Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Núm. 970
Acuerdo de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo en relación a la ejecución de la sentencia número 134/2017 de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, a las actuaciones número 829/2009
La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de día 26 de enero de 2018, ha tomado el acuerdo siguiente:
«Visto que por el letrado jefe del Consejo Insular de Mallorca, se ha enviado la Sentencia número 134/2017, de día 29-03-2017, de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, una vez ha adquirido firmeza, junto con el correspondiente expediente administrativo, trasladando el oficio del letrado de la Administración de Justicia para que se lleve a efecto y se adopten las medidas y actuaciones que procedan para su cumplimiento, y de conformidad con el dictamen de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo, esta comisión insular adopta los acuerdos siguientes:
1º. Ejecutar, en sus estrictos términos, la Sentencia núm. 134/2017, de día 29-03-2017, de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, dictada en las actuaciones núm. 829/2009, de recurso contencioso administrativo formulado por la sociedad Josel SL –sucedida procesalmente después por Endesa Distribución Eléctrica SLU-, de conformidad con su veredicto, mediante el cual se estima el recurso y se declara disconforme con el Ordenamiento jurídico el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca de día 24-05-2010, por el cual se había desestimado el recurso de alzada interpuesto por Josel SL contra el Acuerdo de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de día 26-06-2009, mediante el cual se había aprobado definitivamente la Modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Palma en lo referente al “Sector Levante/Fachada Marítima”, que fue publicado en el BOIB núm. 96/2009, de día 04-07-2009; modificación que se declara nula.
2º. En cumplimiento del veredicto de la resolución judicial mencionada en el anterior apartado 1º, vista su firmeza, y asimismo en cumplimiento del artículo 72.2, in fine, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, publicar estos acuerdos en el mismo diario oficial en que fue publicado el acuerdo de la Comisión Insular declarado nulo en el extremo específico señalado en el apartado anterior, es decir, en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3º. Trasladar estos acuerdos a la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, por conducto de la Asesoría Jurídica del Consejo Insular de Mallorca, al efecto previsto en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa; así como al Archivo de Urbanismo de las Illes Balears a efectos de lo previsto en el artículo 53.2, in fine, de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo.»
Lo que se publica a los efectos previstos en los anteriores acuerdos.
La publicación de este acuerdo se hace en reserva de la aprobación del Acta.
Palma, 26 de enero de 2018
El secretario de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Jaume Oliver Morell