria (ejercicio 2018)

20.34201.76200

81.232,73

Aplicación presupuestaria (ejercicio 2019)

20.34201.76200

81.232,73

Subvención concedida:

162.465,46

Actuaciones subvencionadas:

Presupuesto actuación

1  Proyecto de reforma baños polideportivo.

38.989,18

2 Vestuarios: instalación de paneles radiantes eficientes

4.244,68

3 Tenis: Marcaje pista de tenis, acondicionamiento pavimento, compra de redes.

47.457,99

4 Piscina: arreglo revestimiento y limpieza. Substitución piezas de regadío.

85.293,45

5 Futbol: colocación porterías futbito, instalación red. Marcaje campo de futbol

25.927,71

6 Pista polideportiva: rehabilitación: regularización terreno, suministro e instalación de cierre y pavimento.

Colocación de juegos biosaludables

22.844,30

7 Pistas multideportiva: rehabilitación (regularización terreno, suministro e instalación de cierre y pavimento)

Colocación de juegos biosaludables

59.451,52

TOTAL PRESUPUESTO

284.208,54

5. El día 14 de diciembre de 2017, el Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre presentó un escrito solicitando  la renuncia por motivos presupuestarios, en las actuaciones denominadas:  “Piscina arreglo revestimiento y limpieza, sustitución piezas de riego”, y “Pista polideportiva: rehabilitación, regularización terreno, suministro y instalación de cierre y pavimento. Colocación de juegos biosaludables”, por unos importes totales de 85.293,45€ y de  22.844.30€ respectivamente.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

2. La ordenanza de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB núm. 21 de 18 de febrero de 2017)

3. La convocatoria de subvenciones para el fomento del deporte mediante ayudas al mantenimiento y mejora de instalaciones deportivas públicas de Mallorca, aprobada mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo de 21 de junio de 2017. (BDNS:352420)

Consideraciones

1. Cabe señalar que si los Ayuntamientos de Consell y de Lloret de Vistalegre hubiesen solicitado inicialmente únicamente los proyectos que ahora quieren mantener, la cuantía de las subvenciones concedidas habría sido la misma, para los dos Ayuntamientos mencionados, como para el resto de entidades locales beneficiarias, de acuerdo con las normas de reparto de crédito previsto en el punto 6.2 de la convocatoria de subvenciones para el fomento del deporte mediante ayudas al mantenimiento y mejora de instalaciones deportivas públicas de Mallorca.

2. Aunque estos 2 Ayuntamientos en su solicitud inicial no hubieran incluido estos proyectos que ahora se pretenden eliminar, el importe concedido en concepto de subvención,  sería exactamente el mismo para todos los beneficiarios.

Per todo ello, se propone al Consejo Ejecutivo que adopte el siguiente acuerdo:

Primero. Modificar el Anexo 2 del acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, de fecha 22 de noviembre de 2017,  por el cual se concedieron las subvenciones para las actuaciones de mantenimiento y mejora de instalaciones deportivas públicas de Mallorca que se tienen que finalizar antes del 31 de diciembre de 2018, (publicado al BOIB núm. 144 de 25 de noviembre de 2017),  respeto de las actuaciones a desarrollar para los Ayuntamientos de  Lloret de Vistalegre y Consell, en la forma que se señala a continuación:

Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre

AJ17/ 040

NIF

P0702800D

Aplicación presupuestaria (ejercicio 2018)

20.34201.76200

81.232,73

Aplicación presupuestaria (ejercicio 2019)

20.34201.76200

81.232,73

Subvención concedida:

162.465,46

Actuaciones subvencionadas:

Presupuesto actuación

1  Proyecto de reforma baños polideportivo.

38.989,18

2 Vestuarios: instalación de paneles radiantes eficientes

4.244,68

3 Tenis: Marcaje pista de tenis, acondicionamiento pavimento, compra de redes.

47.457,99

4 Futbol: colocación porterías futbito, instalación red. Marcaje campo de futbol

25.927,71

5 Pistas multideportiva: rehabilitación (regularización terreno, suministro e instalación de cierre y pavimento)

Colocación de juegos biosaludables

59.451,52

TOTAL PRESUPUESTO

176.070,79

Ayuntamiento de Consell

AJ17/050

NIF

P0701600I

Aplicación presupuestaria (ejercicio 2018)

20.34201.76200

81.232,73

Aplicación presupuestaria (ejercicio 2019)

20.34201.76200

81.232,73

Subvención concedida:

162.465,46

Actuaciones subvencionadas:

Presupuesto actuación

1. Reforma de los vestuarios de: campo de futbol, pistas de pádel y tenis.

40.000,00

2. Mejora de la depuración de la piscina municipal.

10.000,00

3. Renovación del hormigón del campo de futbol.

40.000,00

4. Adquisición de material: 4 canastas para la renovación de las existentes en el pabellón y tubos y redes de protección detrás de las porterías de futbol.

7.500,00

5. Substitución de cierre a la pista de futbito.

14.000,00

6. Arreglar pistas de tenis (suelo, red, asientos).

30.000,00

7. Adecuación cubierta pabellón

50.000,00

TOTAL PRESUPUESTO

191.500,00

Segundo. Notificar este acuerdo al Ayuntamiento de Consell y al Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre y publicarlo en el BOIB.

Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del siguiente a la recepción de esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si cabe, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

 

Palma, a  20 de  febrero de 2018

El secretario general
Jeroni Miquel Mas Rigo