Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 1044
Convocatoria de subvenciones en materia de acción social para asociaciones y/o entidades sin ánimo de lucro correspondientes al año 2017
La Junta de Gobierno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de diciembre de 2017, aprobó las bases que a continuación se transcriben:
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL PARA ASOCIACIONES Y/O ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO CORRESPONDIENTES AL AÑO 2017
1. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación
El objeto de esta convocatoria es fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las ayudas económicas dirigidas a dar soporte al financiamiento de las actuaciones que en materia de servicios sociales hayan realizado las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro a lo largo del año 2017, de acuerdo con las características y requisitos que establecen estas bases.
La concejalía de Política Social del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia pretende fomentar aquellas actividades destinadas a la atención y mejora de las condiciones de vida de las personas mayores, menores, mujeres, personas con discapacidad, personas con enfermedad mental y otras enfermedades, así como de personas en situación de riesgo de exclusión social.
La finalidad de esta convocatoria es dar soporte, mediante una subvención económica, a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que impulsen proyectos de intervención social y sociosanitarios dirigidos a colectivos en situación de vulnerabilidad social en las áreas especificadas.
Las subvenciones podrán financiar gastos de actividades, programas y proyectos que se realicen del 1 de enero al 31 de diciembre del 2017, por los siguientes conceptos:
- Actividades de carácter preventivo, de información, de atención y de soporte social, psicológico y emocional dirigido a los colectivos mencionados.
- Actividades de inserción, rehabilitación e integración sociolaboral de personas y/o colectivos con dificultades sociales, más desfavorecidos y/o excluidos socialmente.
- Actuaciones que complementen programas de asistencia, inserción y reinserción social de la red de servicios sociales de las administraciones públicas.
- Actividades de ocio y tiempo libre dirigidas a los colectivos mencionados.
2. Régimen jurídico
La presente convocatoria se somete a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, al Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en todo aquello que sea de aplicación, por la Ordenanza general de bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep publicada en el BOIB núm. 66 de 30 de mayo de 2017 y por el Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia para el año 2017 (BOIB núm.53, de 4 de mayo de 2017).
Esta convocatoria se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y será publicada en el BOIB y la BDNS.
3. Consignación presupuestaria
La cuantía máxima de las subvenciones que se podrá conceder en esta convocatoria es de 50.000,00 € con cargo a la partida presupuestaria 231 48013 “Soporte entidades sociales” del presupuesto vigente de la corporación del ejercicio 2017, financiada con fondos propios del Ayuntamiento.
4. Requisitos generales
Pueden ser solicitantes y/o beneficiarios de las subvenciones las asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades, programas y proyectos de intervención social y sociosanitaria para la atención y mejora de los colectivos mencionados en el punto 1, y que cumplan los requisitos siguientes:
- Estar legalmente constituidas.
- Estar registradas en el Registro de Servicios Sociales previsto en la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares.
- Tendrá que constar fehacientemente en sus estatutos que no tienen ánimo de lucro.
- Tener su domicilio social o una delegación en la isla de Ibiza, y que además, desarrollen habitualmente sus actividades. Excepcionalmente también podrán solicitar esta subvención las entidades o las asociaciones de lucha contra el cáncer con domicilio social en las islas Baleares que ofrezcan acogida y soporte psicosocial a residentes del municipio de Sant Josep de sa Talaia y a sus familias cuando se han de desplazar al hospital de referencia de las Islas Baleares, a otro centro público de la comunidad autónoma de las Islas Baleares o a otra comunidad autónoma para el diagnóstico y el tratamiento de la enfermedad.
- Acreditar que sus actividades benefician a ciudadanos de nuestro municipio.
- Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de la actividad para la cual se solicita la subvención.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario, establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Encontrarse al corriente en materia de reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia (art. 25 RLGS).
5. Presentación de solicitudes
Las solicitudes de subvención se dirigirán a la alcaldia del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y se formalizarán mediante instancia según el modelo normalizado que figura en el anexo 1 de esta convocatoria, acompañada de la documentación requerida señalada en la base sexta.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia o, en las dependencias municipales de Cala de Bou y Sant Jordi o en cualquiera de los medios previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si la solicitud se entrega en un lugar diferente al Ayuntamiento, las personas solicitantes de la subvención han de enviar por correo electrónico la hoja de solicitud con el sello de entrada dentro de plazo al departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, (serveissocials@santjosep.org) durante las veinticuatro horas siguientes, como máximo, a la finalización del plazo hábil.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contando a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.
Corrección de defectos de las solicitudes: Si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en la normativa de la convocatoria, el órgano instructor ha de requerir a la persona/entidad interesada que lo enmiende en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que, si no lo hace, se considerará que ha desistido de la solicitud, con la resolución previa que se ha de dictar en los términos que prevé el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
6. Documentación
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Hoja de solicitud mediante modelo normalizado (impreso 1).
- Certificado de el/la secretario/aria que acredite que la persona solicitante es el/la representante legal de la entidad (impreso 2).
- Copia compulsada del documento nacional de identidad de el/la representante legal.
- Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal (CIF) de la entidad.
- Copia compulsada del documento acreditativo de la inscripción de la entidad o asociación al registro correspondiente.
- Copia compulsada del documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro de Servicios Sociales previsto en la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares.
- Copia compulsada de los estatutos inscritos en el Registro de Asociaciones de las Islas Baleares, en los cuales habrá de constar explícitamente la inexistencia de ánimo de lucro, así como el ámbito territorial de la entidad o asociación.
- Ficha presentación proyecto (Impreso 3).
- Memoria descriptiva de las actividades y/o proyecto por los cuales se solicita la subvención y que se realizarán dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, con el presupuesto estimativo de ingresos y gastos.
- Declaración del representante legal de la asociación que la entidad que representa dispone de la estructura y los medios necesarios para llevar a término el proyecto y/o actividades para las cuales solicita la subvención; que no está inhabilitada para contratar con las administraciones públicas o para obtener la subvención; de estar facultado el solicitante para actuar en nombre de la entidad y de no incurrir en esta entidad ninguna de las causas contemplada en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones; encontrase al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Sant Josep y encontrarse al corriente en materia de reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia. (Impreso 4).
- Declaración de las subvenciones solicitadas/obtenidas para la misma finalidad, y compromiso de comunicar a la entidad local las que se obtengan en un futuro (impreso 5).
- Autorización para tener información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Impreso 6). No obstante, la persona solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento. En este caso, la entidad tendrá que aportar los certificados acreditativos de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social durante la exposición de la propuesta de resolución provisional.
- Solicitud de transferencia bancaria para el pago del importe de la subvención, en el caso de que no se haya aportado con anterioridad (impreso 7).
- Certificado del número total de personas atendidas y del número total de personas atendidas del término municipal de Sant Josep en el año 2016 y previsión para el 2017 (Impreso 8).
- Declaración responsable sobre la situación relativa al IVA del solicitante. (impreso 9).
El Ayuntamiento puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para evaluar correctamente la solicitud.
Nota. Si los documentos exigidos en la solicitud ya se hubieran presentado en el Ayuntamiento en otra ocasión, el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el artículo 53.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos.
Nota. En la propuesta de resolución provisional, el Ayuntamiento de Sant Josep constatará de oficio que los beneficiarios están al corriente de sus obligaciones tributarias, ante la Seguridad Social y con el mismo Ayuntamiento de Sant Josep. En caso de no poderlo acreditar, esto será motivo de exclusión de la subvención y de nueva propuesta motivada con posible prorrateo del resto.
Si alguna asociación no autoriza al Ayuntamiento a poder comprobar de oficio que están al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, tendrán que aportar en el plazo concedido en la propuesta de resolución provisional la documentación requerida.
7. Procedimiento de concesión de las ayudas y notificación
La concesión de la subvención se llevará a cabo mediante el régimen de concurrencia competitiva.
La cuantía de la subvención se determinará de acuerdo con los siguientes criterios:
- Ninguna subvención podrá superar la cantidad máxima de 10.000 euros.
- Ninguna subvención podrá superar, en ningún caso, el porcentaje máximo del 100 % del gasto subvencionable.
La cantidad de las subvenciones se determinará en función del importe global de la convocatoria y de la valoración total en puntos de las solicitudes, dividiendo el importe global entre el número de puntos de valoración totales de todas las solicitudes, lo que dará el valor en euros del punto. La cantidad individual a conceder se calculará de la siguiente manera: valor en euros del punto multiplicado por la valoración individual de la subvención, siempre teniendo en cuenta los límites establecidos.
Solamente serán seleccionados los expedientes que, reuniendo los requisitos señalados en el punto 4, lleguen al mínimo de puntos mencionados en la base 8 de esta convocatoria.
Cada asociación y entidad privada únicamente podrá presentar a esta convocatoria una única solicitud de subvención para llevar a cabo un proyecto.
Se establece, como único medio de notificación de todos los actos (tanto los de trámite como los resolutorios o definitivos) del presente procedimiento, el tablón de anuncios del Ayuntamiento y la página web del Ayuntamiento (www.santjosep.org).
8. Criterios de valoración
La valoración tendrá un máximo de 70 puntos y se hará de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Número de personas beneficiarias del municipio, hasta un máximo de 20 puntos. En caso de actos de divulgación o información, como charlas, congresos, exposiciones, etc., se puntuarán con un máximo de 10 puntos en total.
2. Número de personas beneficiarias a las cuales va dirigido el proyecto (máximo 5 puntos):
3. Grado de descentralización del proyecto, favoreciendo de esta manera su proximidad a los usuarios (máximo 10 puntos):
4. Recursos humanos: personal propio contratado necesario para desarrollar el proyecto (máximo 10 puntos)
5. Recursos humanos: Profesionales autónomos necesarios para desarrollar el proyecto (máximo 5 puntos):
6. En relación a la existencia de personal voluntario para realizar las actividades (máximo 1 punto):
7. Complementariedad del proyecto (máximo 3 puntos):
8. Consolidación del proyecto: (máximo 3 puntos):
9. En relación con los objetivos (máximo 3 puntos):
10. En relación a las actividades: para poder visualizar de manera más clara posible en qué consistirá: (máximo 3 puntos)
11. Aspectos innovadores. Se valorará que el contenido del proyecto contemple aspectos innovadores. (máximo 1 punto):
12. En relación al espacio donde se desarrolla el proyecto (máximo 3 puntos):
13. Fondos de financiación del proyecto (máximo 3 puntos):
Solamente, podrán obtener subvención aquellas asociaciones o entidades que, reuniendo los requisitos exigidos, lleguen al mínimo de 20 puntos.
9. Compatibilidad de ayudas
Las subvenciones que se otorguen de acuerdo con esta convocatoria son compatibles con la que puedan otorgar otras entidades públicas o privadas por las mismas actividades, programas o proyectos.
En ningún caso, la suma total de las ayudas percibidas, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, podrá ser superior al coste total de la actividad subvencionada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.3 de la Ley general de subvenciones.
10. Órgano colegiado
El órgano colegiado realizará la valoración técnica de las solicitudes y elevará un informe al órgano instructor, el cual formulará la propuesta de resolución, que cuando sea definitiva, elevará al órgano resolutorio para las oportunas concesiones de subvenciones
Estará formado por los siguientes miembros:
El órgano colegiado tiene atribuidas las siguientes funciones:
11. Instrucción y resolución
El órgano instructor del procedimiento será un/a técnico/a del Departamento de Bienestar Social del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, que llevará a término las actuaciones a las cuales se refieren el art. 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el artículo 12 de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.
El órgano instuctor, a la vista del expediente y el informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que habrá de notificar a los interesados, concediéndoles un plazo de 10 días para formular alegaciones. Dentro de este mismo plazo, si procede, se comprovará que las asociaciones beneficiarias están al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.
Finalizado este plazo y examinadas las alegaciones que, si fuese el caso, hubiesen presentado los interesados, el órgano instructor, con el informe previo del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución definitiva que dirigirá al órgano competente para resolver, el cual dictará la resolución definitiva con la relación de solicitantes, la cantidad, la evaluación detallada y los criterios que se han tenido en cuenta.
La propuesta de resolución provisional y definitiva no crea ningún derecho a favor del beneficiario ante la Administración, mientras no se le haya notificado la resolución de la concesión.
Una vez publicada la propuesta de resolución definitiva, los beneficiarios han de comunicar al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia si aceptan la subvención o renuncian a ella. En cualquier caso, si el beneficiario no hace constar lo contrario en el plazo de ocho días hábiles desde la publicación de la propuesta de resolución definitiva, se entenderá que acepta la subvención que se le ha adjudicado.
La resolución de la concesión, de acuerdo con el artículo 14a) de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, tendrá que contener la relación de entidades beneficiarias a las cuales se otorga subvención con las cuantías individualizadas, especificando los criterios de valoración seguidos, así como la desestimación y la no concesión, por desistimiento, renuncia al derecho o imposibilidad material sobrevenida de las solicitudes no atendidas.
El órgano competente para resolver esta convocatoria de subvenciones es el Alcalde de l’Ajuntament de Sant Josep de sa Talaia, sin perjuicio que pueda ser asistido por la Junta de Gobierno Local, según las atribuciones que le confiere el artículo 23.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y en relación con el artículo 10.4 de la Ley 38//2003 general de subvenciones.
De acuerdo con el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento no excederá los seis meses, contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB. De acuerdo con el artículo 25.5 de la LGS, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada la solicitud de concesión de la subvención por silencio administrativo.
La resolución será pública de conformidad con lo que prevé el artículo 18.2 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.
12. Obligaciones de las entidades beneficiarias
Las entidades beneficiarias de las subvenciones estarán obligadas a:
1. Llevar a término la actividad subvencionada que fundamenta la concesión de la subvención.
2. Justificar debidamente la realización de la actividad, como también el cumplimiento de los requisitos y de las condiciones que determinen la concesión de la subvención. En este sentido, se presentará una memoria explicativa de las actividades subvencionadas juntamente con la justificación económica.
3. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección que pueda efectuar el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y aportar toda la información y documentación que le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones.
4. Comunicar al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia la solicitud o la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada, nacional o internacional. Esta comunicación ha de hacerse en el plazo de diez días hábiles a contar a partir de la recepción de la notificación de concesión de la subvención por parte del órgano concedente y, en todo caso, en justificar la aplicación que se haya dado a los fondos percibidos.
5. Comunicar al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia cualquier eventualidad que altere o dificulte el desarrollo de la actividad subvencionada, para que se pueda proceder, si es el caso, a modificar el contenido y la cantidad de la actividad subvencionada, la forma y los plazos de ejecución o la justificación de los correspondientes gastos.
6. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos, con inclusión de los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
7. Reintegrar los fondos percibidos en los supuestos previstos legalmente.
Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para conceder la ayuda y, en cualquier caso, la obtención de subvenciones incompatibles, puede dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
Así mismo, también quedan sometidas a todas aquellas obligaciones que se deriven de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y su Reglamento, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE núm. 176, de 25 de julio de 2006), en todo aquello que sea de aplicación.
13. Publicidad de los proyectos subvencionados
La publicación de las subvenciones concedidas se ha de hacer durante el mes siguiente de cada trimestre natural. Esta publicidad se llevará a cabo según indica el artículo 17 de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de San Josep.
14. Difusión de la subvención concedida por la entidad beneficiaria
Las entidades beneficiarias tendrán que dar adecuada publicidad al carácter público de la financiación del programa, actividad, inversión o actuación objeto de subvención. Se tendrá que hacer constar la colaboración del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, acompañado del escudo de la institución, en materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, placas conmemorativas, carteles, o bien en menciones realizadas en medios de comunicación u otros que resulten adecuados al objeto subvencionado y de eficacia equivalente a los mencionados.
15. Pago de la subvención y justificación de los gastos
El pago de la subvención se hará una vez se haya justificado correctamente el 100% de la ejecución del proyecto. La presentación de la justificación, en la forma y con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, y su comprobación de conformidad con los términos que establece el artículo 84 del RLGS, será condición indispensable para que se pueda proceder al reconocimiento de la obligación a favor de la entidad beneficiaria y a su pago.
La justificación de la subvención por parte de la persona o entidad beneficiaria se realizará mediante la aportación de una cuenta justificativa, debidamente rellenada y acompañada de la documentación acreditativa del gasto realizado. La cuenta tiene que contener una memoria de actuación y una memoria económica con el detalle previsto en el artículo 72 del RLGS.
Mediante la aportación de la cuenta justificativa se tendrá que acreditar la ejecución del 100 % del proyecto o de las actividades subvencionadas.
La cuenta justificativa se ha de presentar dentro del mes siguiente a la notificación de la resolución de la concesión y, además de lo que se ha dicho anteriormente, tendrá que contener la siguiente documentación:
1. Memoria de actuación con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Se ha de tratar de un informe detallado de las actividades realizadas que permita relacionar documentación económica justificativa presentada con las actividades realizadas.
Esta memoria irá acompañada de una ficha resumen memoria proyecto, donde se incluirá el número de personas usuarias atendidas del municipio de Sant Josep de sa Talaia debidamente identificadas, respetando la Ley orgánica 15/1999, de 13 de noviembre, de protección de datos de carácter personal, y la otra normativa aplicable en esta materia (justificación impreso 1).
2. Una memoria económica justificativa del 100% del coste del proyecto presentado, que ha de contener:
- Relación de los justificantes imputados: Relación de facturas u otros documentos justificativos de los gastos realizados, con identificación del acreedor, y del documento, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago. (Justificación impreso 2). Por otra parte, en el momento de la presentación de la justificación, se facilitará en formato Excel la mencionada lista de gastos a la dirección de correo electrónico del departamento de Servicios Sociales: serveissocials@santjosep.org.
- Documentación justificativa de los gastos realizados y acreditación de su pago: las facturas originales o los documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y la documentación acreditativa de su pago.
Estas facturas se han de presentar ordenadas y numeradas siguiendo la numeración otorgada en la relación de justificantes imputados en la cuenta justificativa y tendrán que ser estampilladas por la concejalía de Política Social y se tiene que indicar el importe de la factura que justifica la subvención.
La documentación acreditativa del pago según la forma de pago que haya utilizado la entidad beneficiaria ha de ser el siguiente:
a) Pago mediante transferencia bancaria o ingresos en una cuenta bancaria:
- Copia del justificante de la orden de transferencia bancaria o del documento bancario acreditativo del pago en el cual figuren el concepto de la transferencia o el ingreso, la fecha del documento, el importe, la identificación del concepto, para que quede identificado el pago de la factura, y los datos del ordenante y del destinatario, que han de coincidir con la persona beneficiaria y con el emisor de la factura, respectivamente.
- Extracto de la cuenta bancaria de la persona beneficiaria de la ayuda en el cual figure el cargo de esta transferencia.
b) Pago mediante cheque nominativo:
- Copia del cheque o pagaré nominativo emitido a nombre del proveedor que expide la factura o documento equivalente, siempre que esté vencido.
- Extracto de la cuenta corriente de la persona beneficiaria de la ayuda en el cual figure el cargo de este cheque o pagaré.
c) Pago mediante pagarés, letras de cambio o similares:
- Documento acreditativo del cargo a cuenta del efecto mercantil.
- Extracto de la cuenta en que figure el cargo del efecto mercantil.
Esta documentación se puede sustituir por un certificado o documento similar emitido por la entidad bancaria que contenga el titular y el número de cuenta en qué se ha cargado el efecto mercantil, el librador y el librado de la letra de cambio, la persona beneficiaria, el concepto por el cual se hace el efecto mercantil, el importe de la letra de cambio y la fecha de emisión de la letra y del abono por parte del librado.
d) Pago mediante tarjeta de crédito:
- Ticket de compra en el que figure el pago con tarjeta.
- Ticket de compra y resguardo del pago con la tarjeta en caso que no figure en el ticket de compra.
- Extracto de la cuenta en el que figure el cargo del pago con tarjeta. El extracto de la cuenta puede sustituirse por un certificado o título similar de la entidad bancaria en qué, como mínimo, conste el titular y el número de cuenta corriente en el que se carga el pago de la tarjeta, la persona beneficiaria, el concepto por el cual se hace la transferencia y, el importe y la fecha de la operación.
e) Pago mediante domiciliación bancaria:
- Notificación bancaria del cargo.
- Extracto bancario en el que figure el cargo de la domiciliación.
Esta documentación se puede sustituir por un certificado o título similar de la entidad bancaria en que conste el titular y el número de cuenta corriente en que se ha hecho el cargo y el ordenante del cargo, la persona beneficiaria, el concepto por el cual se hace el cargo y el importe y la fecha de la operación.
f) Pago en efectivo: recibo, firmado y sellado por el proveedor, en el cual se ha de especificar el gasto al que corresponde el pago, la fecha y la expresión “recibido en metálico”. Debajo de la firma tiene que figurar el nombre, los apellidos y el número de documento de identidad de la persona que firma.
- Una liquidación final de ingresos y gastos de las actuaciones subvencionadas firmada y sellada por el representante de la entidad.
- Una declaración responsable a efectos de justificación (justificación impreso 3).
3. Documentación acreditativa de haber dado adecuada publicidad de la subvención recibida por parte del Ayuntamiento.
Para el pago de la subvención, el Ayuntamiento podrá solicitar cualquier otra documentación o informe que considere adecuados.
16. Reformulación de solicitudes
Cuando la subvención tenga por objeto la financiación de actividades que se tengan que desarrollar por parte de la entidad solicitante y el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar a la entidad beneficiaria para la reformulación de su solicitud y así, ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable.
17. Gastos subvencionables
Se consideran gastos subvencionables, a efectos de esta convocatoria, aquellos que, de manera indudable, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y que se realicen en el plazo establecido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
Solamente se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado antes de finalizar el periodo de justificación.
Aspectos que se han de tener en cuenta en relación con los gasto subvencionables:
- En el caso de facturas de gasolina, tendrán que ir relacionadas con los vehículos que utilicen las entidades debidamente identificados con su matrícula y que estén expresamente señalados en el proyecto presentado.
- Se aceptaran recibos acompañados de un contrato o un acuerdo como justificativos del objeto de la subvención.
- Respecto a los gastos de mantenimiento de la entidad (alquiler, luz, agua…) no se podrá imputar el 100% de estos gastos al proyecto presentado si este proyecto no supone la totalidad de las actividades que realiza la entidad.
- En caso de que se justifiquen nóminas y gastos de Seguridad Social, se tendrá que imputar el mismo porcentaje, y se habrán de desglosar los importes por trabajador y mes. Para los gastos de Seguridad Social tendrán que presentarse los correspondientes recibos de liquidación de cotizaciones TC1, TC2 y el correspondiente resumen detallado de las nóminas de los trabajadores.
- En el presupuesto que presenten las asociaciones o entidades, se podrá contabilizar el 100% de los gastos del personal que ofrece atención directa (auxiliares de ayuda a domicilio, fisioterapeutas, educadores y trabajadores sociales, psicólogos, etc.), así como personal administrativo y de limpieza, y solo hasta un máximo de un 25% del personal directivo, de gerencia o coordinación.
- Respecto a las actividades desarrolladas por entidades o asociaciones de lucha contra el cáncer que participen en esta convocatoria, únicamente se subvencionarán aquellos gastos que correspondan a la atención de personas residentes en Sant Josep de sa Talaia.
18. Gastos no subvencionables
No serán gastos subvencionables, además de los supuestos establecidos en la Ley:
- Adquisición de material para la celebración de actos dirigidos a la recaudación de fondos de la entidad.
- Bebidas alcohólicas.
- Gastos para la adquisición de bienes inventariables.
- Gastos de reforma y mejora del local de la entidad.
- Los intereses deudores de las cuentas bancarias, así como los intereses, los recargos y las sanciones administrativas y penales y los gastos de procedimientos judiciales.
- Los impuestos indirectos que puedan ser objeto de compensación o recuperación.
19. Revocación de las ayudas concedidas
De acuerdo con lo que dispone el artículo 43 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, se ha de revocar la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión válida y ajustada a derecho, el beneficiario incumple totalmente o parcialmente las obligaciones o los compromisos concretos a los cuales está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención. En este caso, quedará sin efecto el acto de concesión, totalmente o parcialmente, y se reintegrarán las cantidades percibidas indebidamente además del interés de demora correspondiente.
20. Reintegro de las subvenciones concedidas
Se estará a lo que dispone el artículo 27 de la Ordenanza general de las bases reguladoras de subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.
21. Régimen de recursos
Contra la resolución que recaiga en este procedimiento, la cual pondrá fin a la vía administrativa, se podrán interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
- Recurso potestativo de reposición delante del órgano que dictará la resolución, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución. Contra la desestimación expresa de recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
- Recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa, en el plazo de dos meses, a contar a partir de día siguiente de la notificación del acuerdo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sant Josep de sa Talaia, 25 de enero de 2018
EL ALCALDE,
Josep Marí Ribas
Impreso 1
SOLICITUD DE AYUDA ECONÒMICA – DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL
ENTIDAD SOLICITANTE
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CIF: |
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Bloque |
Esc.: |
Piso: |
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Otros: (Polígono, Nombre de la casa, etc.): |
Correo electrónico (*): |
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Teléfono: |
Móvil: |
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Número de inscripción en el Registro de Servicios Sociales: |
(*) Dirección de correo electrónico para el envío de los avisos regulados en el art. 41 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
PERSONA REPRESENTANTE
Presidente/a (Nombre y apellidos): |
Documento de identidad: |
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Teléfono: |
Correo electrónico (*): |
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Secretario/a (Nombre y apellidos): |
Documento de identidad: |
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Teléfono: |
Correo electrónico (*): |
SOLICITUD PARA EL PROYECTO O ACTIVIDAD
DECLARAN: Que desean realizar el siguiente proyecto o actividades para las cuales solicitan subvención:
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SE COMPROMETEN: A desarrollar las actividades que son objeto de subvención y las obligaciones que le corresponden como a beneficiarios/as de esta subvención, establecidas con carácter general en el artículo 14 de la Ley 38/2003 general de subvenciones (ejecutar el proyecto, justificación de fondos, someterse a las actuaciones de comprobación, presentar la documentación requerida, etc.), comunicar al Ayuntamiento de Sant Josep la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de otras entidades públicas o privadas. SOLICITAN La concesión de una subvención para las actividades presentadas, por un importe de:_________€
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DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:
( ) Hoja de solicitud mediante modelo normalizado (impreso 1). ( ) Certificado de el/la secretario/aria que acredite que la persona solicitante es el/la representante legal de la entidad (impreso 2). ( ) Copia compulsada del documento nacional de identidad de el/la representante legal. ( ) Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal (CIF) de la entidad. ( ) Copia compulsada del documento acreditativo de la inscripción de la entidad o asociación al registro correspondiente. ( ) Copia compulsada del documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro de Servicios Sociales previsto en la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares. ( ) Copia compulsada de los estatutos inscritos en el Registro de Asociaciones de las Islas Baleares, en los cuales habrá de constar explícitamente la inexistencia de ánimo de lucro, así como el ámbito territorial de la entidad o asociación. ( ) Ficha presentación proyecto (Impreso 3). ( ) Memoria descriptiva de las actividades y/o proyecto por los cuales se solicita la subvención y que se realizarán dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, con el presupuesto estimativo de ingresos y gastos. ( ) Declaración del representante legal de la asociación que la entidad que representa dispone de la estructura y los medios necesarios para llevar a término el proyecto y/o actividades por las cuales solicita la subvención; que no está inhabilitada para contratar con las administraciones públicas o para obtener la subvención; de estar facultado el solicitante para actuar en nombre de la entidad y de no incurrir en esta entidad ninguna de las causas contemplada en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones; encontrase al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Sant Josep, así como en materia de reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia. (Impreso 4). ( ) Declaración de las subvenciones solicitadas/obtenidas para la misma finalidad, y compromiso de comunicar a la entidad local las que se obtengan en un futuro (impreso 5). ( ) Autorización para tener información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Impreso 6). No obstante, la persona solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento. En este caso, la entidad tendrá que aportar los certificados acreditativos de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social durante la exposición de la propuesta de resolución provisional. ( ) Solicitud de transferencia bancaria para el pago del importe de la subvención, en el caso de que no se haya aportado con anterioridad (impreso 7). ( ) Certificado del número total de personas atendidas y del número total de personas atendidas del término municipal de Sant Josep en el año 2016 y previsión para el 2017 (Impreso 8). ( ) Declaración responsable sobre la situación relativa al IVA del solicitante. (impreso 9). ( ) Otra documentación............................................................................................................. |
Las asociaciones y/o entidades sin ánimo de lucro que hayan presentado en este Ayuntamiento cualquiera de estos documentos en virtud de anteriores convocatorias de subvenciones, en materia de acción social, solamente tendrán que aportar la documentación que sea necesario actualizar o renovar.
Sant Josep de sa Talaia, ___________ de_________________ de 2018
El/la presidente/a Sello de la entidad El/la Secretario/a
ILUSTRE SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
C. Pere Escanelles 12-16 - 07830 - Sant Josep de sa Talaia |Tel. 971800125 | www.santjosep.org
IMPRESO 2
CERTIFICAdo de representacióN de la AsociacióN
[1]______________________________________________________________ CON DNI ______________________ ,
SECRETARIO/A DE LA ASOCIACIÓN [2]____________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________
CON CIF_______________________________ ,
Visto el BOIB núm. ......, en fecha ....................... de 2018, la publicación de la convocatoria de subvenciones en materia de acción social para asociaciones y/o entidades sin ánimo de lucro correspondiente al año 2017.
CERTIFICO:
Que[3]............................................................ con DNI ................................ ejerce como representante de la asociación ..............................................
....................................................................................................................
Y, para que conste en el correspondiente expediente de subvención, expido este certificado.
Sant Josep de sa Talaia, ...... de................................. de 2018
(firma secretario/a y sello de la entidad)
[1] Nombre completo y DNI del secretario/a
2 Nombre completo y CIF de la entidad
3 Datos de la persona representada que firma la solicitud (nombre completo, DNI y nombre completo de la entidad)
Impreso 3
Ficha presentación proyecto
DATOS ASOCIACIÓN/ENTIDAD |
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RAZÓN SOCIAL |
CIF |
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DIRECCIÓN A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN |
Nº. |
BLOQUE |
ESC. |
PISO |
PUERTA |
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CP |
LOCALIDAD |
PROVINCIA |
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TELÉFONO 1 |
TELÉFONO 2 |
CORREO ELECTRÓNICO |
DATOS DE CONTACTO |
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PRESIDENTE/A: |
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TELÉFONO: |
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SECRETARIO/A: |
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TELÉFONO: |
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OTRO REPRESENTANTE: |
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TELÉFONO: |
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OTROS DATOS DE INTERÉS |
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AÑO DE FUNDACIÓN: |
Nº. REGISTRO ASOCIACIONES I. BALEARES: |
Nº. DE SOCIOS: |
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AÑO INICIO DEL PROYECTO: |
ATENCIÓN DOMICILIARIA: |
SÍ |
q |
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PUNTOS DE ATENCIÓN A USUARIOS (Especificar cuáles):
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NO |
q |
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2016 |
PREVISIÓN 2017 |
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Nº. PERSONAS ATENDIDAS:
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Nº. PERSONAS ATENDIDAS DE SANT JOSEP:
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NOMBRE DEL PROYECTO:
RESUMEN PROYECTO |
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RELACIÓN DE ACTIVIDADES PREVISTAS EN EL PROYECTO |
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(Firma del representante legal y sello de la entidad)
Impreso 4
Declaración condición de entidad beneficiaria
(1)_____________________________________________________________ CON DNI ______________________ ,
PRESIDENTE/A DE LA ASOCIACIÓN ______________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________
CON CIF_______________________________ ,
Vista la publicación de la convocatoria de subvenciones en materia de acción social para asociaciones y/o entidades privadas sin ánimo de lucro correspondiente al año 2017 del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.
DECLARO:
1. Que la entidad que represento dispone de la estructura y medios necesarios para llevar a término el proyecto y/o actividades para las cuales solicita subvención.
2. Que no se encuentra inhabilitada para contratar con las administraciones públicas o para tener subvención.
3. Que yo como solicitante, estoy facultado/a para actuar en nombre de la entidad.
4. Que no concurre en esta entidad ninguna de las causas contempladas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
5. Que la entidad que represento se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Sant Josep.
6. Que la entidad que represento se encuentra al corriente en materia de reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia (art. 25 RLGS).
Sant Josep de sa Talaia,…… de……………………….2018
Impreso 5
DECLARACIÓN DE LAS SUBVENCIONES OBTENIDAS PARA LA MISMA FINALIDAD Y COMPROMISO DE COMUNICAR A LA ENTIDAD LOCAL, LAS QUE SE OBTENGAN EN EL FUTURO.
(1)_____________________________________________________________ CON DNI ______________________ ,
PRESIDENTE/A DE LA ASOCIACIÓN______________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________
CON CIF_______________________________ , al efecto de solicitar subvenciones en materia de acción social para asociaciones y/o entidades privadas sin ánimo de lucro correspondiente al año 2017 del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.
DECLARO:
(Marque con una X la casilla correspondiente)
( ) Que no se ha solicitado/obtenido ninguna subvención para la misma finalidad procedente de cualquier administración o entidad pública o privada, nacional o internacional
( ) Que se han solicitado/obtenido para la misma finalidad las siguientes subvenciones:
Administración / Entidad |
Cuantía |
Estado (Solicitada o Concedida) |
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( ) Que el total de las ayudas percibidas pendientes de percibir no superaran el coste total del proyecto o actividades subvencionables.
Además, me comprometo a comunicar al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada, nacional o internacional en el plazo de diez días hábiles a contar a partir de su notificación de concesión, y en todo caso en justificar los fondos percibidos.
Sant Josep de sa Talaia,...... de................................. de 2018
(Firma el/la representante legal y sello)
Impreso 6
AUTORIZACIÓN PARA OBTENER INFORMACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ANTE LA SEGURIDAD SOCIAL PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL PARA ASOCIACIONES Y/O ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017
ENTIDAD SOLICITANTE: |
CIF: |
REPRESENTADA POR: |
DNI: |
DIRECCIÓN:: |
POBLACIÓN: |
TELÉFONO: |
AUTORIZO expresamente al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia
1. Para que pueda solicitar por medios telemáticos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) información relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias de la entidad solicitante.
2. Para que pueda consultar los datos ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de estar al corriente de pago con la Seguridad Social de la entidad solicitante.
En caso contrario, en el que NO otorgue el consentimiento para la consulta, marque la siguiente casilla:
( ) No doy mi consentimiento.
Fecha y firma:
Impreso 7
Impreso de transferencia bancaria
Impreso 8
CERTIFICADO NÚMERO personAs ATENDIDAS
[4]______________________________________________________________ CON DNI ______________________ ,
SECRETARIO/A DE LA ASOCIACIÓN [5]____________________________________________________________
______________________________________________________________________________________________
CON CIF_______________________________ ,
CERTIFICO:
Y, para que conste en el correspondiente expediente de subvención, expido este certificado.
Sant Josep de sa Talaia,...... de................................. de 2018
(Firma secretario/a y sello)
Impreso 9
Declaración responsable sobre la situación relativa al IVA de la entidad:
ENTIDAD SOLICITANTE : |
CIF: |
REPRESENTADA POR: |
DNI: |
DIRECCIÓN: |
POBLACIÓN: |
TELÉFONO: |
DECLARO:
Que, respecto al IVA de las facturas presentadas para justificar la subvención, la situación de la entidad beneficiaria es la siguiente:
Ejercicio 2016
( ) Somos consumidores finales y NO nos lo podemos deducir.
( ) No somos consumidores finales y nos lo podemos deducir hasta el ____% (si no se concreta ninguna cifra, se entiende el 100%)
Ejercicio 2017
( ) Somos consumidores finales y NO nos lo podemos deducir.
( ) No somos consumidores finales y nos lo podemos deducir hasta el ____% (si no se concreta ninguna cifra, se entiende el 100%)
Y, para que conste en el correspondiente expediente de subvención, firmo la presente declaración.
Sant Josep de sa Talaia,...... de................................. de 2018
(Firma, representante entidad y sello)
Justificación. Impreso 1
Ficha resumen memoria proyecto
NOMBRE DEL PROYECTO:
DATOS DE INTERÉS |
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¿SE HA HECHO ATENCIÓN DOMICILIARIA? |
SÍ |
( ) |
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NO |
( ) |
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NÚM. TOTAL PERSONAS ATENDIDAS: |
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NÚM. TOTAL PERSONAS ATENDIDAS DE SANT JOSEP: |
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Relación personas atendidas de Sant Josep de sa Talaia
Iniciales de nombre y apellidos |
Núm. documento identidad |
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RELACIÓN DE ACTIVIDADES PREVISTAS EN EL PROYECTO INICIAL |
REALIZADA (SÍ / NO) |
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OBSERVACIONES |
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Firmado y sellado
(Responsable de la entidad)
Justificación. Impreso 2
RELACIÓN DE JUSTIFICANTES IMPUTADOS
ENTIDAD BENEFICIARIA |
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NOMBRE DEL PROYECTO |
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IDENTIFICACIÓN DE LOS JUSTIFICANTES |
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ORDEN |
Nº. FACTURA |
FECHA |
CONCEPTO |
IMPORTE |
% |
IMPORTE PROYECTO |
FORMA DE PAGO |
FECHA DE PAGO |
OBSERVACIONES |
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1 |
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2 |
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3 |
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4 |
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5 |
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6 |
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7 |
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8 |
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9 |
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10 |
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11 |
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12 |
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13 |
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14 |
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15 |
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16 |
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17 |
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18 |
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19 |
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20 |
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21 |
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22 |
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23 |
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24 |
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25 |
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26 |
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27 |
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Firmado y sellado, responsable de la entidad
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Justificación. Impreso 3
DECLARACIÓN RESPONSABLE
(1)_______________________________________ CON DNI, ____________________
PRESIDENTE/A DE LA ASOCIACIÓN______________________________________
CON CIF_______________________________ ,
En relación con la justificación de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia dentro de la convocatoria de subvenciones en materia de acción social para asociaciones y/o entidades sin ánimo de lucro correspondientes al año 2017.
DECLARO QUE:
1. Esta entidad no se encuentra sometida a ninguna circunstancia recogida en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que impide obtener la condición de beneficiario para la convocatoria, y cumple las obligaciones que para los perceptores de ayudas y subvenciones establece el artículo 14 de la misma ley.
2. Que las facturas justificativas que se presentan están vinculadas al proyecto subvencionado. Los gastos justificados responden de manera indudable a la naturaleza de la actividad subvencionada, resultan estrictamente necesarios y se han realizado en el plazo establecido a la convocatoria.
3. Que el importe de la subvención/es concedida/s no supera el importe total de los gastos realizados, y que los fondos percibidos han estado íntegramente destinados a los gastos objeto de la subvención.
4. Los gastos por los cuales se ha concedido la subvención se han realizado íntegramente.
Y, para que así conste, ante el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, a efectos de la justificación de la subvención concedida por esta institución, firmo esta declaración.
Sant Josep de sa Talaia,....... de....................... de 2018
El / la representante/a de la entidad