Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 976
Ejecución de Títulos Judiciales 31/16
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000031 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUDIT DE FATIMA MARTINS RIBEIRO contra la empresa PASCALE FERREIRA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva se adjunta:
D E C R E T O
Letrado de la Administración de Justicia D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO.
En PALMA DE MALLORCA, a nueve de noviembre de dos mil diecisiete.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- JUDIT DE FATIMA MARTINS RIBEIRO presentó demanda de ejecución de Sentencia en reclamación de 4.188,39€ de principal más otros 837€ que se presupuestaron provisionalmente para interés y costas , frente a PASCALE FERREIRA.
SEGUNDO.- En el presente procedimiento se practicó liquidación de intereses y tasación de costas, ascendiendo a un total de 326,60 euros en concepto de intereses y 495,08 euros en concepto de costas.
TERCERO.- PASCALE FERRIRA han dejado transcurrir el plazo sin oponerse a la liquidación practicada.
CUARTO.- Se ha entregado a JUDIT DE FATIMA MARTINS RIBEIRO la cantidad total de 5.025,39€ que cubre la totalidad de las cantidades objeto de la presente ejecución.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
- Aprobar la liquidación de intereses y tasación de costas practicada/s por importe total de 821,68 euros a favor de Judit de Fátima Martins Ribeiro .
-Abonados los importes objeto de la presente ejecución, acuerdo tener por terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancia de JUDIT DE FATIMA MARTINS RIBEIRO frente a PASCALE FERREIRA.
- Se cancelan y se dejan sin efecto los embargos trabados.
Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº ES5500493569920005001274 en el Santander debiendo indicar en el campo concepto, "recurso" seguida del código "31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a PASCALE FERREIRA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de les Illes Balears .
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA