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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLOSETA

Núm. 1101
Aprobación definitiva expediente de modificación de crèdito 4/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En cumplimiento del articulo 169.3, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no presentar-se alegaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo pleno de día 27/11/2017, sobre el expediente de modificación de créditos núm. 4/2017 en la modalidad de crédito extraordinaria y suplemento de créditos, lo que se hace pública, resumida por capítulos, el estado de ingresos y  gastos definitivos del Presupuesto para el 2017.

PRESSUPOST DE DESPESES

CAPITULO

CONSIGNACIÓN INICIAL

MODIFICACIÓN

CONSIGNACIÓN DEFINITIVA

I. GASTOS PERSONAL

2.514.657,88

2.514.657,88

II. GASTOS EN BIENES CTS…

1.666.597,61

1.666.597,61

III. GASTOS  FINANCIEROS

13.700,00

13.700,00

IV. TRANSFERENCIAS CORRIENTES

669.358,69

669.358,69

VI. INVERSIONES REALES

63.107,53

63.107,53

V. FONDO DE CONTINGÈNCIA

713.879,83

 +13.767,25

-13.767,25

713.879,83

VII. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

0,00

0,00

VIII. ACTIVOS FINANCIEROS

0,00

0,00

IX. PASIVOS FINANCIEROS

151.784,80

151.784,80

TOTALES

5.793.086,34

0,00

5.793.086,34

PRESSUPOST D’INGRESSOS

CAPITULO

PREVISIÓN INICIAL

MODIFICACIÓN

PREVISIÓN DEFINITIVA

I. IMPUESTOS DIRECTOS

2.379.990,64

2.379.990,64

II. IMPUESTOS INDIRECTOS

83.000,00

83.000,00

III. TASAS Y OTROS INGRESOS

1.089.270,27

1.089.270,27

IV. TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1.508.525,60

1.508.525,60

V. INGRESOS PATRIMONIALES

23.420,00

23.420,00

VI. ALIENACIÓN INVERSIONES REALES

0,00

0,00

VII. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

566.503,77

566.503,77

VIII. ACTIVOS FINANCIEROS

0,00

0,00

IX. PASIVOS FINANCIEROS

142.376,06

142.376,06

TOTALES

5.793.086,34

0,00

5.793.086,34

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

 

Sin perjuicio, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

(Fecha de la firma:  25/01/2018

José María Muñoz Pérez)