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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 1153
Convocatoria para la provisión de cinco plazas de Sargento –a del Consell de Mallorca, por promoción interna

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Texto

El Presidente del Consell de Mallorca, en fecha 30  de enero de 2018, ha dictado el siguiente Decreto:

«El Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca, en fecha 21 de mayo de 2015, aprobó la oferta de empleo público para el año 2015, en la cual se incluyeron cinco plazas de Sargento –a, por promoción interna, encuadradas en el subgrupo C1, escala de Administración especial, subescala de Servicios especiales, clase de Servicio de extinción de incendios. El mencionado acuerdo de aprobación de la oferta de empleo público se publicó en el BOIB nº. 80, de 28 de mayo de 2015.

Mediante otro acuerdo del Consejo Ejecutivo, de día 4 de octubre de 2017, publicado en el BOIB nº. 132, de 28 de octubre de 2017, se aprobaron las bases generales para la promoción interna del área operativa del Servicio de Bomberos del Consell de Mallorca, por el sistema de concurso oposición, las cuales han resultado modificadas parcialmente por distintos acuerdos de la Comisión de Gobierno del Consell de Mallorca, de 11 de enero de 2018, de estimación parcial de varios recursos de alzada interpuestos contra el acuerdo de aprobación, publicados en el BOIB nº. 10, de 20 de enero de 2018. 

Vista la necesidad de proceder, con carácter prioritario, a la provisión de plazas vacantes de Sargento –a del Servicio de Bomberos de Mallorca, con la finalidad de dar estabilidad a las dotaciones de personal del Servicio.

Dado que corresponde a la Presidencia de la Corporación, a propuesta de la Consejera Ejecutiva de Modernización y Función Pública efectuar la correspondiente convocatoria, de acuerdo con aquello que prevé el artículo 9.2.w) de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares, en relación con el artículo 102.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 9.c).3 del Decreto de Organización del Consell de Mallorca, de 9 de junio de 2017.

Por todo el expuesto, a propuesta de la Consejera Ejecutiva de Modernización y Función Pública, dicto el siguiente

DECRETO

Primero.- Convocar las pruebas selectivas para la provisión, por promoción interna, mediante el sistema de concurso oposición, de cinco plazas de Sargento -a vacantes en la plantilla de personal funcionario del Servicio de Bomberos del Consell de Mallorca.

Segundo.- La presente convocatoria se rige por las bases aprobadas por acuerdo del Consejo Ejecutivo, de 4 de octubre de 2017 (BOIB nº. 132, de 28 de octubre de 2017), con las modificaciones parciales introducidas por distintos acuerdos de la Comisión de Gobierno, de 11 de enero de 2018, de estimación parcial de varios recursos de alzada interpuestos contra el acuerdo de aprobación, publicados en el BOIB nº. 10, de 20 de enero de 2018.

Tercero.- La convocatoria se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y su anuncio en el Boletín a Oficial del Estado.

Quart.- Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se tienen que presentar dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en la forma prevista en la base 4 de las que rigen la convocatoria.

Quinto.- Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

b) El recurso de reposición potestativo ante la Presidencia del Consell de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de reposición.

Si ha transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición potestativo y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.»

 

Palma, 30 de enero de 2018

Por delegación del presidente, el secretario general por sustitución,

(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB nº. 114, de 28 de julio de 2015)

Antoni Benlloch Ramada