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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

Núm. 1272
Primer periodo de cobro

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Texto

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Reglamento general de recaudación y tal como dispone el acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Artà de 30 de noviembre de 2010, se publica este anuncio para dar a conocer que el primer periodo de cobro voluntario es del 1 de marzo al 30 de abril (impuesto sobre vehículos de tracción mecánica; impuesto sobre gastos suntuarios; tasa del Cementerio Municipal; tasa sobre entrada de vehículos y reserva de aparcamientos; tasa por recogida, transferencia, transporte y tratamiento de los residuos sólidos urbanos; tasa por la prestación del servicio de alcantarillado; tasa por licencias de autotaxi y otros vehículos de alquiler, y tasa por el aprovechamiento de terrenos de dominio público con cajeros automáticos con acceso directo desde de la vía pública).

Los contribuyentes afectados podrán realizar el pago de sus deudas tributarias, previa presentación de los documentos cobratorios para su correspondiente validación en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades financieras siguientes:

CAIXABANK, BANCO DE SABADELL, BANCA MARCH, BANCO SANTANDER

Al mismo tiempo se recuerda que, para mayor comodidad, puede domiciliar los recibos municipales en cualquier entidad bancaria o caja de ahorros, como dispone el artículo 25.2 RD 939/2005, del Reglamento General de Recaudación.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas se exigirán y acreditarán por vía de apremio, devengándose los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y las costas que se produzcan, tal como dispone el artículo 24.d) del RD 939/2005, del Reglamento General de Recaudación y del artículo 161.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

 

Artà, 2 de febrero de 2018

El alcalde,

Manuel Galán Massanet