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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA

Núm. 14188
F02 Familia, guarda, custodia alimentos hijo menor no matrimonio no c 572 /2016

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Texto

Dª. VANESA PRIETO LOPEZ, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N.3 de IBIZA/EIVISSA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento  seguido a instancia de PATRICIA LUPIANEZ PERALTA frente a VAGNER ALMEIDA DOS SANTOS se ha dictado sentencia, cuyo Fallo es el siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda presentada por el procurador de los tribunales D. Juan Antonio Landáburu en nombre y representación de Dª PATRICIA LUPIANEZ PERALTA frente a D. VAGNER ALMEIDA DOS SANTOS debo declarar las siguientes medidas en relación a la hija menor de las partes sin hacer pronunciamiento sobre las costas:

- El ejercicio de la patria potestad sobre la hija será ejercida en exclusiva por la madre, quién tendrán la guarda y custodia de la misma.

- Se fija como pensión de alimentos a cargo del padre la cantidad de 200 euros mensuales, cantidad que se incrementará porcentualmente según las variaciones que experimente el IPC y que deberán ingresarse dentro de los primeros cinco días de cada mes en la cuenta que la madre determine al efecto. Los gastos extraordinarios se abonarán por mitas entre cada parte.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.

Y encontrándose dicho demandado, VAGNER ALMEIDA DOS SANTOS, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

IBIZA/EIVISSA a nueve de octubre de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.