Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 1689
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 6 de febrero de 2018 por la que se autoriza la implantación de las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio en turno semipresencial de las modalidades deportivas de Piragüismo y Vela (con Aparejo Fijo y con Aparejo Libre) y la implantación del grado superior en turno semipresencial de la modalidad deportiva de Vela (con Aparejo Fijo y con Aparejo Libre) en el IES CTEIB y se actualizan las modalidades deportivas autorizadas en régimen semipresencial en este centro
Hechos
1. Las enseñanzas deportivas tienen como finalidad preparar a los alumnos para una actividad profesional relacionada con una modalidad o especialidad deportiva. Estas enseñanzas garantizan la calificación profesional de iniciación, conducción, entrenamiento básico, perfeccionamiento técnico, entrenamiento y dirección de equipos en la modalidad o la especialidad correspondiente.
2. Cada año, la demanda de nuevas enseñanzas deportivas de régimen especial crece y, para dar respuesta a esta demanda, la oferta se tiene que ampliar tanto en número de centros como en número de especialidades que se imparten en estos centros. Especialmente, se considera la necesidad de diversificar el formato de estos estudios y hacerlos, así, más accesibles, atendiendo las diferentes situaciones personales. El formato semipresencial en horario de tarde facilita que diferentes perfiles de alumnos puedan acceder a las enseñanzas deportivas.
3. Mediante la Orden de los consejeros de Presidencia y Deportes y de Educación y Cultura de día 19 de julio de 2006 (BOIB nº. 107, de 29 de julio) se dispuso la puesta en funcionamiento del IES Centro de Tecnificación Deportiva Illes Balears, de Palma, para el curso 2006-2007 y se implantaron en este centro los estudios de educación secundaria obligatoria y de bachillerato.
4. Mediante una resolución de la consejera de Educación y Cultura de 19 de marzo de 2009 (BOIB nº. 55, de 16 de abril) se autorizó la implantación en este centro, a partir del curso 2008-2009, de las enseñanzas deportivas de régimen especial del sistema educativo de las modalidades de Fútbol (grado medio y grado superior) y Montaña y Escalada (grado medio).
5. Posteriormente, mediante una resolución del consejero de Educación y Cultura de 23 de julio de 2010 (BOIB nº. 118, de 12 de agosto) se autorizó implantar las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio y grado superior de las modalidades de Fútbol, Fútbol Sala, Baloncesto, Balonmano y Atletismo.
6. Con una resolución del consejero de Educación y Cultura de 18 de octubre de 2010 (BOIB nº. 162, de 6 de noviembre), se autorizó la implantación en este centro de los ciclos formativos de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas siguientes: el CFGM de Conducción de Actividades Fisicodeportivas en el Medio Natural y el CFGS de Animación de Actividades Físicas y Deportivas.
7. Mediante una resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de día 2 de septiembre de 2013 (BOIB nº. 142, de 17 de octubre), se autorizó implantar las enseñanzas deportivas de régimen especial de Montaña y Escalada de las especialidades de Media Montaña, Barrancos y Escalada (grado medio) y Escalada (grado superior).
8. Mediante una resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de día 2 de octubre de 2013 (BOIB nº. 150, de 31 de octubre), se autorizó la implantación en este centro del grado medio y del grado superior de Salvamento y Socorrismo.
9. Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de día 27 de octubre de 2015 (BOIB nº. 171, de 19 de noviembre), se autorizó implantar el bloque común, el bloque complementario y el bloque específico de las enseñanzas deportivas de régimen especial correspondientes a las titulaciones de grado medio de técnico deportivo en las disciplinas hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo y de técnico deportivo en las disciplinas hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre, en régimen presencial y semipresencial.
10. Asimismo, mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de día 6 de octubre de 2016 (BOIB nº. 134, de 22 de octubre) se autorizó la implantación de las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio y de grado superior de Vela en Aparejo Fijo y de Vela con Aparejo Libre y las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio de Buceo Deportivo con Escafandra Autónoma en el IES CTEIB, de Palma, en la modalidad presencial, y se suprimieron, con efectos desde el 1 de septiembre de 2016, las enseñanzas de régimen especial en el IES Baltasar Porcel, de Andratx.
11. Por lo tanto, se ha observado un desajuste en las autorizaciones de las modalidades (presencial y semipresencial o sólo presencial) de las enseñanzas autorizadas en el IES CTEIB en las dos últimas resoluciones mencionadas y se considera necesario enmendar los posibles errores o las omisiones que se hayan podido producir.
En la Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 27 de octubre de 2015, en el punto 2, constan como enseñanzas autorizadas en este centro las enseñanzas deportivas de régimen especial siguientes:
- Modalidad presencial y semipresencial del grado medio de las titulaciones siguientes: técnico deportivo en Fútbol, Fútbol Sala, Atletismo, Baloncesto, Balonmano y Salvamento y Socorrismo, y en Media Montaña, en Barrancos y en Escalada (de los deportes de Montaña y Escalada); técnico deportivo de las disciplinas hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo y técnico deportivo en las disciplinas hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre; técnico deportivo Vela con Aparejo Fijo y técnico deportivo en Vela con Aparejo Libre, y técnico deportivo en Buceo con Escafandra Autónoma.
- Modalidad presencial y semipresencial del grado superior de las titulaciones siguientes: técnico deportivo superior en Fútbol, Fútbol Sala, Atletismo, Baloncesto, Balonmano y Salvamento y Socorrismo y técnico deportivo superior en Escalada (de los deportes de Montaña y Escalada).
En la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 6 de octubre de 2016, las titulaciones anteriores aparecen autorizadas sólo como presenciales y, además, se incluye la modalidad presencial del grado medio de las titulaciones siguientes: técnico deportivo en Vela en Aparejo Fijo, técnico deportivo Vela en Aparejo Libre y técnico deportivo en Buceo con Escafandra Autónoma. También se incluye la modalidad presencial del grado superior de las titulaciones de técnico deportivo superior en Vela en Aparejo Fijo y de técnico deportivo superior en Vela en Aparejo Libre.
12. El 11 de abril de 2017 tuvo entrada a esta Dirección General (nº. de registro 802) un informe del Departamento de Inspección Educativa sobre el proyecto de oferta de enseñanzas deportivas de régimen especial en régimen semipresencial en el IES Centro de Tecnificación Deportiva Illes Balears (CTEIB), de Palma, en el cual se expone el desajuste anterior en las autorizaciones de las modalidades (presencial y semipresencial o sólo presencial) de las enseñanzas autorizadas en el IES CTEIB en las dos resoluciones mencionadas y se insta la enmienda de los posibles errores o las omisiones a que se hayan podido producir.
13. El 16 de enero de 2018 la jefa del Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial emitió un informe, con el visto bueno del jefe del Departamento de Planificación y Centros, sobre implantación de las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio en turno semipresencial de las modalidades deportivas de Piragüismo y Vela (con Aparejo Fijo y con Aparejo Libre) y la implantación del grado superior en turno semipresencial de la modalidad deportiva de Vela (con Aparejo Fijo y con Aparejo Libre) en el IES CTEIB y se actualizan las modalidades deportivas autorizadas en régimen semipresencial en este centro.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº. 159, de 4 de julio).
2. Los artículos 63 y 65 y los preceptos que concuerdan de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº. 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán nº. 11, de 16 de mayo).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 44, de 3 de abril).
4. El Real decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial (BOE nº. 268, de 8 de noviembre, y suplemento en catalán nº. 35, de 16 de noviembre).
5. La Orden de 28 de julio de 2008 de regulación de las enseñanzas deportivas de régimen especial establecidas al amparo del Real decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y del agotamiento de determinadas formaciones deportivas (BOIB nº. 113, de 14 de agosto).
6. El Real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE nº. 62, de 12 de marzo).
7. El Real decreto 935/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de técnico deportivo Vela en Aparejo Fijo y técnico deportivo en Vela en Aparejo Libre, y se fijan las enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso (BOE nº. 211, de 31 de agosto).
8. El Real decreto 936/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de técnico deportivo superior en Vela en Aparejo Fijo y técnico deportivo superior en Vela en Aparejo Libre, y se fijan las enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso (BOE nº. 211, de 31 de agosto).
9. El Real decreto 981/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de técnico deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, técnico deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas y técnico deportivo en Piragüismo Recreativo Guía de Aguas Bravas, y se fijan el currículum básico y los requisitos de acceso (BOE nº. 282, de 25 de noviembre).
10.La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 27 de octubre de 2015 por la que se autoriza la implantación, en el IES Centro de Tecnificación Deportiva Illes Balears, del bloque común, del bloque complementario y del bloque específico, en las modalidades presencial y semipresencial, de las enseñanzas deportivas de régimen especial correspondientes a las titulaciones de grado medio de técnico deportivo en las disciplinas hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo y de técnico deportivo en las disciplinas hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre (BOIB nº. 171, de 19 de noviembre).
11. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 6 de octubre de 2016 por la cual se autoriza la implantación de las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio y de grado superior de Vela con Aparejo Fijo y Vela con Aparejo Libre y las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio de Buceo Deportivo con Escafandra Autónoma en el IES CTEIB, de Palma, y se suprimen las enseñanzas de régimen especial en el IES Baltasar Porcel, de Andratx (BOIB nº. 134, de 22 de octubre).
12. La Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 25 de septiembre de 2017 por la que se dictan instrucciones para concretar el procedimiento de admisión y de matrícula para las enseñanzas deportivas de régimen especial de las modalidades deportivas de Atletismo, Baloncesto, Fútbol, Hípica, Judo, Montaña y Escalada, Piragüismo y Vela para el curso 2017-2018, así como la matrícula del módulo/bloque de formación práctica y la matrícula extraordinaria de módulos pendientes de años anteriores (BOIB nº. 120, de 30 de septiembre).
13. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE nº. 51, de 1 de marzo) y reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº. 32, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo que disponen los artículos 27 y 149.1.30.a de la Constitución española.
14. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 120, de 8 de agosto), de acuerdo con la redacción fijada por el Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015 (BOIB nº. 135, de 4 de noviembre).
15. El 16 de enero de 2018 la jefa del Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial emitió un informe, con el visto bueno del jefe del Departamento de Planificación y Centros, en el cual se pone de manifiesto que el CTEIB es el centro de referencia de las enseñanzas deportivas en Mallorca y que tiene una larga trayectoria en este tipo de enseñanza. También se expone que el director del centro ha dado la conformidad a la impartición de estas nuevas disciplinas en estos nuevos formados de horario. Asimismo, se pone de manifiesto que las instalaciones y los recursos materiales y humanos existentes al centro son aptos y se confirma la matriculación de alumnos en estas modalidades de las enseñanzas deportivas para el curso 2017-2018: al ciclo inicial de Vela en Aparejo Fijo y de Vela en Aparejo Libre, 24 alumnos; al ciclo final de Vela en Aparejo Fijo, 13 alumnos, y al ciclo inicial de Piragüismo en Aguas Tranquilas, 2 alumnos. Muchas de las enseñanzas deportivas ya estaban autorizados en turno semipresencial.
La conclusión del informe es favorable a la implantación de las modalidades deportivas que se indican a continuación: 1. Técnico deportivo en Piragüismo en Aguas Tranquilas en turno semipresencial; 2. Técnico deportivo y técnico deportivo superior Vela en Aparejo Fijo en turno de tarde semipresencial, y 3. Técnico deportivo y técnico deportivo superior Vela en Aparejo Libre en turno de tarde semipresencial, y describe cómo queda la configuración del centro con la incorporación de estas modalidades.
Este informe también hace referencia a los errores detectados en el informe del Departamento de Inspección Educativa de 11 de abril sobre el proyecto de oferta de enseñanzas deportivos de régimen especial en régimen semipresencial en el CTEIB, en el cual se instaba la enmienda del desajuste entre las autorizaciones de las modalidades (presencial y semipresencial o sólo presencial) de las enseñanzas autorizadas por las resoluciones del consejero de Educación y Universidad de 27 de octubre de 2015 y 6 de octubre de 2016.
Por todo ello, y teniendo en cuenta los hechos y los fundamentos transcritos anteriormente, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Autorizar la implantación, en el IES Centro de Tecnificación Deportiva Illes Balears, de las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio de la modalidad deportiva de Piragüismo en Aguas Tranquilas en turno semipresencial y de la modalidad de Vela con Aparejo Fijo en turno de tarde semipresencial, y de las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado superior de la modalidad deportiva de Vela con Aparejo Libre en turno de tarde semipresencial a partir del curso 2017-2018.
2. Actualizar las autorizaciones de las modalidades (presencial y semipresencial o sólo presencial) de las enseñanzas autorizadas por las resoluciones del consejero de Educación y Universidad de 27 de octubre de 2015 y de 6 de octubre de 2016, de acuerdo con lo que se expone en el informe del Departamento de Inspección Educativa de 11 de abril de 2017.
3. Determinar que, como consecuencia de la implantación de estas enseñanzas, la configuración del centro queda de la manera siguiente:
Código de centro: 07013383
Denominación genérica: instituto de educación secundaria y bachillerato
Denominación específica: Centro de Tecnificación Deportiva Illes Balears
Domicilio: c. del Gremi dels Foners, 4
Localidad: Palma
Municipio: Palma
CP: 07009
Enseñanzas autorizadas:
Educación secundaria obligatoria
Bachillerato de las modalidades de ciencias y humanidades y ciencias sociales
Ciclos formativos de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas:
CFGM de Conducción de Actividades Fisicodeportivas en el Medio Natural
CFGS de Animación de Actividades Físicas y Deportivas
Enseñanzas deportivas de régimen especial:
Modalidades presencial y semipresencial de las enseñanzas de grado medio de las titulaciones siguientes:Técnico deportivo en Fútbol
Técnico deportivo en Fútbol Sala
Técnico deportivo en Atletismo
Técnico deportivo en Baloncesto
Técnico deportivo en Balonmano
Técnico deportivo en Salvamento y Socorrismo
Técnico deportivo en Media Montaña, técnico deportivo en Barrancos y técnico deportivo en Escalada (de los deportes de Montaña y Escalada)
Técnico deportivo en las disciplinas hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo y la disciplina de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre
Técnico deportivo en Vela con Aparejo Fijo y técnico deportivo en Vela con Aparejo Libre
Técnico deportivo en Piragüismo en Aguas Tranquilas
Modalidad presencial de las enseñanzas de grado medio de la titulación siguiente:
Técnico deportivo en Buceo con Escafandra Autónoma
Modalidades presencial y semipresencial de las enseñanzas de grado superior de las titulaciones siguientes:
Técnico deportivo superior en Fútbol
Técnico deportivo superior en Fútbol Sala
Técnico deportivo superior en Atletismo
Técnico deportivo superior en Baloncesto
Técnico deportivo superior en Balonmano
Técnico deportivo superior en Salvamento y Socorrismo
Técnico deportivo superior en Escalada (de los deportes de Montaña y Escalada)
Técnico deportivo superior en Vela con Aparejo Fijo y técnico deportivo superior en Vela con Aparejo Libre
4. Establecer que la Consejería de Educación y Universidad adopte las medidas oportunas para la implantación de las enseñanzas que se disponen en esta Resolución.
5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa
Palma, 6 de febrero de 2018
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà