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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 1290
Consejo Ejecutivo. Concesión de ayudas del Consell Insular de Menorca a las escuelas infantiles de Menorca con alumnos de primer ciclo de educación infantil (0-3 años) para 2017

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Texto

Se hace público que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en sesión extraordinaria de día 21 de diciembre de 2017, de conformidad con las bases aprobadas en fecha 25.9.2017 y publicadas en el BOIB núm. 125 de 12.10.2017, adoptó el siguiente acuerdo:

Conceder a las escuelas infantiles de Menorca con alumnos de primer ciclo de educación infantil (0-3 años) las ayudas siguientes:

AJUNTAMENT DES MERCADAL………………....... 8.998 €

E.I ARC DE SANT MARTÍ 8.998 €

AJUNTAMENT DE MAÓ………………………..…… 55.976 €

E.I. ES BUSQUERETS 15.251 €

E.I. ES PASSERELLS 13.932 €

E.I. FORT DE L’EAU 10.969 €

EI CAP DE CREUS 9.917 €

E.I. SANT CLIMENT 5.907 €

AJUNTAMENT DE CIUTADELLA………................. 59.893

E.I. SA GALERA 13.648 €

E.I. ES MUSSOL 11.565 €

E.I. ES PORIOL 13.227 €

E.I. JOGUINA 8.460 €

E.I. ROSER GENER 12.994 €

AJUNTAMENT DES CASTELL……………...... 10.532 €

E.I. ES CASTELL 10.532 €

AJUNTAMENT DE FERRERIES……………… 14.174 €

E.I. DE FERRERIES 14.174 €

AJUNTAMENT DE SANT LLUÍS…………….... 11.028 €

E.I. SES CANALETES 11.028 €

AJUNTAMENT DES MIGJORN GRAN………... 3.065 €

E.I. XIBIT 3.065 €

AJUNTAMENT D'ALAIOR……………………,, 13.924 €

E.I. ES POUET 13.924 €

E.I. XIPELL DE CIUTADELLA……………….... 12.331 €

E.I. LA SALLE MAÓ…………………………….. 10.078 €

TOTAL……………............................................. 200.000 €

 

Interposición de recursos

Contra este acuerdo que no agota la via administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dia siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma

Maò, (Fecha firma electrónica: 26/01/18)

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón