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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 1206
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de febrero de 2018 de ratificación del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Servicios Generales relativo a la implantación efectiva del segundo y tercer tramo del punto 7 del Acuerdo firmado entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, STEI-i, UGT y USO mediante el cual se determinan los criterios y las líneas generales del proceso negociador para la adopción de acuerdos en materia de función pública, en el ámbito de la Mesa Sectorial de Servicios Generales y del Personal Laboral, para el período 2008-2011

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Texto

En fecha 20 de noviembre de 2009, las representaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, STEI-i, UGT y USO firmaron un acuerdo relativo a la reprogramación de los puntos 5 y 7 del Acuerdo firmado entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, STEI-i, UGT y USO mediante el cual se determinan los criterios y las líneas generales del proceso negociador para la adopción de acuerdos en materia de función pública, en el ámbito de la Mesa Sectorial de Servicios Generales y del Personal Laboral, para el periodo 2008-2011. Este acuerdo fue ratificado por el Consejo de Gobierno en fecha 26 de febrero de 2010 y publicado en el número 37 del Boletín Oficial de las Illes Balears, de 6 de marzo de 2010.

La aplicación de este acuerdo, en cuanto al punto relativo a la homogeneización de los complementos específicos, se suspendió, como consecuencia de la grave situación económica y financiera de nuestra comunidad, por la disposición adicional cuarta de la Ley 6/2010, de 17 de junio, por la que se adoptan medidas urgentes para la reducción del déficit público. Esta suspensión se ha prolongado a lo largo de los años a través de las diferentes leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, hasta la Ley 13/2017, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018, que ya no prevé esta suspensión.

Dado el tiempo que ha transcurrido desde el Acuerdo inicial y vistos sus términos, se hace necesario establecer un nuevo calendario de los efectos de la implantación de este acuerdo con respecto al segundo y al tercer tramos, hasta ahora suspendidos. En fecha 26 de enero de 2018, las representaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de las organizaciones sindicales CCOO, CSI-F STEI-intersindical y USO suscribieron un acuerdo en esta materia.

De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, corresponde al Consejo de Gobierno dar validez y eficacia a los acuerdos alcanzados mediante la aprobación expresa y formal de estos acuerdos. El artículo 38.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, dispone que, para que los acuerdos que versen sobre materias de competencia de los consejos de gobierno de las comunidades autónomas tengan validez y eficacia, requieren la aprobación expresa y formal de este órgano, y que «cuando tales acuerdos hayan sido ratificados y afecten a temas que pueden ser decididos de forma definitiva por los órganos de gobierno, el contenido de los mismos será directamente aplicable al personal incluido en su ámbito de aplicación, sin perjuicio de que a efectos formales se requiera la modificación o derogación de la normativa reglamentaria correspondiente, en su caso.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, en la sesión del día 2 de febrero de 2018 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Ratificar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Servicios Generales relativo a la implantación efectiva del segundo y tercer tramo del punto 7 del Acuerdo firmado entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, STEI-i, UGT y USO mediante el cual se determinan los criterios y las líneas generales del proceso negociador para la adopción de acuerdos en materia de función pública, en el ámbito de la Mesa Sectorial de Servicios Generales y del Personal Laboral, para el periodo 2008-2011, el cual se adjunta como anexo.

Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 2 de febrero de 2018

La secretaria del Consejo de Gobierno

 Pilar Costa i Serra

 

ANEXO I
Acuerdo de la Mesa Sectorial de Servicios Generales relativo a la implantación efectiva del segundo y tercero tramos del punto 7 del acuerdo firmado entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, STEI-i, UGT y USO mediante el cual se determinan los criterios y las líneas generales del proceso negociador para la adopción de acuerdos en materia de función pública, en el ámbito de la Mesa Sectorial de Servicios Generales y del Personal Laboral, para el periodo 2008-2011

En fecha 20 de noviembre de 2009, las representaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, STEI-i, UGT y USO firmaron un acuerdo relativo a la reprogramación de los puntos 5 y 7 del Acuerdo firmado entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, STEI-i, UGT y USO mediante el cual se determinan los criterios y las líneas generales del proceso negociador para la adopción de acuerdos en materia de función pública, en el ámbito de la Mesa Sectorial de Servicios Generales y del Personal Laboral, para el periodo 2008-2011. Este acuerdo fue ratificado por el Consejo de Gobierno en fecha 26 de febrero de 2010 y publicado en el número 37 del Boletín Oficial de las Illes Balears, de 6 de marzo de 2010.

El Acuerdo preveía una homogeneización y una reducción de los tramos de los complementos específicos de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral, la cual debía llevarse a cabo de manera progresiva. Se fijó un calendario que preveía su implantación parcial para los días 1 de enero de 2009, 1 de enero de 2011 y 1 de enero de 2012. La aplicación de este acuerdo, en cuanto al punto relativo a la homogeneización de los complementos específicos, se suspendió, como consecuencia de la grave situación económica y financiera de nuestra comunidad, por la disposición adicional cuarta de la Ley 6/2010, de 17 de junio, por la que se adoptan medidas urgentes para la reducción del déficit público. Esta suspensión se ha prolongado a lo largo de los años a través de las diferentes leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears hasta la Ley 13/2017, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018, que ya no prevé esta suspensión.

Dado el tiempo que ha transcurrido desde el Acuerdo inicial y vistos sus términos, se hace necesario establecer un nuevo calendario de los efectos de la implantación de este acuerdo con respecto al segundo y tercer tramos hasta ahora suspendidos.

Por todo ello, en fecha de 26 de enero de 2018, las representaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de las organizaciones sindicales CCOO, CSI·F STEI-intersindical y USO adoptan el siguiente

Acuerdo

1. Aplicación

La aplicación efectiva del segundo y del tercer tramo de la homogeneización de los complementos específicos prevista en el punto 7 del Acuerdo entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, STEI-i, UGT y USO de 18 de julio de 2008 debe llevarse a cabo de la siguiente manera:

— 1 de enero del año 2018: 66 %.

— 1 de enero del año 2019: 100 %.

2. Ratificación del Acuerdo

Este acuerdo se elevará al Consejo de Gobierno para que lo ratifique y ordene su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Marratxí, 26 de enero de 2018

Por la Administración                                 Por las organizaciones sindicales

                                                           CCOO        STEI-intersindical           CSI·F     USO