Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 1998
Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifican el crédito y la cofinanciación previstos en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 6 de noviembre de 2015 por la que se convocan, para el año 2015, subvenciones para el apoyo a la participación por primera vez en regímenes de calidad
El Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares (PDR) para el período 2014-2020 prevé una serie de medidas de ayuda destinadas al sector agrario, según el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), que complementa las disposiciones comunes para los fondos estructurales y de inversión europeos, establecidas en la segunda parte del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. En concreto, entre otras medidas, el PDR prevé la submedida 3.1, correspondiente a la participación por primera vez en regímenes de calidad.
En fecha 6 de noviembre de 2015 se publicó en el BOIB n.º 165, de 10 de noviembre de 2015, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2015, subvenciones para el apoyo a la participación por primera vez en regímenes de calidad. Esta Resolución fue modificada mediante resoluciones del presidente del FOGAIBA del día 15 de junio de 2016 publicada en el BOIB n.º 77, de 18 de junio, y del día 22 de julio de 2016 publicada en el BOIB n.º 95, de 28 de julio de 2016.
Esta Resolución destinaba un crédito inicial de 331.705,90 euros para la convocatoria del año 2015. Posteriormente, mediante resolución de 22 de julio de 2016 publicada en el BOIB n.º 95, de 28 de julio de 2016, se incrementó el crédito destinado a esta línea hasta los 360.291,95 euros y se modificó la cofinanciación de las subvenciones, que se fijó en un 41% por parte del FEADER, un 10,91% por parte de la Administración General del Estado (AGE) y un 48,09% por parte de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (CAIB).
De acuerdo con la Decisión de Ejecución de la Comisión Europea C(2017) 9024, de 20 de diciembre de 2017, por la que se aprueba la modificación del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares (España) en lo relativo a la concesión de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y se modifica la Decisión de Ejecución C (2015) 8146 CCI 2014ES06RDRP004, se han modificado las cofinanciaciones de determinadas medidas del Programa en el sentido de aumentar hasta el máximo reglamentario la cofinanciación del fondo FEADER.
Por ello resulta necesario modificar la dotación económica y los porcentajes de cofinanciamiento previstos en la Resolución mencionada, así como realizar un reajuste de las anualidades inicialmente previstas para adaptarlas al nuevo cuadro de financiación previsto en el PDR y en los nuevos expedientes plurianuales de gasto.
Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director-gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Modificar el crédito previsto en la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 6 de noviembre de 2015 por la que se convocan, para el año 2015, subvenciones para el apoyo a la participación por primera vez en regímenes de calidad, publicada en el BOIB n.º 165, de 10 de noviembre de 2015, con lo cual queda destinado un crédito final para esta línea de ayudas de trescientos tres mil novecientos cuarenta y tres euros con sesenta y dos céntimos (303.943,62 €), de acuerdo con la siguiente distribución anual:
Año 2016: 72.052,39 euros
Año 2017: 72.052,39 euros
Año 2018: 53.364,28 euros
Año 2019: 53.364,28 euros
Año 2020: 53.110,28 euros
El crédito total previsto en la convocatoria mencionada será financiado de la siguiente forma:
- Hasta la cantidad de 144.104,78 €, en un 41,00% por el FEADER, en un 10,91% por la AGE y en un 48,09% por la CAIB.
- Hasta la cantidad de 159.838,84 €, en un 53,00% por el FEADER, en un 14,10% por la AGE y en un 32,90% por la CAIB.
Segundo
Esta Resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 20 de febrero de 2018
El presidente del FOGAIBA
Vicenç Vidal Matas