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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 1973
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 15 de febrero de 2018 por la que se somete a información pública el Proyecto de decreto por el que se crea el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales propio para el personal docente que presta servicios en los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1.   En fecha de 2 de diciembre de 2016, la directora general de Personal Docente emitió un informe de análisis de impacto normativo sobre una propuesta de borrador de decreto, en el cual se establecía la necesidad de iniciar un procedimiento para elaborar un proyecto de decreto para la creación de un servicio de prevención de riesgos laborales propio para el personal docente que presta servicios en los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2.   Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 9 de diciembre de 2016 se ordenó el inicio del procedimiento para elaborar el Proyecto de decreto mencionado.

Fundamentos de derecho

1.   El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2.   La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3.   Los artículos 42 y siguientes de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, que regulan el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas.

De acuerdo con el artículo 44 de la Ley 4/2001, se considera conveniente someter el Proyecto de decreto a información pública, dado que el colectivo afectado por éste supera aproximadamente los doce mil docentes.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1.   Someter a información pública el borrador del Proyecto de decreto por el que se crea el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales propio para el personal docente que presta servicios en los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación y Universidad, ubicada en Palma, en la calle del Ter, número 16, 1ª planta; en la página web de esta Dirección General (http://dgpdocen.caib.es), y en el portal de Participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears.

2.   Fijar un plazo para la información pública de este Proyecto de decreto de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3.   Establecer que las alegaciones se tienen que presentar en la sede de la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación y Universidad, ubicada en la calle del Ter, número 16, 1ª planta, 07009, de Palma, o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y que se tienen que dirigir a la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación y Universidad.

4.   Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones al Proyecto de decreto por medios telemáticos a través del apartado «Participación en la elaboración de normativa» de la página web Participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears dentro del plazo que se establece en el apartado 2 anterior, de acuerdo con el artículo 34.2.f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Siempre que las alegaciones presentadas a través de la web incluyan la identificación de la persona o la entidad que hace las alegaciones, se incluirán en el expediente de elaboración de normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente tiene que emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.

5.   Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 15 de febrero de 2018

El consejero de Educación y Universidad,

Martí Xavier March i Cerdà