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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 1125
Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera en sesión ordinaria celebrada el 26 de enero de 2018 de aprobación inicial del proyecto de compensación de propietario único y escritura de reparcelación de la Unidad de Actuación denominada UA POL-04, situada en la zona industrial, polígono 7, parcela 43 de Formentera

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Texto

Por acuerdo de la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2018 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

ACUERDO

Primero.- APROBAR INICIALMENTE el proyecto de compensación según proyecto de reparcelación voluntaria con compensación sin visar de fecha 21.07.2014, modificaciones de proyecto de compensación de fecha 08.11.2016 y modificación de proyecto de compensación de fecha 09.06.2017, redactado por el arquitecto Sr. Xavier Olivella Rius, y la Escritura de Reparcelación Voluntaria, protocolo núm. 709 del año 2017 firmada ante el notario Sr. Javier González Granado. El proyecto de compensación y la Escritura de Reparcelación voluntaria se promueven por PROMOTORA INMOBILIARIA FORMENTERA, S.A. con la finalidad de:

· Fijar los límites de la UA.

· Concretar la adjudicación de las parcelas resultantes de la UA POL-04.

· Cesión de los suelos correspondientes a favor del Consejo Insular de Formentera.

Segundo.- Someter el acuerdo de aprobación inicial y el proyecto a INFORMACIÓN PÚBLICA por un plazo de un mes para la presentación de alegaciones, mediante anuncio al BOIB, a uno de los diarios de mayor circulación y a la página web del Consell insular de Formentera.

Tercero.- CONSIDERAR que, si durante el periodo de información pública no hay alegaciones a la aprobación inicial, no habrá que volver a informar por parte de la CTA. En cualquier caso, la aprobación definitiva corresponderá al Pleno.

Cuarto.- Previa aprobación definitiva del proyecto de reparcelación en la modalidad de compensación, el propietario debido al cumplimiento del deber de cesión de los terrenos correspondientes al aprovechamiento atribuible a la administración, tendrá que efectuar el pago de la PRESTACIÓN ECONÓMICA SUBSTITUTORIA POR UN IMPORTE DE 625.076,33€

Quinto.- Así mismo, una vez aprobados inicialmente, se deberá NOTIFICAR a los promotores y a los propietarios.

En cumplimiento del dispuesto al apartado segundo del acuerdo mencionado anteriormente, se hace público que los mencionados documentos permanecerán expuestos al público en las dependencias del Consell Insular de Formentera, área de Urbanismo, durante un plazo de UN MES a contar desde la última publicación, para que cualquier persona pueda formular las alegaciones que estime convenientes.

 

Formentera, a 31 de gener de 2018

El Presidente del Consell Insular de Formentera

Jaume Ferrer Ribas