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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 980
Procedimiento Ordinario 125/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª AMAGOYA CASTRO CERQUEIRO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 3 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ORDINARIO DE CANTIDAD 125/2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª KRISTINA BALDAUF contra la empresa  ILESPRESSINO S.L.U., sobre CANTIDAD, se ha dictado la siguiente sentencia, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA Nº 10/2018

En Palma de Mallorca, a diecinueve de enero de dos mil dieciocho.

Vistos por mi, Cristina Pancorbo Colomo, Juez sustituto del Juzgado de lo Social número Tres de Palma de Mallorca, los presentes autos de juicio sobre reclamación de cantidad seguidos ante este Juzgado con el número 125/2016 a instancia  de Dª.  KRISTINA BALDAUF representada por el letrado D. Francisco Navarro Lidón contra la entidad ILESPRESSINO, S.L.U. y el FOGASA.

FALLO

ESTIMAR la demanda interpuesta por Dª.  KRISTINA BALDAULF contra entidad ILESPRESSINO, S.L.U,  CONDENANDO a la demandada los siguientes pronunciamientos:

1.- Al pago de la cantidad de NOVECIENTOS VEINTIOCHO EUROS CON OCHENTA Y UN CENTIMOS (928’81 euros);

2.-  Al pago por la entidad demandada del interés previsto en el artículo 32 del Convenio colectivo de la Hostelería.

Y lo anterior, ABSOLVIENDO al FOGASA de los pedimentos deducidos en su contra, sin perjuicio de las eventuales responsabilidades legales que pudieran serle exigibles de conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma no cabe RECURSO ALGUNO, según lo dispuesto en el artículo 191.2.g) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, de aplicación al régimen de recursos.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilustrísima Sra. Magistrada-Juez que la dictó, hallándose celebrado audiencia pública, en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ILESPRESSINO S.L.U., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a diecinueve de enero de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA