Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 1692
Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino, de 8 de febrero de 2018, por la que se determinan los días laborables a los cuales se permite la pesca recreativa y el marisqueo recreativo a la reserva marina del Levante de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Las reservas marinas son áreas donde se limita la explotación de los recursos marinos vivos para incrementar la repoblación de alevines, fomentar la proliferación de las especies marinas objeto de explotación y proteger los ecosistemas marinos. De acuerdo con el artículo 8.3 de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Islas Baleares, en su interior puede ser objeto de regulación cualquier actividad que pueda afectar los recursos marinos, especialmente la pesca y el marisqueo recreativo.

Actualmente, en la reserva marina del Levante de Mallorca, los días laborables permitidos para la pesca recreativa son los martes y los jueves, según establece la Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino, de 18 de noviembre de 2015, por la que se establecen los días hábiles para la práctica de la pesca recreativa y submarina en la reserva marina del Levante de Mallorca.

Esta Resolución debe actualizarse para cumplir el Decreto 71/2016, de 16 de diciembre, por el que se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marinas y las actividades subacuáticas en la reserva marina del Levante de Mallorca, que establece en el artículo 5.1 que, mediante una Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino, se establecerán los dos días laborables hábiles para el marisqueo y la pesca recreativos.

Por lo tanto, consultado el Servicio de Recursos Marinos y haciendo uso de las facultades que me confiere el Decreto 9/2017, de 7 de abril, de la Presidenta de las Islas Baleares, por el que se modifica el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dicto la siguiente,

RESOLUCIÓN

Primero

Se establecen los martes y los jueves como días laborables para la práctica del marisqueo recreativo y la pesca recreativa, tanto desde tierra como desde embarcación, en la reserva marina del Levante de Mallorca.

Segundo

Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Palma, 8 de febrero de 2018

El Director General de Pesca y Medio Marino

Juan Mercant Terrasa